Nuevas tecnologías Cláusulas de Ejemplo

Nuevas tecnologías. Cuando en una empresa se introduzcan nuevas tecnologías que pueden suponer para los trabajadores modificación sustancial de condiciones de trabajo, o bien un periodo de formación o adaptación técnica no inferior a un mes, se deberán comunicar las mismas con carácter previo a los representantes de los trabajadores en el plazo suficiente para poder analizar y prever sus consecuencias en relación con: empleo, salud laboral, formación y organización del trabajo, aspectos estos sobre los que deberán ser consultados. Asimismo, se facilitará a los trabajadores afectados la formación adecuada y precisa para el desarrollo de su nueva función. La introducción de nuevas tecnologías comportará, si procede, la actualización de la evaluación de riesgos laborales.
Nuevas tecnologías. Cuando en una Empresa se introduzcan nuevas tecnologías que puedan suponer para los trabajadores modificación sustancial de condiciones de trabajo, o bien un período de formación o adaptación técnica no inferior a dos meses, se deberán comunicar las mismas con carácter previo a los Representantes de los Trabajadores en el plazo suficiente para poder analizar y prever sus consecuencias en relación con: empleo, salud laboral, formación y organización del trabajo. Los trabajadores destinados al puesto de trabajo modificado recibirán la formación necesaria para el desarrollo de sus funciones, bien directamente de la Empresa o bien a través de planes de formación concertados con el Servicio Público de Empleo Estatal u otros Organismos competentes. Del régimen de dicha formación: trabajadores afectados, características, duración, horario y presupuestos a ella dedicados, se dará información a los Representantes de los Trabajadores.
Nuevas tecnologías. Cuando en una Contrata se introduzcan nuevas tecnologías que conlleven para los trabajadores modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se estará a lo dispuesto al efecto por la legislación laboral vigente (informa- ción previa a los Representantes Legales de los Trabajadores, etc.).
Nuevas tecnologías. Cuando en una empresa se introduzcan nue- vas tecnologías que pueden suponer para los tra- bajadores modificación sustancial de condiciones de trabajo, o bien un periodo de formación o adaptación técnica no inferior a un mes, se debe- rán comunicar las mismas con carácter previo a los representantes de los trabajadores en el plazo suficiente para poder analizar y prever sus conse- cuencias en relación con: empleo, salud laboral, formación y organización del trabajo, aspectos és- tos sobre los que deberán ser consultados. Asi- mismo, se facilitará a los trabajadores afectados la formación adecuada y precisa para el desarro- llo de su nueva función. La introducción de nuevas tecnologías com- portará, si procede, la actualización de la evalua- ción de riesgos laborales.
Nuevas tecnologías. 12. Plazos de entrega
Nuevas tecnologías. CAPÍTULO XII
Nuevas tecnologías. Cuando en una empresa se introduzcan nuevas tecnologías que comporten un periodo de formación a las personas trabajadoras, se deberá comunicar las mismas con carácter previo a la RLT. Derechos Digitales. General.–En las empresas deberán articularse los me- dios necesarios para el adecuado ejercicio y respeto a los derechos digitales establecidos en los artículos 87 a 91 de la LOPD y en la normativa que la desarrolle o sustituya. Derecho a la intimidad y tratamiento de datos en el ámbito laboral.–El uso de datos personales de la persona que trabaja requerirá su consentimiento expreso. El tratamiento de datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona, requerirá el consentimiento de este, salvo que ese tratamien- to sea necesario para cumplir con la obligación del control diario de jornada. En el tratamiento de datos la empresa se regirá por el principio de interven- ción mínima y proporcionalidad al fin pretendido, así como por las disposicio- nes comunes contenidas en este título.
