Common use of Renuncias Clause in Contracts

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;

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Samples: Modelo Escritura Número, Contrato De Mutuo Garantizado Con Garantías Mobiliarias

Renuncias. EL DEUDOR DEUDOR" para todos los efectos de las obligaciones que aquí contrae a favor de "EL BANCO", se somete expresamente a las disposiciones de la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros" y a la Norma sobre Transparencia en Operaciones Financieras, además renuncia a lo siguiente y reconoce los siguientes privilegios de las obligaciones a favor de EL GARANTEBANCO: a) A toda excepción proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio por imprevistos o imprevisibles que fueren, cuyos riesgos asume; b) Al derecho de ser notificado de las cesiones que de este crédito haga "EL BANCO", considerándose perfeccionada su transferencia desde el momento de su otorgamiento; c) Al derecho de ser intimado o requerido judicial o extrajudicialmente para el efecto de la xxxx, pues ésta se operará con el solo retardo en el cumplimiento de sus obligaciones y producirá la aplicación de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, intereses moratorios convenidos pudiendo en este caso EL ACREEDOR BANCO” declarar vencido el plazo de todo el del crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos adeudado incluyendo los daños y en caso de subasta de perjuicios y todos los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondientegastos y honorarios judiciales y extrajudiciales; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes embargados, pues se depositarán en "EL BANCO" o en las personas que se le embarguen él o su representante xxxxxx, quienes ejercerán el cargo por falta cuenta y riesgo de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale "EL ACREEDORDEUDOR"; e) En caso Al derecho de nulidad prórroga por recibírsele intereses y/o pagos con posterioridad a su vencimiento; y f) a realizar o formular retenciones en el pago de una lo adeudado, por razón impuestos o cargas de cualquier naturaleza que le correspondieren al mismo. Además de lo estipulado respecto a la inversión de los recursos del financiamiento y lo demás comprendido en las cláusulas del presente contratocontrato se conviene en: a) “EL DEUDOR” abrirá una cuenta bancaria exclusivamente para el pago de este crédito, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriadano se exigirá montos mínimos en cuentas de pasivos; b) que en caso de ejecución "EL BANCO" podrá reclamar los daños y perjuicios y los gastos y honorarios judiciales o extrajudiciales, subsistirán las restantes cláusulas deferidos a la promesa estimatoria del mismo y, por ende, las mismo; c) Cuando existan obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;monetarias

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Samples: Contrato De Préstamo Personal Universal

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí se contraen, EL DEUDOR, de forma expresa, renuncian en beneficio de EL ACREEDOR: A) A las excepciones del caso fortuito o fuerza mayor, por lo cual EL DEUDOR y EL GARANTEconsiente en asumir los riesgos derivados de ese tipo de eventos; B) Al derecho de proponer o nombrar peritos para practicar avalúos de los bienes embargados, sin por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes del Deudor. Sin perjuicio de los derechos ello, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aestime más oportuna a sus intereses; C) Al requerimiento derecho de ser intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialEl Deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este caso EL ACREEDOR el acreedor declarar vencido el plazo de todo el crédito del mutuo y reclamar el pago de todo lo adeudado; by D) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en o secuestren, los que se confiarán a EL ACREEDOR o la persona que para tal efecto señale éste o su Apoderado indique, en cuyo caso los gastos por la administración de dichos bienes serán por cuenta de EL ACREEDOR; e) DEUDOR. En caso de nulidad ejecución judicial y para efectos de una subasta o venta al martillo desde ahora admite la plena vigencia de las cláusulas los artículos un mil setecientos setenta y siete y un mil setecientos setenta y ocho del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o Código de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;Procedimiento Civil (1777 –1778 Pr).

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí contraen, EL DEUDOR y Y EL GARANTEFIADOR SOLIDARIO, sin perjuicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley forma expresa, renuncian en beneficio de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aEL ACREEDOR: A) Al requerimiento para incurrir derecho de indicar el Notario que deba autorizar cualquier documento en xxxxrelación con el presente mutuo, la que se operará sin necesidad cuyo derecho será exclusivo de notificación EL ACREEDOR ; B) A las excepciones del caso fortuito o requerimiento alguno judicial o extrajudicialfuerza mayor, por el simple vencimiento del pago lo cual EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO consienten en asumir los riesgos derivados de uno o cualquiera ese tipo de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudadoeventos; bC) Al derecho de pedir la prórroga reducción de la hipoteca por el hecho de que Financiera FDL reciba pagos parciales de la suma adeudada, por lo que el inmueble hipotecado en su totalidad responde al pago de los saldos adeudados; D) Renuncian a los trámites del plazo juicio ejecutivo corriente y se somete al juicio ejecutivo singular hipotecario con renuncia de trámites; sin embargo, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; cestime más oportuna a sus intereses. E) Al derecho de proponer o nombrar peritos y para practicar avalúos de los bienes hipotecados o embargados, por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de subasta de los que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondientedel Deudor y/o Fiador Solidario; dF) Al derecho de ser nombrado depositario intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, pues esta se operará por el simple retraso de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo El Deudor en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;el

