RÉGIMEN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN DEL CONTRATO. PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen, siempre que estas así lo convengan, que este contrato es del tipo señalado en la Carátula del presente contrato. Para efectos del presente instrumento se entiende por:
RÉGIMEN DEL CONTRATO. Este contrato se regirá por sus propias cláusulas y, en lo que en ellas no estuviere previsto, por lo dispuesto en la legislación española contenida en el Código de Comercio, arts. 303 a 310, usos mercantiles de la plaza xx Xxxxxxxx y disposiciones del Código Civil, en particular los artículos 1.758 y siguientes.
RÉGIMEN DEL CONTRATO. QUINTA.- “LAS PARTES” convienen, siempre que éstas así lo convengan, que este contrato es del tipo señalado en el Anexo general, entendiéndose como:
RÉGIMEN DEL CONTRATO. El presente contrato se califica como contrato administrativo de naturaleza especial [art. 19.1.b) TRLCSP], según lo establecido en el Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares xx xxxxxxxx marítimo y de las navegaciones de interés público, y se rige por los artículos 12 y 13 del mencionado Real Decreto 1516/2007. Al mismo se aplican supletoriamente las disposiciones previstas en el TRLCSP para el contrato de gestión de servicio público, de conformidad con lo señalado en este Pliego, por ser éste el tipo contractual que mejor responde a la naturaleza y características de este contrato.
RÉGIMEN DEL CONTRATO. Hacen parte de este contrato, y se entienden incorporadas a él, la Ley 142 de 1994 de servicios públicos domiciliarios y todas aquellas normas que la modifiquen o reglamenten, por la regulación expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, las normas internas de EPM, las Cláusulas especiales que se pacten con los USUARIOS y las normas del Código de Comercio y del Código Civil, en cuanto sean pertinentes. Parágrafo. La modificación de la normatividad del presente contrato se entenderá incluida en el mismo, cuando sean normas de obligatorio cumplimiento desde el momento en que entre en vigencia la modificación respectiva y se haya efectuado la publicidad de que trata la Ley.
RÉGIMEN DEL CONTRATO. El presente contrato se regirá por las cláusulas del mismo, y por sus Anexos, que debidamente firmados por el PROVEEDOR HOMOLOGADO y por FIRA DE BARCELONA, quedan incorporados al contrato como parte integrante del mismo. Constituyen Anexos del contrato:  ANEXO I.- CLÁUSULAS TÉCNICAS  ANEXO I A) PLANOS XXX XXXXXXX.  ANEXO I B) OFERTA TÉCNICA.  ANEXO II.- CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS  ANEXO III.- CLÁUSULAS ECONÓMICAS  ANEXO III A) OFERTA ECONÓMICA  ANEXO IV.- GARANTIA DEFINITIVA.
RÉGIMEN DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas o, en lo que en ellas no estuviera contemplado, por lo previsto en las disposiciones españolas contenidas en el Código de Comercio, Leyes especiales y usos mercantiles.
RÉGIMEN DEL CONTRATO. EL CLIENTE" Y "PAGATODO"
RÉGIMEN DEL CONTRATO. El presente contrato tiene la consideración de contrato patrimonial privado, quedando excluido de la regulación de la de la Ley de Contratos del Sector Público, como burgos se recoge dentro del artículo 4 p) del propio Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
RÉGIMEN DEL CONTRATO. NOVENA.- “LAS PARTES” convienen expresamente que este contrato se celebra bajo un régimen individual, que consiste en que el titular es una única persona.