RETIRO DE EQUIPOS Cláusulas de Ejemplo

RETIRO DE EQUIPOS. A los efectos de las reparaciones y/o mantenimientos, no podrán ser retirados los equipos de las dependencias, en todo o parte de ellos, bajo ningún motivo; sólo queda habilitado para el retiro, con la autorización en forma fehaciente de la autoridad competente. El Incumplimiento dará lugar a sanciones.
RETIRO DE EQUIPOS. La desinstalación y el retiro de los bienes deberá realizarse en un tiempo máximo de 60 días naturales una vez concluida la prestación de los servicios (operación con la Solución), estas actividades las realizará el PROVEEDOR y serán acordadas con el INSTITUTO mediante el plan de trabajo que se genere de manera conjunta, el cual será validado por el INSTITUTO. El PROVEEDOR deberá presentar al menos 6 (seis) meses antes de finalizar la operación con la Solución, una propuesta de planeación de actividades para el retiro de toda la infraestructura tecnológica de la Solución de las instalaciones del INSTITUTO, incluyendo las actividades de borrado según corresponda para ambos ambientes (pruebas y producción). Al finalizar el periodo de operación con la Solución, el PROVEEDOR iniciará el proceso de Retiro de la Solución, ejecutará las actividades de desconexión, empaquetado y transporte de todo el equipo localizado en el centro de cómputo donde se encuentre ubicada la infraestructura tecnológica de la Solución, tanto del ambiente productivo como del ambiente de pruebas, así como el borrado de la información que se encuentre contenida en las bases de datos de ambos ambientes. Los costos de este borrado, tanto para el ambiente de producción como para el ambiente de pruebas, estarán a cargo del PROVEEDOR. El PROVEEDOR procederá al borrado total de la información de los equipos de cómputo, de tal forma que no sea posible la reproducción de la misma, atendiendo a lo establecido en la guía para el borrado seguro de datos personales, misma que será proporcionada por el INSTITUTO máximo 8 meses antes de la conclusión de la vigencia del contrato. El PROVEEDOR entiende y acepta que el método a utilizar deberá ser previamente aprobado por el INSTITUTO para su aplicación. El PROVEEDOR, deberá generar y proporcionar al INSTITUTO los certificados de borrado que ofrezcan protección ante cualquier instancia legal, en donde se incluya el resultado del proceso de borrado, fecha, hora, datos del equipo y detalle del disco duro borrado. El retiro se efectuará en coordinación con la entrega del nuevo contrato o Solución que dará continuidad a la operación en el INSTITUTO, siempre y cuando se cumplan los acuerdos establecidos de Transición de un contrato a otro, (definidos durante la planeación de la Transición, conforme a lo especificado en el apartado previo), y se haya realizado y verificado el borrado total de la información contenida en cada equipo que se vaya a retirar. Despué...
RETIRO DE EQUIPOS. Durante la preparación de fin de “Contrato”, el “Proveedor” del SIA-INM deberá presentar al “Instituto” el informe del numero, estado y ubicación de los equipos con los cuales está proporcionando el “Servicio”; una vez recibida esta información, se acordará entre los involucrados (“Instituto”, “Proveedor” del SIA-INM y próximo proveedor) la manera en que se realizará la transición, buscando el menor o nulo impacto en la operación del “Instituto”, tomando en cuenta que hay áreas críticas dentro del “Instituto” donde no se puede quedar la operación sin servicio de impresión, por tal razón es necesario que el retiro de equipo SIA-INM se lleve a cabo con la entrega de la próxima infraestructura que soportará la operación del “Instituto”. Una vez acordado el procedimiento de transición, el “Proveedor” será el responsable de desconectar, empaquetar, resguardar y trasladar el equipo a su bodega o el destino final que éste considere necesario; el informático local podrá, a manera de apoyo, participar en estos movimientos, sin que esto represente una obligación para el “Instituto”.
RETIRO DE EQUIPOS. − Comunicación de Retiro de equipos: Fecha, hora y número de comprobante de retiro gestionado en Patrimonio del Hospital. Identidad del personal técnico que efectuó el retiro (firma, aclaración y número de DNI) Identidad del Personal del hospital que acompaña al técnico durante la visita (firma, aclaración y número de DNI ó Ficha municipal).
RETIRO DE EQUIPOS. Si LA EMPRESA adjudicataria determinase que las reparaciones y/o las tareas de mantenimiento preventivo no pueden ser realizadas dentro del Servicio Médico, podrá retirar el equipamiento asumiendo los gastos de transporte y/o fletes que se requieran. Asimismo, deberá dejar comunicado y registrado su retiro en el Libro de Comunicaciones (según se indica en el punto 5.4), debiendo tener autorización del Jefe del Servicio Médico y del Jefe de Patrimonio del hospital y/o Dirección del hospital. PLIEG-2019-24552326-GCABA-HGAP La garantía deberá ser de seis (6) meses, como mínimo, para todos los repuestos y mano de obra incluidos en el contrato, contados desde la fecha registrada de ejecución de los trabajos. La misma será tanto para la reparación integral como para los trabajos efectuados en el marco del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo.
RETIRO DE EQUIPOS. Comunicación de Retiro de equipos: Fecha, hora y número de comprobante de retiro gestionado en Patrimonio del Hospital. Identidad del personal técnico que efectuó el retiro (firma, aclaración y número de DNI) Identidad del Personal del hospital que acompaña al técnico durante la visita (firma, aclaración y número de DNI o Ficha municipal). Las personas autorizadas a escribir en dicho libro serán: personal de la SubGerencia de Odontología de la SSAPAC, personal de la DGCTFS y el Representante Técnico de LA EMPRESA o quienes ellos autoricen a hacerlo, en su representación. Dicha autorización deberá quedar asentada en el mismo. En dicho libro se indicará o registrará lo siguiente:
RETIRO DE EQUIPOS. Comunicación de retiro de equipos: La documentación que certifica el Retiro de equipos deberá contener al menos la siguiente información: Fecha, hora y número de comprobante de retiro gestionado en el CESAC. Identidad del personal técnico que efectuó el retiro del CESAC (firma, aclaración y número de DNI) Identidad del personal del CESAC que acompaña al técnico durante la visita (firma, aclaración y número de DNI o Ficha municipal). Dicha documentación deberá remitirse vía mail a xxx_xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
RETIRO DE EQUIPOS. Si LA EMPRESA adjudicataria determinase que las reparaciones y/o las tareas de mantenimiento preventivo no pueden ser realizadas dentro del Servicio (Hospital / CeSaC), podrá retirar el equipamiento asumiendo los gastos de transporte y/o fletes que se requieran. Asimismo, deberá dejar comunicado y registrado su retiro: - En el caso de equipos pertenecientes al Grupo I, en el Libro de Comunicaciones, debiendo tener autorización de la Dirección, el Jefe del Servicio Médico y del Jefe de Patrimonio del hospital. - En el caso de equipos pertenecientes al grupo II, mediante constancia de retiro remitida vía mail, según fuera indicado en el punto 5.2.
RETIRO DE EQUIPOS. Si LA EMPRESA adjudicataria determinase que las reparaciones y/o las tareas de mantenimiento preventivo no pueden ser realizadas dentro del Servicio Médico, podrá retirar el equipamiento asumiendo los gastos de transporte y/o fletes que se requieran. Asimismo, deberá dejar comunicado y registrado su retiro en el Libro de Comunicaciones, debiendo tener autorización del Jefe del Servicio Médico y del Jefe de Patrimonio del hospital.