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. EL El DEUDOR y EL GARANTEdice que para todos los efectos de las obligaciones que aquí contraen a favor de BANCO PROCREDIT, sin perjuicio se somete expresamente a las disposiciones de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley General de Protección de los Derechos de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros y a la Norma sobre Transparencia en las Personas Consumidoras Operaciones Financieras y Usuarias, renuncia(n): además renuncia a lo siguiente: a) A toda excepción proveniente de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor, por imprevistos o imprevisibles que fuesen, cuyos riesgos asume; b) A realizar o formular retenciones en el pago de lo adeudado, por razón de impuestos o cargas de cualquier naturaleza que le correspondieren al mismo; c) Al requerimiento para incurrir derecho de ser intimado de pago en caso xx xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialEl DEUDOR en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este tal caso EL ACREEDOR el ACREEDOR, declarar vencido el plazo de todo el crédito xxx xxxxxxxx y reclamar el pago de todo lo adeudado; bd) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en En caso de subasta ejecución, acepta el procedimiento que BANCO PROCREDIT escoja seguir, y acepta se subaste(n) el(los) bien(es) otorgados en garantía, tomando como precio base la suma total adeudada, compuesta por el Principal del crédito, más más los intereses corrientes y moratorios, más gastos y costas de ejecución, que reclamare el ACREEDOR al momento de la respectiva ejecución, y si la suma total adeudada fuera mayor al valor de los bienes embargados el justiprecio será tasado constituidos en garantía, faculta a su vez al ACREEDOR, para que persiga otros bienes del DEUDOR hasta hacerse pago por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxxlos saldos insolutos. e) Acepta que se subaste(n) el(los) bien(es) otorgados en garantía admitiéndose posturas solamente al contado y no con Fianza, hecho a excepción de BANCO PROCREDIT que deberá constar en el expediente correspondientepodrá hacerlo sin Fianza y sin entregar dinero; df) Al derecho de A ser nombrado depositario Depositario de los posibles bienes que fueren embargados, los que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo confiarán en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDORBANCO PROCREDIT designe por cuenta y riesgo del DEUDOR; eg) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, A cumplir las obligaciones contenidas que este contrato les establece, en plazos, forma, condiciones, especies o monedas distintas a las estipuladas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;

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Samples: Contrato Línea De Crédito Revolvente Con Garantía Mobiliaria

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxxsean;

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Samples: Contrato De Mutuo Garantizado Con Garantías Mobiliarias

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin Sin perjuicio de los derechos que le(s) asistan le asisten bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): EL DEUDOR renuncia: a) Constitución en Xxxx: Al requerimiento para incurrir ser incurrido en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Certificación de Saldo Deudor: Al derecho de pedir impugnar cualquier saldo deudor que le reclame EL ACREEDOR pues acepta como buenos, líquidos y exigibles en la prórroga vía ejecutiva el saldo deudor que EL ACREEDOR presente respecto a este contrato; c) Caso Fortuito o Fuerza Mayor: A las excepciones del plazo caso fortuito y/o fuerza mayor cuyos riesgos asumen por imprevisibles o insuperables que pudiera corresponder por haber aceptado –fueren; d) Beneficio de Excusión: Al beneficio de que EL ACREEDOR- abonos al principalACREEDOR persiga primero cualquier garantía constituida a su favor pues, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por éste podrá perseguir cualquier otro bien de EL DEUDOR, conservando el derecho de perseguir antes, simultáneamente o por haber concedido un plazodespués, perentorio o nola garantía constituida a su favor, para conservando siempre los privilegios, las renuncias, la cancelación vía ejecutiva y todas las otras estipulaciones consignadas a su favor en el presente contrato, sin perjuicio de las cantidades vencidaslos demás derechos y acciones que corresponden conforme a la ley respectiva; ce) Nombramiento de Peritos: Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado conforme al último estado de cuenta presentado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho ACREEDOR. Cualquier avalúo que deberá constar en deba efectuase periódicamente al inmueble para darle cumplimiento a regulaciones prudenciales correrá por cuenta de EL DEUDOR; quedando facultado EL BANCO para contratar al perito valuador; f) Subasta: En el expediente correspondientecaso de subasta de bienes inmuebles o derechos reales las posturas no bajen de los dos tercios del avalúo pues será buena cualquiera que se haga aún desde la primera subasta; dg) Depositario: Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; eh) En caso Retenciones Tributarias: Al derecho de nulidad realizar o formular retenciones en los pagos de una intereses o abonos al principal por razón de las cláusulas del presente contratoimpuestos o cargas de cualquier naturaleza que fuese que pudieren corresponder a EL ACREEDOR, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, pues son asumidos por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;EL DEUDOR.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito Revolvente

