Persona responsable del contrato Cláusulas de Ejemplo

Persona responsable del contrato. 40 El órgano de contratación deberá designar una persona responsable del contrato a la que le corresponderá coordinar, supervisar y controlar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. La persona responsable del contrato, que será a todos los efectos la responsable de la Administración frente a la persona contratista, podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a él. El nombramiento será comunicado por escrito a la persona contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la persona delegada de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
Persona responsable del contrato. La Interventora Municipal será la persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la/el delegada/o de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniónes explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
Persona responsable del contrato. El órgano de contratación designará una persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica. El nombramiento será comunicado por escrito a la persona contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la/el delegada/o de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniónes explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
Persona responsable del contrato. 23.1. Con independencia de la unidad encargada de su seguimiento y ejecución ordinaria, la persona responsable del contrato será la indicada en el apartado U del Cuadro de Características, que ejercerá las funciones siguientes:
Persona responsable del contrato. La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato será la Dirección de Servicios Generales y su titular la persona responsable del contrato, a la que corresponderá coordinar, supervisar y controlar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada y será a todos los efectos la responsable de la Administración frente a la persona contratista. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la persona delegada de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
Persona responsable del contrato. La realización de los trabajos se efectuará bajo la coordinación, supervisión y control de una persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación, y que será a todos los efectos la responsable de la Administración frente a la persona contratista. Con carácter general, serán funciones de la persona responsable del contrato, además de las establecidas por Xxx, las derivadas de la coordinación de los trabajos, así como la comprobación y vigilancia de los términos establecidos en el contrato. A estos efectos, durante la ejecución del contrato, podrá inspeccionar las obras durante su construcción y el inmueble una vez construido cuantas veces considere necesario y solicitar la información que estime oportuna para el correcto control del trabajo. Con dicha finalidad, tendrá libre acceso al inmueble, quedando la persona contratista obligada a facilitar la visita así como los medios necesarios para la realización de las actuaciones pertinentes. Tanto la persona responsable del contrato como la Dirección Facultativa de las obras tendrán acceso igualmente al Libro de Subcontratación, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (LRSSC). La persona contratista aportará cuanta documentación y precisiones le sean requeridas por el órgano de contratación durante la ejecución del contrato. Cuando la persona contratista, o personas de ella dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. La persona responsable del contrato podrá ordenar la apertura de catas cuando sospeche la existencia de vicios ocultos de construcción o haberse empleado materiales de calidad deficiente. De confirmarse la existencia de tales defectos, serán de cuenta de la persona contratista los gastos derivados del reconocimiento y subsanación. En caso contrario, la persona responsable certificará la indemnización que corresponde a la ejecución y reparación de las catas, valoradas a los precios unitarios del proyecto. Asimismo podrá ordenar la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, siendo a cargo de la persona contratista los gastos que por estas operaciones se originen.
Persona responsable del contrato. Se designa como persona responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, al Director de Instalaciones y Nuevas Tecnologías, Xxxxx Xxxx de la Feria Xxxxxx.
Persona responsable del contrato. La Sra. Presidenta de la Comisión Informativa de Acción Social y Empleo será la persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la/el delegada/o de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniónes explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
Persona responsable del contrato. De conformidad con el artículo 62 de la LCSP, se propone para desempeñar las funciones de responsable del contrato a D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Jefe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario de la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía. En Sevilla, a fecha de la firma digital, El Jefe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario. Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. ZONA NOROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2244-0.0-0.0-GI) ZONA CENTRO DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA (CLAVE: 07-AL-1811-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA DE HUELVA (CLAVE: 07-HU-1987-0.0-0.0-GI) ZONA OESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 07-CO-1914-0.0-0.0-GI) ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA (CLAVE: 00-XX-0000-0.0-0.0-XX) XXXX XXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2261-0.0-0.0-GI) VALOR ESTIMADO: 50.862.144,46 € IMPORTE DE LICITACIÓN (IVA excl.): 36.990.650,51 € IMPORTE DE LICITACIÓN (IVA incl.): 44.758.687,12 € IMPORTE IVA: 7.768.036,61 € 10.680.049,82 € 11.189.672,40 € 11.189.672,40 € 11.189.672,40 € 509.620,07 € 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 De acuerdo con la memoria justificativa de fecha 24 de julio de 2018 y la propuesta de inicio del expediente de contratación de servicios referenciado, de fecha 31 de julio de 2018, realizada por la Dirección General de Infraestructuras, donde queda debidamente justificada la necesidad de ejecución de los servicios de conservación en los citados tramos de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía, procede iniciar el expediente de contratación de referencia, que se tramitará mediante procedimiento abierto con una pluralidad de criterios de adjudicación, al concurrir las circunstancias previstas en los artículos 131.2 y 156.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, (en adelante LCSP). Dado que la naturaleza del contrato lo permite y en aras de facilitar el acceso a la contratación pública a un mayor número de empresas, el objeto del contrato se ha dividido en seis lotes, atendiendo a las distintas zonas de ejecución de los servicios. Por otra parte, atendiendo a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procede la inclusión de una fórmula para la revisión de precios. El artículo 28 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, establece que “Se requerirá acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar cualquier tipo de expediente de gastos cuyo imp...
Persona responsable del contrato. El órgano de contratación deberá designar una persona responsable del contrato a la que le corresponderá coordinar, supervisar y controlar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. La persona responsable del contrato, que será a todos los efectos la responsable frente a la persona contratista, podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a él. A estos efectos, el responsable del contrato es el Director General y Gerente, D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. El nombramiento será comunicado por escrito a la persona contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato( será suficiente con mandar mail a la persona encargada del contrato ) y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la persona delegada de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el suministro. La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a FIDESOL asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada, si bien y como se ha indicado el suministro se realizará sin instalación.