Common use of REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO Clause in Contracts

REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO. Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y podrán ser subsanables de acuerdo con lo establecido en el cronograma definido en esta invitación. El proponente, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, deberán presentar los siguientes documentos. En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE. Presentar Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral con corte a 31 de diciembre del año 2020 comparativo con el año 2019, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal - cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal. En las notas comparativas se debe especificar que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos. Las notas comparativas a los estados financieros deben mantener uniformidad, relación y correspondencia con los estados financieros. Los estados financieros deberán ser presentados en pesos colombianos (COP). En el caso que la compañía se encuentre exenta del requisito normativo para la presentación de los estados financieros comparativos y sus respectivas notas comparativas de los años solicitados, es requisito referenciar explícita y específicamente tal exención en la norma. El Representante Legal y el Revisor Fiscal (si aplica), que firmen los Estados Financieros y Dictamen, deben figurar como tales en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable al proponente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o la autoridad competente. En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal (si aplica), que firma los estados financieros y/o el Dictamen, sea diferente a la que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas El proponente debe anexar copia legible de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal- , que firman y dictaminan los Estados Financieros. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. El proponente debe anexar copia del certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores tanto para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Este documento deberá tener fecha de expedición no mayor a cinco (5) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. Se deberá presentar por lo menos una (1) certificación bancaria no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas en la que conste el tiempo de vinculación y estado activo de la cuenta. Nota: Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en este numeral, en relación con los documentos financieros habilitantes, se procede a realizar la evaluación financiera de acuerdo con la sección Verificación de indicadores Financieros (Habilitante). En el caso que un proponente no cumpla con alguno de los requisitos de la información documental financiera habilitante, no se procederá con la Verificación de indicadores Financieros (Habilitante) del mismo o del consorcio o unión temporal. Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores: Índice de liquidez 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒⁄𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual a 1.0 Indicador de endeudamiento 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙⁄𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 Menor o Igual a 70%. Capital de Trabajo 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual al 10% del presupuesto de la presente invitación. Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes y los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.

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REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO. Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y podrán ser subsanables de acuerdo con lo establecido en el cronograma definido en esta invitación. El proponente, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, deberán presentar los siguientes documentos. En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE. Certificado de existencia y representación legal o documento equivalente expedido por la Cámara de Comercio o la entidad que corresponda según el régimen jurídico aplicable a él, donde se evidencie que el Representante Legal y Revisor Fiscal está facultado para suscribir y dictaminar los estados financieros (Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integral) del periodo solicitado. En los casos que aplique, el certificado de existencia y representación legal será insumo para validar que la información financiera del proponente esté actualizada en la renovación de la matrícula • Estados Financieros Presentar Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral con corte a 31 de diciembre del año 2020 2018 comparativo con el año 20192017, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal - cuando -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría FiscalFiscal-. En las notas comparativas se debe especificar Presentar Notas Comparativas a los Estados Financieros comparativos (mencionados en el párrafo anterior) con corte a 31 de diciembre del año 2018 comparativo con el año 2017, especificando que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos. Las notas comparativas a los estados financieros deben mantener uniformidad, relación y correspondencia con los estados financieros. Los estados financieros deberán ser presentados en pesos colombianos (COP). En el caso que la compañía se encuentre exenta del requisito normativo para la presentación de los estados financieros comparativos y sus respectivas notas comparativas de los años solicitados, es requisito referenciar explícita y específicamente tal exención en la norma. Cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal, presentar dictamen del Revisor Fiscal a los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año 2018 comparativo con el año 2017. Para los proponentes que sean un Consorcio o Unión Temporal cada integrante debe presentar los Estados Financieros (Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integral) de forma individual. El Representante Legal y el Revisor Fiscal (si aplica)-si aplica-, que firmen los Estados Financieros y DictamenDictamen – si aplica, deben figurar como tales en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable al proponente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o la autoridad competente. Esto aplica para todos los proponentes incluyendo los Consorcios o Uniones Temporales. En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal (si aplica)-si aplica-, que firma los estados financieros y/o el Dictamen, sea diferente a la que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas referenciadas. En el evento que el proponente o uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no cuente con vigencia de constitución mayor