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio Si se diera por terminado el servicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos Gas por cualquiera de las Personas Consumidoras y Usuariasrazones precedentes, renuncia(n): tal terminación no será considerada una renuncia a cualquier otro derecho de la Distribuidora. La omisión de la Distribuidora en ejercer su derecho a la terminación del Servicio o cualquier otro derecho no se considerará una renun- cia a ejercerlo en lo sucesivo. En la situación prevista en el apartado iii) del inciso a) Al requerimiento para incurrir en xxxx), relativa a la falta de pago de facturas, previo al corte de suministro, la Distribuidora deberá notificar la deuda al usuario mediante la emisión de un aviso de deuda. El aviso de deuda deberá contener el detalle de las facturas que se operará sin necesidad componen la deuda reclamada, indicando como mínimo el número de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialcomprobante, por la fecha de vencimiento y el simple vencimiento del pago monto original. Asimis- mo, el aviso de uno o cualquiera deuda deberá contar con la fecha de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido emisión y el plazo de todo otorgado para el crédito y reclamar pago. El plazo otorgado para el pago de todo lo adeudado; bla deuda reclamada en el Aviso de Deuda, no podrá ser menor a DOS (2) Al derecho días hábiles contados a partir de pedir la prórroga notificación del mencionado Aviso. La notificación de la deuda podrá ser mediante aviso común bajo firma o por vía electrónica si el usuario hubiese optado expresamente por ese medio. Se considerará que la notificación mediante aviso de deuda común bajo firma fue entregada en forma fehaciente, si el destinatario firmó el acuse de recibo y dejó asentado en el mismo su firma, número de documento de identidad y fecha de recepción. Si el usuario se negara a firmar el acuse de recibo del aviso, o la notificación no puede ser entregada por ausencia en el domicilio, se considerará entregado el aviso bajo puerta, luego de haber concurrido al menos dos veces al domicilio en distintas fechas, detallando día y hora de concurrencia en la planilla habilitada al efecto, y registrando al menos tres características de la fachada. Posteriormente, y en forma previa al corte, se deberá proceder a la notificación del aviso de deuda mediante carta documento o telegrama. Si la notificación hubiera sido efectuada por vía electrónica y el usuario no hubiera cancelado su deuda en el plazo otorgado para el pago, la Distribuidora no podrá cortar el suministro de no contar con una notifi- cación fehaciente al usuario, sea mediante Acuse de recibo o por Carta Documento o Telegrama. Si la Distribuidora hubiera procedido al corte del suministro, sin contar con la constancia fehaciente de notifica- ción de la deuda al usuario, sea mediante acuse de recibo o, en su caso, por carta documento o telegra- ma, el corte se considerará improcedente. En el supuesto que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos el corte sea considerado como improcedente, la Distribuidora deberá compensar al principal, intereses u otros cargos después usuario con una suma equivalente a DIEZ (10) Cargos Fijos a la tarifa vigente al momento de su acredita- ción en factura. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización. En el caso de que el usuario haya interpuesto un reclamo cuestionando la factura antes del vencimiento efectuados por EL DEUDORde la misma, la Distribuidora no podrá interrumpir el suministro hasta tanto el reclamo no haya sido resuelto y se haya notificado la resolución del mismo al reclamante. En la situación prevista en el apartado xiv) del inciso a), previo al corte, la Distribuidora deberá intimar conforme a lo establecido en el Artículo 5 inciso (i) del presente Reglamento, a realizar el cambio de titularidad y/o por haber concedido un plazode servicio, perentorio conforme a lo establecido en el Artículo 5 inciso (i) del presente Reglamento. La Distribuidora podrá proceder al corte del servicio y/o nosuministro sin notificación previa en las situacio- nes previstas en los apartados ii), para iv), ix) y xiii) del inciso a). En las situaciones previstas en los apartados i), v) a viii) y x) a xii) del inciso a), previo a realizar el corte del servicio y/o suministro, la cancelación Distribuidora deberá notificar al cliente que realizará el mismo y la causa que lo determina, con una anticipación mínima de las cantidades vencidas; cDOS (2) días hábiles, excepto en situaciones de emergencia o de fuerza mayor. Ante ausencia del usuario o negativa a recibir la notificación, el aviso xx xxxxx podrá ser entregado bajo puerta. Al derecho momento de nombrar peritos hacerse efectivo el corte del servicio y/o suministro, la Distribuidora deberá entregarle al Cliente una constancia de la lectura registrada al momento del cierre, identificando el número del medidor y en la fecha del operativo. En caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxxausencia del Cliente, hecho que deberá constar podrá dejar dicha constancia bajo puerta en el expediente correspondiente; ddomicilio de suministro. La Distribuidora no reanudará el servicio en las instalaciones del Cliente, cuando dicho servicio se hubiera discontinuado en razón de cualquier acto o incumplimiento del Cliente, hasta tanto el Cliente haya corregi- do la situación o situaciones que ocasionaron la discontinuidad del servicio y la Distribuidora haya verifica- do que la instalación se encuentra en condiciones de seguridad. La Distribuidora deberá realizar las com- probaciones necesarias y pertinentes, debiendo contar con la presencia del usuario o del morador en el momento del operativo, el cual deberá ser una persona mayor de edad. Al reanudarse el servicio, el Cliente podrá estar sujeto a los cargos que correspondan de conformidad con las Condiciones Generales del presente Reglamento. Ante un corte de suministro en forma improcedente, es decir sin motivo, acto o incumplimiento del Cliente, la Distribuidora deberá disponer la restitución del servicio sin cargo para el cliente, en el mismo día en que tome conocimiento de su error. Además, deberá compensar al Cliente con una suma equivalente a DIEZ (10) Al derecho Cargos Fijos a la tarifa vigente al momento de ser nombrado depositario su acreditación en factura. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización. Ante un corte de los bienes que se le embarguen servicio por falta de pago recayendo este cargo donde el usuario canceló la deuda y los cargos correspondien- tes, la Distribuidora deberá rehabilitar el servicio, dentro del día siguiente al del pago por parte del usuario. La Distribuidora deberá proceder a efectuar la inspección parcial o final sobre los trabajos de regulariza- ción realizados, en el plazo de DOS (2) días hábiles contados a partir de la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) presentación del correspondien- te formulario de solicitud de inspección por parte del instalador matriculado. En caso de nulidad que las instalaciones se encuentren aptas para el servicio, la rehabilitación deberá producirse dentro de los DOS (2) días hábiles contados a partir de la fecha en que la inspección resultara aprobada. Si la rehabilitación no se produjera en los plazos previstos en los apartados ii), iii) y iv), la Distribuidora deberá reintegrar al usuario afectado el importe correspondiente al “Cargo por Reconexión” por el primer día de demora, y una compensación por una suma equivalente a CINCO (5) Cargos Fijos a la tarifa vigente al momento de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo ysu acreditación en factura, por ende, las obligaciones contenidas cada día de demora que se agregue. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;la situación.

