SERVICIO XX XXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO XX XXXXXXX. 1. Se entenderá por servicio xx xxxxxxx el tiempo de trabajo que, con carácter complementario, deberá realizar el personal fuera de la jornada anual ordinaria, con el fin de cumplir con la obligación legal de las Oficinas de Farmacia de prestar asistencia farmacéutica continuada a la población, con arreglo a las siguientes modalidades:
SERVICIO XX XXXXXXX. Tiene por objeto la resolución de las averías que se presenten, de forma imprevisible, fundamentalmente durante las horas que median entre el encendido y el apagado de las instalaciones. El adjudicatario organizará un servicio de atención telefónica de averías con funcionamiento permanente. El adjudicatario debe garantizar las intervenciones, en caso de avería o de deficiente funcionamiento, de forma permanente, incluidos los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos para lo cual organizará un servicio de atención de 24 horas, dotado de los medios humanos y materiales adecuados, capaces de acudir al lugar donde se produzca la avería en un plazo de tiempo no superior a dos (2) horas. Estos servicios se prestarán todos los días del año. En los períodos festivos del término municipal se podrá exigir la disponibilidad de personal especializado con los precios establecidos.
SERVICIO XX XXXXXXX. El contratista establecerá un servicio permanente xx xxxxxxx incluso en domingos y días festivos durante las 24 horas, que dispondrá del personal, equipos y medios de las características siguientes:  Un teléfono móvil (no están permitidos los 902 o especiales de pago) para recibir los avisos, reclamaciones, instrucciones, etc., que se reciban, con posibilidad de recibir los avisos vía whatsapp. Estas comunicaciones serán anotadas en un libro, que incluirá asimismo las órdenes transmitidas, el orden de las mismas, la hora en que se efectúan y demás incidencias que se produzcan. MOTIVO: Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Moralzarzal - xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xx/XXXxxxxxxXxxxxxxxx - Código Seguro de Verificación: 28090IDOC2BD60325A63712448A2  Dispondrá del personal y los medios técnicos adecuados para conectar y desconectar instalaciones, sustituir o reponer fusibles, realizar operaciones usuales y tomar las medidas necesarias para evitar posibles peligros a personas y cosas que puedan producir daños en las instalaciones. Asimismo, dispondrá de equipos de señalización y balizamiento de obras y de los propios vehículos, así como de los elementos de señalización adecuados. 32C8458F6B83A495A97CEF81A68DE47ED57DA1D5  El contratista será el responsable de establecer el programa de la realización de los trabajos que deberán efectuarse como consecuencia de anomalías que se produzcan durante las horas nocturnas a fin de evitar, por orden de prioridad, posibles peligros contra personas y cosas, serios deterioros de la instalación y dificultades al tráfico, repara averías que afecten a puntos de luz, etc., y ajustarse a las instrucciones específicas que reciban del Ayuntamiento, Policía Municipal, Bomberos, Protección Civil, etc. FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO:
SERVICIO XX XXXXXXX. El Contratista establecerá de acuerdo con la propuesta de su oferta un servicio xx xxxxxxx permanente y sin perjuicio de la organización más efectiva de los medios propuestos de forma que siempre esté cubierta cualquier intervención a realizar en cualquiera de las especialidades exigidas en el presente Pliego, con uno o varios vehículos ligeros provistos de escaleras para acceder a una altura de trabajo de 6 m., dotado del personal especializado, medios, técnicos y repuestos que lo capaciten para resolver inmediatamente cualquier avería normal del servicio, o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de los edificio e instalaciones. Estos vehículos se encontrará en un local predeterminado, dotados de radioteléfono móvil. Igualmente existirá un telefonista xx xxxxxxx en las oficinas del adjudicatario a lo largo de las 24 horas del día, dotado de una grabadora automática que le permita grabar el informe sobre la anomalía denunciada y de teléfono móvil para poner en conocimiento del equipo xx xxxxxxx correspondiente la deficiencia. Estos servicios se prestarán todos los días del año. En aquellas ocasiones que la OCSSCT lo determinen, este servicio se duplicará sin costo adicional, siempre y cuando no sobrepase los 60 días al año.
SERVICIO XX XXXXXXX. Existirá un servicio xx xxxxxxx permanente 24 horas, incluyendo días festivos, de modo que ni un solo momento a lo largo del año quede sin atender el servicio. El personal xx xxxxxxx deberá disponer de los vehículos y materiales necesarios para su intervención en caso de necesidad. La adjudicataria será responsable de establecer el programa de la realización de los trabajos que deben efectuarse como consecuencia de las anomalías que se produzcan durante las horas sin luz diurna o en días festivos, a fin de evitar, por orden de prioridad, posibles peligros contra personas o cosas, serios deterioros de la instalación, dificultades al tráfico, reparar averías que afecten a puntos de luz contiguos, etc. Asimismo, deberán asegurarse las instrucciones específicas que reciba el Ayuntamiento. Del mismo modo, será responsable de informar a los técnicos de su empresa, así como a los municipales, compañía suministradora de energía, etc, de aquellas anomalías que se produzcan si así lo aconseja su importancia, causas, etc. La adjudicataria dispondrá de una línea de teléfono de recepción de avisos para la atención al público, cuya organización y funcionamiento se ajustará a la oferta realizada.
SERVICIO XX XXXXXXX. El servicio de administración de Exchange deberá tener cobertura las 24 horas de los 365 días del año con el objetivo de proporcionar soporte a las posibles incidencias que puedan surgir durante el horario no cubierto por la jornada habitual. • Administración del entorno de Mensajería del Ayuntamiento. Se realizarán labores propias de la gestión del entorno y del producto. Las actividades más representativas serán: Establecer procedimientos de funcionamiento óptimo.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.