a dos años, deberá aportar para la verificación, los Estados Financieros con corte al mes anterior a la fecha de cierre de propuestas, con las respectivas notas a los estados financieros y dictamen del Revisor Fiscal, si es del caso. Para proponentes personas jurídicas extranjeras, se deberá presentar Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral en pesos colombianos (COP) con corte a 31 de diciembre del año 2018 comparativo con el año 2017 o la fecha de cierre según su legislación tributaria y documento soporte que así lo valide, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal-. En caso de no requerir firmas en su país de origen remitir certificación que así lo avale suscrita por el Representante Legal o quien haga sus veces. Presentar Notas Comparativas a los Estados Financieros comparativos (mencionados en el párrafo anterior) al corte de cierre que le aplica y conforme a las Normas Internacionales de información Financiera. Cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal, presentar dictamen del Revisor Fiscal a los estados financieros al corte que le aplique. El proponente debe anexar el documento equivalente que permita validar Representante Legal y Revisor Fiscal de la casa matriz, facultado para firmar los estados financieros, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no contar con Revisor Fiscal debe presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. En ambos casos, el representante legal o quien tenga la atribución legal, y el Revisor Fiscal -si aplica-, que registra en el Certificado de Existencia y Representación Legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable, deben corresponder a quienes firman los estados financieros (Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral). En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal -si aplica- que firma los estados financieros, sea diferente al que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal o documento equivalente, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas. Para los proveedores extranjeros cuyos estados financieros se encuentren en otras monedas, estos deberán ser expresados en pesos colombianos (COP). • Tarjeta profesional El proponente debe anexar copia legible de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal -cuando - cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal- Fiscal-, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. • Certificado de antecedentes Junta Central de contadores El proponente debe anexar copia del certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores tanto para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Este documento deberá tener fecha de expedición no mayor a cinco tres (53) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. • Certificación Bancaria Se deberá presentar por lo menos una (1) certificación bancaria no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas actualizada en la que conste el tiempo de vinculación y estado activo de la cuenta. Nota: Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en hasta este punto de este numeral, en relación con los documentos financieros habilitantes, se procede a realizar la evaluación capacidad financiera de acuerdo con la sección Verificación de indicadores Financieros (Habilitante). En el caso que un proponente no cumpla con alguno de los requisitos de la información documental financiera habilitantehabilitante hasta este punto de este numeral, no se procederá con la Verificación de indicadores Financieros (Habilitante) del mismo o del consorcio o unión temporalmismo. • Verificación de Indicadores Financieros (Habilitante) Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores: Índice de liquidez 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒⁄𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟��𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual a 1.0 Indicador de endeudamiento 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙⁄𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 Menor o Igual a 70%. Capital de Trabajo ��𝑐�30%, �𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜. Cuando la propuesta sea presentada por Personas Jurídicas se realizará la verificación financiera conforme el cuadro anterior. • Verificación financiera de propuestas conjuntas 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual al 10% del presupuesto de la presente invitación. Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes y los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado s. Nota: Se aclara que para el cálculo de los indicadores financieros se tomarán como referencia los estados financieros del año 2018. • Extranjeros sin domicilio o con sucursal en Colombia: Para los extranjeros sin domicilio o con sucursal en Colombia, el proponente debe anexar el documento equivalente que permita validar Representante Legal y Revisor Fiscal de la matriz, facultado para firmar los estados financieros, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. Los proponentes extranjeros en caso de no contar con revisor fiscal deben presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avalee sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.

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REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO. Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y podrán ser subsanables de acuerdo con lo establecido en el cronograma definido en esta invitación. El proponente, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, deberán presentar los siguientes documentos. En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE. • Estados Financieros Presentar Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral con corte a 31 de diciembre del año 2020 2017 comparativo con el año 20192016, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal - cuando -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría FiscalFiscal-. En las notas comparativas se debe especificar Presentar Notas Comparativas a los Estados Financieros comparativos (mencionados en el párrafo anterior) con corte a 31 de diciembre del año 2017 comparativo con el año 2016, especificando que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos. Las notas comparativas a los estados financieros deben mantener uniformidad, relación y correspondencia con los estados financieros. Los estados financieros deberán ser presentados en pesos colombianos (COP). En el caso que la compañía se encuentre exenta del requisito normativo para la presentación de los estados financieros comparativos y sus respectivas notas comparativas de los años solicitados, es requisito referenciar explícita y específicamente tal exención en la norma. Cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal, presentar dictamen del Revisor Fiscal a