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Samples: www.gasnor.com

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí se contraen, EL DEUDOR y Y EL GARANTEFIADOR SOLIDARIO, sin de forma expresa, renuncian en beneficio de EL ACREEDOR: A) A las excepciones del caso fortuito o fuerza mayor, por lo cual EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO consienten en asumir los riesgos derivados de ese tipo de eventos; B) Al derecho de proponer o nombrar peritos para practicar avalúos de los bienes embargados, por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes del Deudor y/o Fiador Solidario. Sin perjuicio de los derechos ello, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aestime más oportuna a sus intereses; C) Al requerimiento derecho de ser intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialEl Deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este caso EL ACREEDOR el acreedor declarar vencido el plazo de todo el crédito del mutuo y reclamar el pago de todo lo adeudado; by D) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en o secuestren, los que se confiarán a EL ACREEDOR o la persona que para tal efecto señale éste o su Apoderado indique, en cuyo caso los gastos por la administración de dichos bienes serán por cuenta de EL ACREEDOR; e) DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO. En caso de nulidad ejecución judicial y para efectos de una subasta o venta al martillo desde ahora admite la plena vigencia de las cláusulas los artículos un mil setecientos setenta y siete y un mil setecientos setenta y ocho del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o Código de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;Procedimiento Civil (1777 –1778 Pr).

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí se contraen, EL DEUDOR y Y EL GARANTEFIADOR SOLIDARIO, sin de forma expresa, renuncian en beneficio de EL ACREEDOR: A) A las excepciones del caso fortuito o fuerza mayor, por lo cual EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO consienten en asumir los riesgos derivados de ese tipo de eventos; B) Al derecho de proponer o nombrar peritos para practicar avalúos de los bienes embargados, por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes del Deudor y/o Fiador Solidario. Sin perjuicio de los derechos ello, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aestime más oportuna a sus intereses; C) Al requerimiento derecho de ser intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialEl Deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este caso EL ACREEDOR el acreedor declarar vencido el plazo de todo el crédito del mutuo y reclamar el pago de todo lo adeudado; by D) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en o secuestren, los que se confiarán a EL ACREEDOR o la persona que para tal efecto señale éste o su Apoderado indique, en cuyo caso los gastos por la administración de dichos bienes serán por cuenta de EL ACREEDOR; e) DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO. En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;caso

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí se contraen, EL DEUDOR y Y EL GARANTEFIADOR SOLIDARIO, sin de forma expresa, renuncian en beneficio de EL ACREEDOR: A) A las excepciones del caso fortuito o fuerza mayor, por lo cual EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO consienten en asumir los riesgos derivados de ese tipo de eventos; B) Al derecho de proponer o nombrar peritos para practicar avalúos de los bienes embargados, por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes del Deudor y/o Fiador Solidario. Sin perjuicio de los derechos ello, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aestime más oportuna a sus intereses; C) Al requerimiento derecho de ser intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialEl Deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este caso EL ACREEDOR el acreedor declarar vencido el plazo de todo el crédito del mutuo y reclamar el pago de todo lo adeudado; by D) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en la persona o secuestren, los que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;se confiarán a

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio de Para todos los derechos efectos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de aquí contrae LA DEUDORA Y LA FIADORA SOLIDARIA hacen las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): renuncias siguientes; a) Al requerimiento para incurrir derecho de indicar el Notario que deba autorizar cualquier documento en xxxxrelación con el préstamo concedido cuyo derecho será exclusivo de PANA PANA, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en o secuestren los que se confiarán a PANA PANA o a la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso este último indique sin que PANA PANA asuma la responsabilidad en cuanto a dichos bienes, su administración a cuenta del depositario o Administrador.- DÉCIMA CUARTA: (GASTOS Y HONORARIOS LEGALES): Los comparecientes manifiestan que todos los gastos y honorarios que ocasionare el otorgamiento de nulidad este contrato: gastos judiciales y extrajudiciales, ocasionados por incumplimiento en el pago xxx xxxxxxxx y los que derivasen del incumplimiento del presente instrumento legal, irán por cuenta de una la Deudora o Fiador Solidario. Los Gastos y Honorarios a pagar, en dependencia del tipo de cobranza serán los siguientes: Cobranza Extrajudicial 10% sobre la suma de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán cuotas vencidas; Cobranza Judicial 15% sobre las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;suma total adeudada.- DECIMA QUINTA:

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Samples: Contrato De Prestamo

Renuncias. Para todos los efectos de las obligaciones que aquí se contraen, LAS DEUDORAS Y FIADORAS SOLIDARIAS ENTRE SI, de forma expresa, renuncian en beneficio de EL DEUDOR y EL GARANTEACREEDOR: A) A las excepciones del caso fortuito o fuerza mayor, sin por lo cual LAS DEUDORAS Y FIADORAS SOLIDARIAS ENTRE SI consienten en asumir los riesgos derivados de ese tipo de eventos; B) Al derecho de proponer o nombrar peritos para practicar avalúos de los bienes embargados, por lo cual admiten que los mismos sean valorados por el acreedor en el saldo adeudado, por tanto, desde ya se establece como precio base de subasta o venta al martillo, el monto o suma adeudada al acreedor. Y en caso de que el monto adeudado exceda al valor real del bien, el acreedor podrá perseguir otros bienes de LAS DEUDORAS Y FIADORAS SOLIDARIAS ENTRE SI. Sin perjuicio de los derechos ello, quedará a opción de Financiera FDL, a través de sus apoderados, elegir la vía judicial que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): aestime más oportuna a sus intereses; C) Al requerimiento derecho de ser intimados o requeridos judicial o extrajudicialmente para incurrir en xxxx, la que pues esta se operará sin necesidad por el simple retraso de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialLAS DEUDORAS Y FIADORAS SOLIDARIAS ENTRE SI en el cumplimiento de sus obligaciones, más específicamente por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsosuna cuota no satisfecha en las fechas establecidas, pudiendo en este caso EL ACREEDOR el acreedor declarar vencido el plazo de todo el crédito del mutuo y reclamar el pago de todo lo adeudado; by D) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario depósito de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en o secuestren, los que se confiarán a EL ACREEDOR o la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) éste o su Apoderado indique, en cuyo caso los gastos por la administración de dichos bienes serán por cuenta de LAS DEUDORAS Y FIADORAS SOLIDARIAS ENTRE SI. En caso de nulidad ejecución judicial y para efectos de una subasta o venta al martillo desde ahora admite la plena vigencia de las cláusulas los artículos un mil setecientos setenta y siete y un mil setecientos setenta y ocho del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o Código de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;Procedimiento Civil (1777 –1778 Pr.

