Common use of Responsabilidad Civil Patronal Clause in Contracts

Responsabilidad Civil Patronal. A los efectos de esta garantía, serán considerados como terceros, a los trabajadores em- pleados por el asegurado incluidos en nómina y dados de alta en el seguro obligatorio de accidentes de trabajo. El asegurador garantiza la responsabilidad civil en la que pueda incurrir el asegurado por los daños personales, que puedan sufrir por accidente laboral los empleados del asegura- do, en el desempeño de su labor mercantil en el establecimiento asegurado. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS En caso de siniestro que afecte a cualquiera de las responsabilidades civiles cubiertas por la póliza, están garantizadas las siguientes prestaciones: El asegurador asumirá por medio de sus abogados y procuradores la dirección jurídica, fren- te a las reclamaciones, incluso infundadas, judiciales o no, del o de los perjudicados por si- niestros cubiertos por la póliza, hasta el momento que se salden y se finiquiten las respon- sabilidades civiles garantizadas. No obstante, cuando quién reclame esté también asegurado con el asegurador o exista algún otro posible conflicto de intereses, este comunicará inme- diatamente al asegurado la existencia de esas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. En tal caso, el asegu- rado podrá optar por el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso el asegurador, quedará obliga- do a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta un máximo de 3.000 euros. del defendido, asumiendo los gastos judiciales que, sin constituir pena ni sanción perso- nal, se produzcan en los procedimientos criminales.

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Responsabilidad Civil Patronal. A los efectos de esta garantía, serán considerados como terceros, a los trabajadores em- pleados por el asegurado incluidos en nómina y dados de alta en el seguro obligatorio de accidentes de trabajo. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS El asegurador garantiza la responsabilidad civil en la que pueda incurrir el asegurado por los daños personales, que puedan sufrir por accidente laboral los empleados del asegura- do, en el desempeño de su labor mercantil en el establecimiento asegurado. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS En caso de siniestro que afecte a cualquiera de las responsabilidades civiles cubiertas por la póliza, están garantizadas las siguientes prestaciones: El asegurador asumirá por medio de sus abogados y procuradores la dirección jurídica, fren- te a las reclamaciones, incluso infundadas, judiciales o no, del o de los perjudicados por si- niestros cubiertos por la póliza, hasta el momento que se salden y se finiquiten las respon- sabilidades civiles garantizadas. No obstante, cuando quién reclame esté también asegurado con el asegurador o exista algún otro posible conflicto de intereses, este comunicará inme- diatamente al asegurado la existencia de esas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. En tal caso, el asegu- rado podrá optar por el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso el asegurador, quedará obliga- do a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta un máximo de 3.000 euros. del defendido, asumiendo los gastos judiciales que, sin constituir pena ni sanción perso- nal, se produzcan en los procedimientos criminales.

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Responsabilidad Civil Patronal. A los efectos de esta garantía, serán considerados como terceros, a los trabajadores em- pleados empleados por el asegurado incluidos en nómina y dados de alta en el seguro obligatorio de accidentes de trabajo. El asegurador garantiza la responsabilidad civil en la que pueda incurrir el asegurado por los daños personales, que puedan sufrir por accidente laboral los empleados del asegura- doasegurado, en el desempeño de su labor mercantil en el establecimiento asegurado. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS En caso de siniestro que afecte a cualquiera de las responsabilidades civiles cubiertas por la póliza, están garantizadas las siguientes prestaciones: El asegurador asumirá por medio de sus abogados y procuradores la dirección jurídica, fren- te frente a las reclamaciones, incluso infundadas, judiciales o no, del o de los perjudicados por si- niestros siniestros cubiertos por la póliza, hasta el momento que se salden y se finiquiten las respon- sabilidades responsabilidades civiles garantizadas. No obstante, cuando quién reclame esté también asegurado con el asegurador o exista algún otro posible conflicto de intereses, este comunicará inme- diatamente inmediata- mente al asegurado la existencia de esas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. En tal caso, el asegu- rado asegurado podrá optar por el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso el asegurador, quedará obliga- do obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta un máximo de 3.000 euros. Si en los procesos judiciales seguidos contra el asegurado se produjera sentencia condenatoria, el asegurador resolverá la conveniencia de recurrir ante el tribunal superior competente. Si considera improcedente el recurso, lo comunicará al asegurado, quedando este en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta. En este caso, si el recurso interpuesto produjera una sentencia favorable a los intereses del defendidoasegurador, asumiendo este quedará obligado a asumir los gastos judiciales queque dicho recurso hubiese originado al asegurado, sin constituir pena ni sanción perso- nal, se produzcan en los procedimientos criminaleshasta un máximo de 3.000 euros.

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Responsabilidad Civil Patronal. A los efectos de esta garantía, serán considerados como terceros, a los trabajadores em- pleados por el asegurado incluidos en nómina y dados de alta en el seguro obligatorio de accidentes de trabajo. El asegurador garantiza la responsabilidad civil en la que pueda incurrir el asegurado por los daños personales, que puedan sufrir por accidente laboral los empleados del asegura- do, en el desempeño de su labor mercantil en el establecimiento asegurado. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS En caso de siniestro que afecte a cualquiera de las responsabilidades civiles cubiertas por la póliza, están garantizadas las siguientes prestaciones: El asegurador asumirá por medio de sus abogados y procuradores la dirección jurídica, fren- te frente a las reclamaciones, incluso infundadas, judiciales o no, del o de los perjudicados por si- niestros sinies- tros cubiertos por la póliza, hasta el momento que se salden y se finiquiten las respon- sabilidades responsabili- dades civiles garantizadas. No obstante, cuando quién reclame esté también asegurado con el asegurador o exista algún otro posible conflicto de intereses, este comunicará inme- diatamente inmediatamen- te al asegurado la existencia de esas circunstancias, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias diligen- cias que por su carácter urgente sean necesarias para la defensa. En tal caso, el asegu- rado podrá asegurado po- drá optar por el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso el asegurador, quedará obliga- do obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica hasta un máximo de 3.000 euros. Si en los procesos judiciales seguidos contra el asegurado se produjera sentencia xxxxx- natoria, el asegurador resolverá la conveniencia de recurrir ante el tribunal superior com- petente. Si considera improcedente el recurso, lo comunicará al asegurado, quedando LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS este en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta. En este caso, si el recurso in- terpuesto produjera una sentencia favorable a los intereses del defendidoasegurador, asumiendo este quedará obligado a asumir los gastos judiciales queque dicho recurso hubiese originado al ase- gurado, sin constituir pena ni sanción perso- nal, se produzcan en los procedimientos criminaleshasta un máximo de 3.000 euros.

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