los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año 2017 comparativo con el año 2016. Para los proponentes que sean un Consorcio o Unión Temporal cada integrante debe presentar los Estados Financieros (Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integral) de forma individual. El Representante Legal y el Revisor Fiscal (si aplica)-si aplica-, que firmen los Estados Financieros y DictamenDictamen – si aplica, deben figurar como tales en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable al proponente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o la autoridad competente. Esto aplica para todos los proponentes incluyendo los Consorcios o Uniones Temporales. En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal (si aplica)-si aplica-, que firma los estados financieros y/o el Dictamen, sea diferente a la que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas referenciadas. En el evento que el proponente o uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no cuente con vigencia de constitución mayor a un año, deberá aportar para la verificación, los Estados Financieros con corte al mes anterior a la fecha de cierre de propuestas, con las respectivas notas a los estados financieros y dictamen del Revisor Fiscal, si es del caso. El proponente debe anexar el documento equivalente que permita validar Representante Legal y Revisor Fiscal de la casa matriz, facultado para firmar los estados financieros, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no contar con Revisor Fiscal debe presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. En ambos casos, el representante legal o quien tenga la atribución legal, y el Revisor Fiscal -si aplica-, que registra en el Certificado de Existencia y Representación Legal o documento equivalente según el régimen jurídico aplicable, deben corresponder a quienes firman los estados financieros (Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral). En el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal -si aplica- que firma los estados financieros, sea diferente al que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal o documento equivalente, se requiere adjuntar de manera adicional, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas. Para los proveedores extranjeros cuyos estados financieros se encuentren en otras monedas, estos deberán ser expresados en pesos colombianos (COP). • Tarjeta profesional El proponente debe anexar copia legible de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal -cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal- Fiscal-, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. • Certificado de antecedentes Junta Central de contadores El proponente debe anexar copia del certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores tanto para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Este documento deberá tener fecha de expedición no mayor a cinco tres (53) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. • Certificación Bancaria Se deberá presentar por lo menos una (1) certificación bancaria no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas actualizada en la que conste el tiempo de vinculación y estado activo de la cuenta. Nota: Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en hasta este punto de este numeral, en relación con los documentos financieros habilitantes, se procede a realizar la evaluación capacidad financiera de acuerdo con la sección Verificación de indicadores Financieros (Habilitante). En el caso que un proponente no cumpla con alguno de los requisitos de la información documental financiera habilitantehabilitante hasta este punto de este numeral, no se procederá con la Verificación de indicadores Financieros (Habilitante) del mismo o del consorcio o unión temporalmismo. • Verificación de Indicadores Financieros (Habilitante) Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores: Índice de liquidez 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒⁄𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟��𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual a 1.0 Indicador de endeudamiento 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙⁄𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 Menor o Igual a 70%. Capital de Trabajo ��𝑐�30%, − �𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜. Cuando la propuesta sea presentada por Personas Jurídicas se realizará la verificación financiera conforme el cuadro anterior. • Verificación financiera de propuestas conjuntas 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual al 10% del presupuesto de la presente invitación. Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes y los índices obtenidos se multiplicarán por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio. Este resultado . Nota: Se aclara que para el cálculo de los indicadores financieros se tomarán como referencia los estados financieros del año 2017. • Extranjeros sin domicilio o con sucursal en Colombia: Para los extranjeros sin domicilio o con sucursal en Colombia, el proponente debe anexar el documento equivalente que permita validar Representante Legal y Revisor Fiscal de la matriz, facultado para firmar los estados financieros, de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. Los proponentes extranjeros en caso de no contar con revisor fiscal deben presentar certificación firmada por el Representante Legal de la casa matriz que así lo avale 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 3269 de 2016 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia”se sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.

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REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO. Los documentos Para efectos de la verificación financiera, el proponente debe acreditar mediante el Registro Único de Proponentes RUP, en el que se mencionan en este numeral son verificables certifique la capacidad financiera con las cifras del Activo Corriente, Pasivo Corriente, Activo Total, Pasivo Total, Patrimonio, Gastos de Intereses y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y podrán ser subsanables de acuerdo con lo establecido en el cronograma definido en esta invitación. El proponenteUtilidad Operacional, o cada una de las personas jurídicas que conforman el consorcio o la unión temporal, deberán presentar los siguientes documentos. En este punto la calificación es de CUMPLE o NO CUMPLE. Presentar del Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados Integral con corte a 31 de diciembre del año 2020 comparativo de 2019. Sí el proponente es un consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación, cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente Certificado de Registro Único de Proponentes con el año