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Samples: Contrato De Mutuo

Renuncias. EL DEUDOR DEUDOR" para todos los efectos de las obligaciones que aquí contrae a favor de "EL BANCO", se somete expresamente a las disposiciones de la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros" y a la Norma sobre Transparencia en Operaciones Financieras, además renuncia a lo siguiente y reconoce los siguientes privilegios de las obligaciones a favor de EL GARANTEBANCO: a) A toda excepción proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio por imprevistos o imprevisibles que fueren, cuyos riesgos asume; b) Al derecho de ser notificado de las cesiones que de este crédito haga "EL BANCO", considerándose perfeccionada su transferencia desde el momento de su otorgamiento; c) Al derecho de ser intimado o requerido judicial o extrajudicialmente para el efecto de la xxxx, pues ésta se operará con el solo retardo en el cumplimiento de sus obligaciones y producirá la aplicación de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, intereses moratorios convenidos pudiendo en este caso EL ACREEDOR BANCO” declarar vencido el plazo de todo el del crédito y reclamar el pago de todo lo adeudadoadeudado incluyendo los daños y perjuicios y todos los gastos y honorarios judiciales y extrajudiciales; bd) Al beneficio que "EL BANCO" persiga primero el objeto pignorado pues podrá perseguir otros bienes de "EL DEUDOR", conservando el derecho de pedir la prórroga perseguir antes, simultáneamente o después el objeto pignorado con las preferencias o privilegios del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; dcrédito e) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes embargados, pues se depositarán en "EL BANCO" o en las personas que se le embarguen él o su representante xxxxxx, quienes ejercerán el cargo por falta cuenta y riesgo de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale "EL ACREEDORDEUDOR"; ef) En caso Al derecho de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo prórroga por recibírsele intereses y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, /o pagos con posterioridad a su vencimiento; y f) A todo caso fortuito realizar o formular retenciones en los pagos de fuerza mayorintereses o abonos al principal por razón de Impuestos o cargas de cualquier naturaleza que fuese y podrían corresponder a “EL BANCO”, cuyos riesgos pues “EL DEUDOR” asume expresamente a su cuenta y xxxxx cualquier impuesto o carga existente o por imprevistos o imprevisibles existir que xxxx;pudiese corresponder a “EL BANCO” como consecuencia del crédito otorgado.

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Samples: Contrato De Préstamo Personal Universal Con Garantia Prendaria

