PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Este contrato se entiende perfeccionado con la firma del mismo por las partes intervinientes, y el registro presupuestal; PARÁGRAFO UNICO: EL CONTRATISTA dispone de un término xx Xxxx (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se suscriba el presente contrato para presentar a la GERENCIA los documentos que se requieren para su ejecución. En caso contrario EL HOSPITAL queda liberado de todo compromiso para con EL CONTRATISTA. CLAUSULA DECIMA OCTAVA-
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato resultante del proceso de selección corresponde a Prestación de Servicios. Se perfeccionará con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere la expedición del registro presupuestal y aprobación de garantía y suscripción del acta de inicio.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato que se suscriba quedará PERFECCIONADO acuerdo dispone la Ley 80 de 1993, Ley 1150 del 16 de Julio de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, con las firmas del CONTRATISTA y la BASE NAVAL ARC “MÁLAGA”. Para su EJECUCIÓN se requerirá la constitución de la Garantía Única por parte del CONTRATISTA y aprobación de la misma por parte de la Entidad y expedición del certificado de Registro Presupuestal.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Dentro de los cinco (05) días siguientes a la suscripción del contrato (Este contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, la expedición del respectivo Registro Presupuestal, la aprobación de las pólizas por parte de La Alcaldía Municipal de Los Patios y el pago de impuesto a que haya lugar) 14.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Una vez seleccionada la propuesta ganadora, se informará por escrito al proponente favorecido, y se iniciarán los trámites correspondientes para la celebración del respectivo contrato de obra llave en mano. El contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución requerirán la aprobación de las pólizas de seguro constituidas por el Contratista a favor de la OIM de acuerdo con lo requerido en el contrato. El valor de la propuesta deberá contener todos los costos en que pueda incurrir el Contratista para la firma del contrato y ejecución del mismo, como pólizas, impuestos, (no incluye ICA ni impuesto a la renta), transporte, permisos, licencias, etc. El proponente deberá discriminar dentro del valor total de su propuesta el valor correspondiente de Administración, Imprevistos y Utilidad AUI (el cual en ningún caso podrá ser superior al 18% del costo directo) al igual que el valor del impuesto IVA.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Los contratos que celebre la Institución Educativa se entenderán perfeccionados y listos para ejecutarse cuando:
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Este contrato se perfeccionó con la comunicación de aceptación de la propuesta mediante oficio XXXX del XXX de XXXXX de 2014, pero para su ejecución se requerirá que EMVARIAS haya aprobado las garantías solicitadas en la cláusula quinta, las que deberán ser presentadas junto con el certificado de existencia y representación legal fecha de expedición menor a tres (3) meses, de ser el caso, el paz y salvo del impuesto de Industria y Comercio expedido por la Subsecretaría xx Xxxxxx de la Secretaría de Hacienda del municipio de Medellín, y escrito expedido por el revisor fiscal donde se acredite el cumplimiento de las obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. DÉCIMA:
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Una vez seleccionada la propuesta ganadora, se informará por escrito al proponente favorecido, y se iniciarán los trámites correspondientes para la celebración del respectivo contrato de suministro y entrega. El contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución requerirán la aprobación de las pólizas de seguro constituidas por el Contratista a favor de la El valor de la propuesta deberá contener todos los costos en que pueda incurrir el Contratista para la firma del contrato y ejecución del mismo, como pólizas, impuestos (no incluye ICA ni impuesto a la renta), transporte, permisos, licencias, etc. Nota: No se aceptarán rubros como “administración” “utilidades” “fees” ”overhead” (fondos sector público), gastos financieros, fees o utilidades, overhead ( fondos xxxxxx xxxxxxx).
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. De acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la ley 80 de 1993, los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, así como de la suscripción del acta de iniciación. CLÁUSULA TRIGÉSIMA.