la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019, detallando el valor total Activo Corriente y valor total Pasivo Corriente, firmados por el Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal - cuando legal o estatutariamente se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal. En las notas comparativas se debe especificar que acoge la política contable de presentación de estados financieros atendiendo la Ley 1314 de 2009, sus decretos complementarios y reglamentos. Las notas comparativas a los estados financieros deben mantener uniformidad, relación y correspondencia con los estados financieros. Los estados financieros proponentes o sus integrantes, no obligados a inscribirse en el RUP, deberán ser presentados en pesos colombianos (COP). En el caso que la compañía se encuentre exenta del requisito normativo para la presentación de los estados financieros comparativos justificar expresamente tal circunstancia y sus respectivas notas comparativas de los años solicitados, es requisito referenciar explícita y específicamente tal exención en la norma. El Representante Legal y el Revisor Fiscal (si aplica), que firmen presentar los Estados Financieros (Estado de Situación Financiera y DictamenEstado de Resultados) con corte a 31 de diciembre de 2019, deben figurar como tales certificados por Contador Público o Revisor Fiscal en caso tener la obligación legal de contar con éste. Cuando se trate de Uniones Temporales la capacidad financiera se determinará con base en la participación porcentual de cada uno de sus integrantes, de tal forma que la sumatoria sea el 100%. Para el caso de los consorcios la capacidad financiera se determinará de acuerdo con número de participantes, por partes iguales en concordancia con el artículo 7° de la Ley 80 de 1993. La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser esta la Unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con lo establecido en el certificado Decreto 2420 de existencia 2015 (NCIF), en el cual se incorpora a la Norma Internacional de Contabilidad No.21 (NIC 21). La Secretaria Distrital de Gobierno hará la verificación financiera de cada una de las propuestas, la cual no otorgará puntaje y representación legal como resultado de esta se decidirá sobre la declaratoria de HÁBIL o documento equivalente según NO HÁBIL. En caso de que el régimen jurídico aplicable al proponenteproponente no esté excluido de inscribirse en el Registro Único de Proponentes y presente la propuesta sin este documento, la Secretaria Distrital de Gobierno evaluará la propuesta desde el punto de vista financiero como NO HÁBIL. De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del Proponente expedido por la Cámara de Comercio respectiva o con la autoridad competenteinformación financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el índice de liquidez, el cual debe ser mayor ó igual a UNO PUNTO UNO (1.1) veces. En Resultados menores inhabilitan al proponente. Para el caso que, al momento de la presentación de la propuesta, la Representación Legal y/o la Revisoría Fiscal (si aplica), que firma los estados financieros y/o el Dictamen, sea diferente a la que figura en el Certificado de Existencia Consorcios y Representación Legal actualizado, se requiere adjuntar de manera adicionalUniones Temporales, el certificado o documento equivalente vigente a la fecha de firma de los Estados Financieros, que avale las firmas referenciadas El proponente debe anexar copia legible de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal -cuando legal o estatutariamente procedimiento para su cálculo se haya establecido la figura de Revisoría Fiscal- , que firman y dictaminan los Estados Financieros. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable basará en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. El proponente debe anexar copia del certificado de antecedentes de la Junta Central de Contadores tanto para el Contador Público y Revisor Fiscal, este último en caso de requerirse, que firman y dictaminan los Estados Financieros. Este documento deberá tener fecha de expedición no mayor a cinco (5) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas. Los proponentes extranjeros deberán allegar la información solicitada de conformidad con la legislación aplicable en su país de origen. En caso de no aplicar el requerimiento anterior conforme la normatividad aplicable en su país de origen debe presentar certificación del Representante Legal de la casa matriz que así lo avale. Se deberá presentar por lo menos una (1) certificación bancaria no mayor a tres (3) meses, tomando como punto de referencia la fecha de cierre de recepción de propuestas en la que conste el tiempo de vinculación y estado activo de la cuenta. Nota: Una vez verificado el cumplimiento de la información contenida en este numeral, en relación con los documentos financieros habilitantes, se procede a realizar la evaluación financiera de acuerdo con la sección Verificación de indicadores Financieros (Habilitante). En el caso que un proponente no cumpla con alguno de los requisitos de la información documental financiera habilitante, no se procederá con la Verificación de indicadores Financieros (Habilitante) del mismo o del consorcio o unión temporal. Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores: Índice de liquidez 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒⁄𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual a 1.0 Indicador de endeudamiento 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙⁄𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 Menor o Igual a 70%. Capital de Trabajo 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Mayor o igual al 10% del presupuesto de la presente invitación. Para determinar la capacidad financiera de las Uniones Temporales o de los Consorcios se determinarán separadamente los indicadores financieros de los integrantes y los índices obtenidos smiembros e multiplicarán por efigura asociativa, así: (IL1 x % participación + IL2 x % participación + IL3 x % participación +... +. ILn x % participación) De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2019, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el Nivel de Endeudamiento del proponente, el cual debe ser menor l porcentajigual al SESENTA Y SEIS (66%) por cientoe de participacióResultados superiores inhabilitan al proponente. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo n de cada uno de los integbasará en rantes deporcentaje de participación de cada uno la Unión Tempomiembros ral o Consorcio. Este resultado sfigura asociativa (NE1 x % participación + NE2 x % participación + NE3 x % participación +... + NEn x % participación)e sumará para consolidar el total de los índices de la Unión Temporal o Consorcio.

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