Renuncias. EL DEUDOR DEUDOR" para todos los efectos de las obligaciones que aquí contrae a favor de "EL BANCO", se somete expresamente a las disposiciones de la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros" y a la Norma sobre Transparencia en Operaciones Financieras, además renuncia a lo siguiente y reconoce los siguientes privilegios de las obligaciones a favor de EL GARANTEBANCO: a) A toda excepción proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio por imprevistos o imprevisibles que fueren, cuyos riesgos asume; b) Al derecho de ser notificado de las cesiones que de este crédito haga "EL BANCO", considerándose perfeccionada su transferencia desde el momento de su otorgamiento; c) Al derecho de ser intimado o requerido judicial o extrajudicialmente para el efecto de la xxxx, pues ésta se operará con el solo retardo en el cumplimiento de sus obligaciones y producirá la aplicación de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, intereses moratorios convenidos pudiendo en este caso EL ACREEDOR BANCO” declarar vencido el plazo de todo el del crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos adeudado incluyendo los daños y en caso de subasta de perjuicios y todos los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondientegastos y honorarios judiciales y extrajudiciales; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes embargados, pues se depositarán en "EL BANCO" o en las personas que se le embarguen él o su representante elijan, quienes ejercerán el cargo por falta cuenta y riesgo de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale "EL ACREEDORDEUDOR"; e) En caso Al derecho de nulidad prórroga por recibírsele intereses y/o pagos con posterioridad a su vencimiento; y f) a realizar o formular retenciones en el pago de una lo adeudado, por razón impuestos o cargas de cualquier naturaleza que le correspondieren al mismo. Además de lo estipulado respecto a la inversión de los recursos del financiamiento y lo demás comprendido en las cláusulas del presente contratocontrato se conviene en: a) EL DEUDOR” abrirá una cuenta bancaria exclusivamente para el pago de este crédito, declarada judicialmente no se exigirá montos mínimos en cuentas de pasivos; b) que en caso de ejecución "EL BANCO" podrá reclamar los daños y perjuicios y los gastos y honorarios judiciales o extrajudiciales, deferidos a la promesa estimatoria del mismo; c) Cuando existan obligaciones monetarias vencidas y no pagadas a cargo de "EL DEUDOR", cualquiera que sea su monto, "EL BANCO" podrá dar por vencido todos los créditos sin necesidad de requerimiento previo, y podrá asimismo debitar cualquier depósito de dinero que "EL DEUDOR" tenga con "EL BANCO" hasta por el monto o montos específicamente, y también hasta por el total de los saldos deudores a opción de “EL BANCO”, se exceptúan de esta disposición las cuentas de planillas con salario mínimo y para pago de alimentos o pensión alimenticia. Lo anterior en concordancia con el precepto constitucional consignado en el Arto. 82; d) corren a cuenta de "EL DEUDOR" los gastos y comisiones que cause este préstamo, así como otros gastos conexos.- "EL DEUDOR" autoriza a "EL BANCO" a debitar cualquier depósito de dinero que "EL DEUDOR" tenga con "EL BANCO" hasta por el monto de dichos gastos y los que generen los conexos; e) "EL DEUDOR" declara que la información que suministre a "EL BANCO" como consecuencia del presente contrato es verídica y lo autoriza en forma expresa y anticipada para dar a conocer y solicitar, sin necesidad de autorización ulterior, el historial de pago de "EL DEUDOR" a cualquier otra entidad emisora supervisada o regulada por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, así como para hacer uso de las Centrales de Riesgos, presentes o futuras, que funcionen en la Superintendencia o en Centrales de Riesgos privadas debidamente autorizadas por ésta. Así como autoriza a estas Centrales a remitir la información solicitada acerca del historial de pago de "EL DEUDOR"; f) EL DEUDOR se obliga a actualizar todo cambio en la información o en los datos que haya brindado a EL BANCO, sea en la Solicitud de Crédito, en el Contrato o en cualquier otro documento que haya entregado EL BANCO en relación con este crédito; mediante sentencia ejecutoriadacomunicación escrita dirigida a EL BANCO a través de los canales de información que EL BANCO ponga a su disposición; g) EL DEUDOR autoriza expresa e irrevocablemente a EL BANCO para que éste pueda utilizar la información de carácter personal y comercial suministrada por EL DEUDOR a EL BANCO, subsistirán así como para que EL BANCO pueda asimismo compartir dicha información con terceros autorizados por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; h) EL BANCO y EL DEUDOR acuerdan que cualquier información o notificación que EL BANCO deba cursar a EL DEUDOR, se reputará válidamente hecha por cualquiera de los siguiente canales de información: i.) Comunicaciones a la dirección de correspondencia, correo electrónico y/o domicilio de EL DEUDOR; ii.) Sucursal Electrónica de EL BANCO o de cualquiera de sus afiliadas, iii) publicaciones en las restantes cláusulas oficinas y/o en la página web de EL BANCO; y iv). cualquier otro medio que EL BANCO ponga a disposición de EL DEUDOR que facilite la adecuada comunicación; i) EL DEUDOR" se obliga a ejecutar las operaciones de su negocio de acuerdo a las normativas y requerimientos ambientales del país y a cumplir con la aplicación de las legislación nacional vigente en relación al medio ambiente, así como a tramitar ante las entidades administrativas correspondientes los permisos o licencias requeridos de caso en caso para la operación de su negocio; j) "EL DEUDOR" autoriza a "EL BANCO" para enviar o trasmitir a través de mensajes de texto (SMS) al teléfono celular o al correo electrónico que "EL DEUDOR" indique cualquier tipo de notificación relacionada con el préstamo aquí regulado, incluyendo pero no limitándose a estados de cuenta, modificaciones a la tasa de interés, en el caso que la misma sea variable, monto de las cuotas a cancelar, renovaciones de póliza(s) de seguro por cuenta de "EL DEUDOR" y retiro de documentos relacionados con la cancelación xxx xxxxxxxx. En consecuencia, "El DEUDOR" declara ser el único responsable por el resguardo del instrumento de telefonía celular y/o cuenta de correo electrónica por medio de los cuales recibirá las notificaciones, y por ende de la confidencialidad de la información que a través de los mismos se reciba, declarando en este mismo y, acto indemne de toda responsabilidad a "EL BANCO" por ende, las obligaciones contenidas el acceso que pudieran tener terceras personas a la información transmitida por dichos medios; k) “EL DEUDOR” hace constar que la firma puesta en el presente contrato, fes la que actualmente utiliza en todos sus asuntos y negocios, para todos los fines xx xxx. “EL DEUDOR” se obliga a contratar Póliza de seguro de vida hasta por un monto del cien por ciento (100%) A del monto xxx xxxxxxxx con una empresa aseguradora de primer orden. “EL DEUDOR” se compromete a endosar dicha póliza a favor de "EL BANCO", endoso que se obliga a mantener durante todo el tiempo que la presente obligación este pendiente de pago, mostrando anualmente evidencia de su renovación hasta la cancelación xxx xxxxxxxx. EL DEUDOR deberá de entregar evidencia de que dicha póliza de seguro haya sido renovada y cancelada por adelantado a la correspondiente compañía de seguro. En caso fortuito o que “EL BANCO” financiase la contratación del seguro de fuerza mayorvida, cuyos riesgos asume y que el costo del mismo variara por imprevistos o imprevisibles la compañía aseguradora, “EL BANCO” queda facultado para cargar a “EL DEUDOR” dicha diferencia. En caso que el banco financie el seguro de vida, si en el transcurso del pago de sus cuotas EL DEUDOR incurriere en xxxx;, EL BANCO tendrá la opción de cancelar el seguro de vida a cuenta y xxxxx de EL DEUDOR.