Nuevas tecnologías. Para cada destino se colocará un espacio dedicado a las pantallas táctiles permitiendo una fácil accesibilidad al máximo de personas posibles. La ubicación de una de ellas se hará de forma que sea accesible a personas con discapacidad. · Cableado: todas las conexiones de RJ45 (CAT.5 ó 6) deberán disponer de los conectores pertinentes y alargadores suficientes para poder conectar los distintos dispositivos, con etiquetado en sus extremos. Pantalla táctil 5 ZONAS PRIVADAS DE SERVICIOS Características Superficie aprox. m² Mesas y Sillas Servicios y Otros Sala polivalente: · Será absorbente acústicamente y ventilada, siempre ajustándose a los parámetros de la organización ferial. · Contará con luces frías, para evitar el calor que desprenden los focos. · Se deberá decorar la sala acorde con el diseño del stand, prestando especial atención a los detalles. · Mesa de reuniones para 10 personas, y 25 sillas, para presentaciones, perchero, armario para abrigos, armario con llave, papelera. · 1 toma de red RJ45. · 1 pantalla HD 55” + ordenador, preparada para pase de cualquier audiovisual en cualquier formato. . 1 equipo de audio completo y tres micros inalámbricos. 25 m² 1 mesa 10 pax. + 25 sillas · 4 tomas de corriente (enchufes) · Luz fría · Perchero · Armario para abrigos · Armario con llave · Papelera · 1 toma de red RJ45 conectada al armario de comunicaciones . Equipo de audio: 1mesa mezclas, 2altavoces, tres micros. (2 sobremesa +1publico) . Ordenador y pantalla 55” Despacho ATB: · De uso exclusivo de los técnicos de la ATB. · Dispondrá de 2 mesas de despacho cada una con 4 sillas, 2 armarios, 1ordenador (Microsoft Office), impresora y fax, como mínimo 4 tomas de corriente (enchufes), luz fría, perchero y armario con puertas y cerradura, papelera · Teléfono y fax con línea directa al exterior · Impresora con cartuchos a color y papel Din A4 · Máquina dispensadora de agua potable con vasos de plástico desechables. · 1 nevera pequeña · Máquina de café a disposición de los técnicos y altos cargos, con cápsulas, vasos desechables, azúcar y leche. · 2 tomas de red RJ45 · 2 alargadores de corriente de 2 metros con 6 enchufes. 20 m² 2 mesas de despacho + 8 sillas · Ordenador (Microsoft Office) · Impresora con cartuchos a color y papel Din A4 · Mínimo 4 tomas de corriente (enchufes) · Perchero (25perchas) · 2 Armario con puertas y llave · Papelera · Teléfono y fax · Máquina de café a, con cápsulas, vasos desechables, azúcar y leche. · 2 tomas de red RJ45 · 2 alargado...
Nuevas tecnologías. —Cuando en la empresa se intro- duzcan nuevas tecnologías que puedan suponer para los/as tra- bajadores/as modificación sustancial de las condiciones de trabajo, o bien, un período de formación o adaptación técnica, se deberán comunicar las mismas con carácter previo a los/as representantes de los/as trabajadores/as con el plazo suficiente para poder analizar y prever las consecuencias en relación con empleo, salud laboral, formación y organización del trabajo. Asimismo, se deberá facilitar a los/as trabajadores/as afectados/as la formación precisa para el desarrollo de su nueva función. La comisión de formación deberá garantizar el acceso de todos los trabajadores a las nuevas tecnologías, siempre que sea nece- sario.
Nuevas tecnologías. PARA AQUELLOS EXÁMENES DE DIAGNÓSTICO DE LABORATORIO, DE DIAGNÓSTICO SIMPLE, DIAGNÓSTICO ESPECIALIZADO Y PROCEDIMIENTOS QUIRÚR- GICOS, PRODUCTO DEL AVANCE CIENTÍFICO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, NO PREVISTOS DENTRO DE LA 01/01/2017-1404-P35-FLEXI/2017 PÓLIZA COLECTIVA DE SALUD FLEXIBLE EMPRESARIAL. COBERTURA DE LA PRESENTE PÓLIZA DE SALUD DE ACUERDO CON LA NOTA TÉCNICA DEL PRODUCTO, AXA COLPATRIA OTORGA UN AUXILIO POR UNA ÚNICA VEZ, POR USUARIO Y POR EL TIEMPO DE PERMANENCIA EN LA PÓLIZA, DE ACUERDO CON LO INDICADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, SIEMPRE Y CUANDO EL ASEGURADO HAYA OPTADO POR TOMAR EL ANEXO RESPECTIVO.