Requisito mínimo de solvencia Cláusulas de Ejemplo

Requisito mínimo de solvencia. Se considerará acreditada esta solvencia cuando el licitador acredite haber realizado o estar realizando al menos un servicio similar al objeto del contrato durante los últimos tres años, acompañado de un certificado de buena ejecución.
Requisito mínimo de solvencia. El volumen anual de negocios mínimo necesario para ser admitido a la licitación, será el referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Requisitos mínimos de solvencia: se considerará acreditada esta solvencia por aquellas entidades que hayan aportado, al menos, 1 certificado de buena ejecución de trabajos relacionados con el objeto del contrato.
Requisito mínimo de solvencia. El volumen anual de negocios mínimo necesario para ser admitido a la licitación será el referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. En caso de que la empresa se haya constituido o hubiese iniciado las actividades en un plazo inferior a los tres años regirá el principio de proporcionalidad. FECHA DE FIRMA: 15/01/2018 El volumen anual de negocio de los licitadores se acreditará por medio de sus cuentas anuales en los términos previstos en el artículo 11.4 a) del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, o mediante Certificado de la Agencia Tributaria del importe neto de la cifra de negocios. PUESTO DE TRABAJO: CONCEJAL DELEGADO DE NUEVAS TECNOLOGIAS Y CALIDAD La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse mediante: • Relación de al menos tres contratos con objeto y solución propuesta de características equivalentes que hayan sido efectuados por la empresa durante los cinco últimos años por un importe total igual o superior a 130.000.-€, indicando las fechas y destinatario de los mismos (público o privado). Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. NOMBRE: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX • La prestación de los servicios objeto del presente contrato deberá ser realizada por un servicio técnico autorizado por HPE, y para ello el ofertante debe disponer de la certificación de partner “Gold o Silver Servicies Specialist” con la acreditación adicional de un servicio técnico autorizado “HPE Partener Ready Sericies Delivery”. El licitador lo acreditará mediante documento emitido por HPE que le acredite como “HPE Partner Ready Services Delivery” o en su defecto una declaración de HPE que confirme esa acreditación. • Deberá disponer de personal técnico certificado dentro del área geográfica de la Comunidad de Madrid con el fin de acelerar el tiempo de ...
Requisito mínimo de solvencia volumen de negocio igual o superior al 70% del presupuesto de licitación. • Solvencia técnica y profesional. Arte. 77 TRLCSP: Relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Requisito mínimo de solvencia. Haber realizado servicios al menos por un importe igual o superior en el presupuesto de licitación.
Requisito mínimo de solvencia volumen de negocio igual o superior al 70% del presupuesto de licitación. • Solvencia técnica y profesional. Art. 77 TRLCSP: Relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. • Medio de acreditación: Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Requisito mínimo de solvencia. Haber realizado servicios al menos por un importe igual o superior al presupuesto de licitación. El licitador deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de conformidad con las reglas que se indican a continuación. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, original o copia auténtica o compulsada, de acuerdo con la normativa de desarrollo del TRLCSP: o Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. En el supuesto de que el licitador esté incluido en alguno de los supuestos de exención del impuesto, deberá presentar el documento de alta y una declaración responsable en la que se acredite dicha circunstancia. o Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último o, en los casos en que así se indique en el requerimiento, autorización al órgano de contratación para que recabe en su nombre dicha certificación. El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que sean exigibles, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. Las certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que sea de aplicación y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse a...
Requisito mínimo de solvencia volumen de negocio igual o superior al 70% del presupuesto de licitación. Adicionalmente, los licitadores aportarán cuentas anuales presentadas en el registro mercantil, para los licitadores sujetos a ese régimen, así como una declaración donde se haga constar tanto el fondo de maniobra que deberá ser positivo, así como el coeficiente de solvencia superior a 1. Si, por una razón justificada, por ejemplo, ser empresa de reciente creación, el empresario no está en condiciones de presentar algunas de las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditarlas por medio de cualquier otro documento, sobre el que el órgano de contratación valorará y decidirá su validez a estos efectos. Relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Requisito mínimo de solvencia. Han de cumplir con los requisitos exigidos para cada producto indicados en el pliego de prescripciones técnicas”.
Requisito mínimo de solvencia. -Mínimo tres profesionales. -El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución ha de ser igual o superior a 71.311,80€ (70% del valor estimado del contrato). En caso de unión temporal de empresas dicho importe se obtendrá de la acumulación de los de cada una de las participantes en proporción a su participación en dicha UTE, que en caso de no especificarse se estimará a partes iguales entre las mismas. Para acreditar la solvencia exigida en esta contratación, las empresas licitadoras podrán recurrir a la solvencia y medios de otras empresas, no incursas en causa de prohibición de contratar, cualquiera que sea la naturaleza jurídica del vínculo que tengan con ellas, y siempre que puedan disponer efectivamente de tales medios durante toda la ejecución del contrato.