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Samples: Contrato De Préstamo Facil (Libranza)

Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio Si se diera por terminado el servicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos Gas por cualquiera de las Personas Consumidoras y Usuariasrazones precedentes, renuncia(n): tal terminación no será considerada una renuncia a cualquier otro derecho de la Distribuidora. La omisión de la Distribuidora en ejercer su derecho a la terminación del Servicio o cualquier otro derecho no se considerará una renun- cia a ejercerlo en lo sucesivo. En la situación prevista en el apartado iii) del inciso a) Al requerimiento para incurrir en xxxx), relativa a la falta de pago de facturas, previo al corte de suministro, la Distribuidora deberá notificar la deuda al usuario mediante la emisión de un aviso de deuda. El aviso de deuda deberá contener el detalle de las facturas que se operará sin necesidad componen la deuda reclamada, indicando como mínimo el número de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicialcomprobante, por la fecha de vencimiento y el simple vencimiento del pago monto original. Asimis- mo, el aviso de uno o cualquiera deuda deberá contar con la fecha de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido emisión y el plazo de todo otorgado para el crédito y reclamar pago. El plazo otorgado para el pago de todo lo adeudado; bla deuda reclamada en el Aviso de Deuda, no podrá ser menor a DOS (2) Al derecho días hábiles contados a partir de pedir la prórroga notificación del mencionado Aviso. La notificación de la deuda podrá ser mediante aviso común bajo firma o por vía electrónica si el usuario hubiese optado expresamente por ese medio. Se considerará que la notificación mediante aviso de deuda común bajo firma fue entregada en forma fehaciente, si el destinatario firmó el acuse de recibo y dejó asentado en el mismo su firma, número de documento de identidad y fecha de recepción. Si el usuario se negara a firmar el acuse de recibo del aviso, o la notificación no puede ser entregada por ausencia en el domicilio, se considerará entregado el aviso bajo puerta, luego de haber concurrido al menos dos veces al domicilio en distintas fechas, detallando día y hora de concurrencia en la planilla o sistema habilitado al efecto, y registrando al menos tres características de la fachada. Posteriormente, y en forma previa al corte, se deberá proceder a la notificación del aviso de deuda median- te carta documento o telegrama. Si la notificación hubiera sido efectuada por vía electrónica y el usuario no hubiera cancelado su deuda en el plazo otorgado para el pago, la Distribuidora no podrá cortar el suministro de no contar con una notifica- ción fehaciente al usuario, sea mediante Acuse de recibo o por Carta Documento o Telegrama. Si la Distribuidora hubiera procedido al corte del suministro, sin contar con la constancia fehaciente de notificación de la deuda al usuario, sea mediante acuse de recibo o, en su caso, por carta documento o telegrama, el corte se considerará improcedente. En el supuesto que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos el corte sea considerado como improcedente, la Distribuidora deberá compensar al principal, intereses u otros cargos después usuario. La compensación deberá consistir en una suma equivalente a DIEZ (10) Cargos Fijos según la categoría del usuario a la tarifa vigente al momento de su acreditación en factura. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización. En el caso de que el usuario haya interpuesto un reclamo cuestionando la factura antes del vencimiento efectuados de la misma, la Distribuidora no podrá interrumpir el suministro hasta tanto el reclamo no haya sido resuelto y se haya notificado la resolución del mismo al reclamante. En la situación prevista en el apartado xiv) del inciso a), previo al corte, la Distribuidora deberá intimar conforme a lo establecido en el Artículo 5 inciso (i) del presente Reglamento, a realizar el cambio de titula- ridad y/o de servicio, conforme a lo establecido en el Artículo 5 inciso (i) del presente Reglamento. La Distribuidora podrá proceder al corte del servicio y/o suministro sin notificación previa en las situacio- nes previstas en los apartados ii), iv), ix) y xiii) del inciso a). En las situaciones previstas en los apartados i), v) a viii) y x) a xii) del inciso a), previo a realizar el corte del servicio y/o suministro, la Distribuidora deberá notificar al cliente que realizará el mismo y la causa que lo determina, con una anticipación mínima de DOS (2) días hábiles, excepto en situaciones de emergencia o de fuerza mayor. Ante ausencia del usuario o negativa a recibir la notificación, el aviso xx xxxxx podrá ser entregado bajo puerta. Al momento de hacerse efectivo el corte del servicio y/o suministro, la Distribuidora deberá entregarle al Cliente una constancia de la lectura registrada al momento del cierre, identificando el número del medidor y la fecha del operativo. En caso de ausencia del Cliente, podrá dejar dicha constancia bajo puerta en el domicilio de suministro. La Distribuidora no reanudará el servicio en las instalaciones del Cliente, cuando dicho servicio se hubiera discontinuado en razón de cualquier acto o incumplimiento del Cliente, hasta tanto el Cliente haya corregi- do la situación o situaciones que ocasionaron la discontinuidad del servicio y la Distribuidora haya verifica- do que la instalación se encuentra en condiciones de seguridad. La Distribuidora deberá realizar las com- probaciones necesarias y pertinentes, debiendo contar con la presencia del usuario o del morador en el momento del operativo, el cual deberá ser una persona mayor de edad, quien deberá prestar conformidad registrando su firma, número de documento de identidad y fecha del operativo. Ante ausencia de moradores, a efectos de certificar la concurrencia al domicilio por EL DEUDORparte de la Distribuido- ra, el operador actuante deberá dejar constancia de su visitar en el aviso, planilla o por haber concedido sistema habilitado al efecto, detallando su identificación, día y hora de concurrencia, y registrando al menos tres características de la fachada. Al reanudarse el servicio, el Cliente podrá estar sujeto a los cargos que correspondan de conformidad con las Condiciones Generales del presente Reglamento. Ante un plazocorte de suministro en forma improcedente, perentorio es decir sin motivo, acto o noincumplimiento del Cliente, la Distribuidora deberá disponer la restitución del servicio sin cargo para la cancelación el cliente, dentro de las cantidades vencidas; c24 horas corridas desde que toma conocimiento de la Improcedencia xxx xxxxx. Además, deberá compensar al Cliente con una suma equivalente a DIEZ (10) Al derecho Cargos Fijos según la catego- ría del usuario a la tarifa vigente al momento de nombrar peritos y su acreditación en caso factura. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización. Ante un corte de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes que se le embarguen servicio por falta de pago recayendo este cargo donde el usuario canceló la deuda y los cargos correspondien- tes, la Distribuidora deberá rehabilitar el servicio, dentro del día hábil siguiente al del pago por parte del usuario. La Distribuidora deberá proceder a efectuar la inspección parcial o final sobre los trabajos de regulariza- ción realizados, en el plazo de DOS (2) días hábiles contados a partir de la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) presentación del correspondien- te formulario de solicitud de inspección por parte del instalador matriculado. En caso de nulidad que las instalaciones se encuentren aptas para el servicio, la rehabilitación deberá producirse dentro de los DOS (2) días hábiles contados a partir de la fecha en que la inspección resultara aprobada. Asimismo, los plazos señalados precedentemente para la inspección y para la rehabilitación, podrán considerarse como un plazo global de CUATRO (4) días hábiles para efectuar ambas tareas. Si la rehabilitación no se produjera en los plazos previstos en los apartados ii), iii) y iv), la Distribuidora deberá compensar al usuario. La compensación deberá consistir en una suma equivalente a CINCO (5) Cargos Fijos según la categoría del usuario a la tarifa vigente al momento de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo ysu acreditación en factura, por ende, las obligaciones contenidas cada día de demora incurrido. Las sumas a favor del usuario se acreditarán en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o la primera facturación emitida con posterioridad a la regularización de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;la situación.

