Criterios Cláusulas de Ejemplo

Criterios. La verificación de la capacidad financiera se realizará con base en las cifras reflejadas en los estados financieros los cuales deben estar acompañados de las respectivas notas. El cumplimiento consistirá en determinar si el proponente (sea persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal) cumple los requisitos mínimos financieros que se han estimado suficientes para minimizar el riesgo durante el desarrollo y ejecución del contrato, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: Teniendo en cuenta que se debe asegurar que las empresas o personas naturales prestadoras del servicio tengan la capacidad para responder a las obligaciones derivadas del contrato, se fijaron los siguientes indicadores como requisitos habilitantes con los cuales se medirá la capacidad financiera: • Índice de Endeudamiento: El índice de endeudamiento es el porcentaje que resulta de dividir el pasivo total por el activo total. Máximo 70 . • Índice de Liquidez: El índice de liquidez es la razón que resulta de dividir el activo corriente por el pasivo corriente. Mínimo 1,50 . • Razón de Cobertura de Intereses: La cobertura de intereses se entiende como la utilidad operacional sobre los gastos de intereses. Las empresas cuya utilidad operacional sea positiva, quedan habilitadas respecto a este indicador. Las empresas que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, no cumplirán con el indicador solicitado. • Capital de Trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente Igual o Superior al 30 del Presupuesto Oficial 1 ÍNDICE DE LIQUIDEZ Y Mayor o igual a 1,50 CUMPLE Activo Corriente / Pasivo Corriente SOLVENCIA (IL) 2 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE) Menor o = 70 CUMPLE Pasivo Total /Activo Total 3 COBERTURA DE INTERESES Positiva CUMPLE Utilidad operacional / Gastos de intereses 4 CAPITAL DE TRABAJO (KT) Igual o mayor a 30 del Valor total del presupuesto estimado CUMPLE Capital de Trabajo= Activos corriente – Pasivos Corrientes.
Criterios. Las condiciones personales, profesionales o empresariales de los participantes determinarán la adjudicación. El precio no constituirá el único factor determinante para comparar las ofertas.
Criterios. FALTA ACCIÓN O PENALIZACIÓN
Criterios. El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato atendiendo a los siguientes criterios, valorables por aplicación de fórmula matemática, y por juicio de valor, establecidos por orden decreciente de importancia y con su ponderación relativa con respecto al índice de 100 puntos atribuibles como máximo a cada licitador según se acredita en el informe justificativo de la necesidad e idoneidad del contrato.
Criterios. Los criterios que Banca March, S.A. tendrá en consideración a la hora de realizar una ejecución óptima de órdenes son las características del tipo de instrumento financiero o grupo de instrumentos financieros, tipo de Cliente (distinguiendo entre minorista y profesional, tipo de orden y tipo de servicio de inversión prestado por Banca March, S.A.
Criterios. Dentro del Grupo de Profesionales, en funciones de oficios clásicos del sector, se establece un reconocimiento personal de nivel de desarrollo profesional especial para aquellos empleados de estos oficios en los que coincidan la totalidad de los siguientes logros personales:
Criterios. Para la selección de la empresa adjudicataria se atenderá a los criterios con la ponderación parcial que se indica a continuación:
Criterios. GENERALES
Criterios. Se acreditará mediante: Clasificación contrato Lote Lote Lote