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Renuncias. EL DEUDOR y EL GARANTE, sin perjuicio de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, pudiendo en este caso EL ACREEDOR declarar vencido el plazo de todo el crédito y reclamar el pago de todo lo adeudado; b) Al derecho de pedir la prórroga del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; d) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes que se le embarguen por falta de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale EL ACREEDOR; e) En caso de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, f) A todo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyos riesgos asume por imprevistos o imprevisibles que xxxx;

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Samples: Modelo Escritura Número

Renuncias. EL DEUDOR DEUDOR" para todos los efectos de las obligaciones que aquí contrae a favor de "EL BANCO", se somete expresamente a las disposiciones de la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros" y a la Norma sobre Transparencia en Operaciones Financieras, además renuncia a lo siguiente y reconoce los siguientes privilegios de las obligaciones a favor de EL GARANTEBANCO: a) A toda excepción proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio por imprevistos o imprevisibles que fueren, cuyos riesgos asume; b) Al derecho de ser notificado de las cesiones que de este crédito haga "EL BANCO", considerándose perfeccionada su transferencia desde el momento de su otorgamiento; c) Al derecho de ser intimado o requerido judicial o extrajudicialmente para el efecto de la xxxx, pues ésta se operará con el solo retardo en el cumplimiento de sus obligaciones y producirá la aplicación de los derechos que le(s) asistan bajo la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, renuncia(n): a) Al requerimiento para incurrir en xxxx, la que se operará sin necesidad de notificación o requerimiento alguno judicial o extrajudicial, por el simple vencimiento del pago de uno o cualquiera de los desembolsos, intereses moratorios convenidos pudiendo en este caso EL ACREEDOR BANCO” declarar vencido el plazo de todo el del crédito y reclamar el pago de todo lo adeudadoadeudado incluyendo los daños y perjuicios y todos los gastos y honorarios judiciales y extrajudiciales; bd) Al beneficio que "EL BANCO" persiga primero el objeto pignorado pues podrá perseguir otros bienes de "EL DEUDOR", conservando el derecho de pedir la prórroga perseguir antes, simultáneamente o después el objeto pignorado con las preferencias o privilegios del plazo que pudiera corresponder por haber aceptado –EL ACREEDOR- abonos al principal, intereses u otros cargos después del vencimiento efectuados por EL DEUDOR, o por haber concedido un plazo, perentorio o no, para la cancelación de las cantidades vencidas; c) Al derecho de nombrar peritos y en caso de subasta de los bienes embargados el justiprecio será tasado por EL ACREEDOR previa valoración xx xxxxxx, hecho que deberá constar en el expediente correspondiente; dcrédito e) Al derecho de ser nombrado depositario de los bienes embargados, pues se depositarán en "EL BANCO" o en las personas que se le embarguen él o su representante elijan, quienes ejercerán el cargo por falta cuenta y riesgo de pago recayendo este cargo en la persona que para tal efecto señale "EL ACREEDORDEUDOR"; ef) En caso Al derecho de nulidad de una de las cláusulas del presente contrato, declarada judicialmente mediante sentencia ejecutoriada, subsistirán las restantes cláusulas del mismo prórroga por recibírsele intereses y, por ende, las obligaciones contenidas en el presente contrato, /o pagos con posterioridad a su vencimiento; y f) A todo caso fortuito realizar o formular retenciones en los pagos de fuerza mayorintereses o abonos al principal por razón de Impuestos o cargas de cualquier naturaleza que fuese y podrían corresponder a “EL BANCO”, cuyos riesgos pues “EL DEUDOR” asume expresamente a su cuenta y xxxxx cualquier impuesto o carga existente o por imprevistos o imprevisibles existir que xxxx;pudiese corresponder a “EL BANCO” como consecuencia del crédito otorgado.

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Samples: Contrato De Préstamo Personal Universal Con Garantia Prendaria