Common use of OTRAS OBLIGACIONES Clause in Contracts

OTRAS OBLIGACIONES. Otras obligaciones del contratista: Al momento de suscribir el contrato, el Contratista asume inmediatamente responsabilidades, obligaciones y compromisos ante el IPD. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al Proveedor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con las siguientes obligaciones esenciales: El Contratista es el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará directamente y por aquellas que desarrollará su personal, debiendo responder por el servicio brindado, en calidad y plazo. El Contratista que obtenga la buena pro para el desarrollo de la presente ejecución de obra es el responsable del carácter laboral, tributario y comercial del personal a su cargo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista que obtenga la buena pro para la presente elaboración de estudio y ejecución de obra , es el responsable de su personal en lo que respecta a: implementar las medidas de seguridad en las actividades a realizar, los casos de accidentes de trabajo, enfermedades o similares que puedan sufrir, debiendo adoptar las medidas de seguridad necesarias, así como cubrir los gastos para los daños causados a sus empleados, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del Contratista contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista es responsable de cumplir con la programación de las metas previstas y de adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso; de la calidad técnica del servicio en todos sus niveles requerido en los Términos de Referencia y el Contrato suscrito con la ENTIDAD; por tanto los errores u omisiones y las consecuencias cometidas por él o su personal serán de su entera responsabilidad. El Contratista está obligado a realizar todas las coordinaciones que sean necesarias con las Empresas de Servicios de agua, desagüe, electricidad y demás entidades públicas y privadas para la obtención dela factibilidad correspondiente, debiendo poner de conocimiento a la entidad para el financiamiento respectivo de ser necesario. Los profesionales por especialidad, se reunirán por lo menos una vez por semana con el equipo técnico de la Supervisión y la Unidad de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura del IPD, para informar respecto al avance en la elaboración del Servicio o según este establece en el cronograma. El Contratista tiene la obligación de subsanar todas las observaciones que técnicamente le formule la entidad en cualquiera de los niveles que se presenten. El Contratista tiene la obligación de cambiar al personal que a criterio y sustento de la entidad sea necesario realizar para mejorar la calidad del servicio brindado. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia, y con la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objetivo del contrato. Dar las facilidades a los representantes de la entidad en las Visitas inopinadas que se realice en la obra la cual inspeccionaran. Realizar entrevistas, y llevarse comunicación con la vecindad sin causar impactos ambientales negativos. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre Inversión aprobado, efectuando en coordinación con los formuladores del SNIP, las observaciones, consultas o recomendaciones que correspondan, oportunamente ante el IPD. Efectuar periódicamente reuniones con el supervisor y los profesionales del IPD, para definir los alcances del estudio y solucionar los problemas que puedan presentarse. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características físicas, topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, correspondientes a la localidad y al inmueble. Contar con la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del objeto del contrato. Contar con el personal técnico y profesional que indico en su propuesta, el personal profesional deberá mantener vigente su habilidad profesional. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la ejecución de la obra acorde con el cronograma de avance de obra vigente. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con el IPD sobre los trabajos que ejecuten los proyectistas. El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por el producto y por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas o sobrecostos en la obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios, y expediente técnico elaborado. El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para el IPD. El Contratista es el responsable, ante el IPD, por las omisiones, errores, deficiencias, falta de previsión o planificación que puedan contener el servicio que se le encarga, y que conlleven, durante la elaboración del expediente técnico o la ejecución de la obra, al reconocimiento de presupuestos adicionales; salvo casos extremos e imprevisibles. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG, publicada el 23.JUL.2010. El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración de los expediente técnicos, la responsabilidad por el contenido de la documentación que lo integra. Asimismo, y como parte de su responsabilidad, es aplicable a cada uno de los profesionales proyectistas, lo previsto en el artículo 21° de la Norma G.030 “Derechos y Responsabilidades”, del Reglamento Nacional de Edificaciones. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales del Contratista las que se complementarán con los aquí listados. El contratista no podrá negarse a cumplir estas obligaciones bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.

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Samples: Carta De Propuesta Económica

OTRAS OBLIGACIONES. Otras obligaciones del contratista: Al momento Con carácter general el concesionario deberá gestionar el servicio de suscribir el contrato, el Contratista asume inmediatamente responsabilidades, obligaciones y compromisos ante el IPD. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al Proveedor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentesforma directa, y de manera regular y continuada, sin que son inherentes al objeto contratadopueda subrogarse en ésta ninguna persona, éste se obliga ni arrendar, subarrendar o ceder, en todo o en parte. • Son responsabilidad del concesionario cuantos daños puedan ocasionarse a personas o bienes y compromete a cumplir con las siguientes obligaciones esenciales: El Contratista es el responsable directo y absoluto sean consecuencia, directa o indirecta, de las actividades que realizará directamente desarrolladas en las instalaciones o del uso o funcionamiento normal de las mismas. • El mantenimiento y por aquellas que desarrollará su personalconservación de las instalaciones, debiendo responder por en las debidas condiciones de conservación, seguridad, higiene y ornato. • Garantizar a los particulares el derecho a utilizar el servicio brindadoen las condiciones establecidas. Deberá disponer de las instancias normalizadas correspondientes para la presentación de sugerencias y/o reclamaciones por parte de los usuarios (hojas de reclamaciones), así como ponerlas a la inmediata disposición de quién las solicite. • Dedicar las instalaciones exclusivamente al uso establecido en este pliego. • Percibir del público exclusivamente las tarifas autorizadas. • Adoptar las medidas necesarias para una adecuada protección de los datos de carácter personal que pudieran obtener de los usuarios de las instalaciones, en calidad los términos expresados en la normativa específica. • Permitir el acceso a las instalaciones de los servicios municipales, en el ejercicio de sus labores de inspección de aquellas y plazode las actividades en ellas desarrolladas. El Contratista • Abstenerse de colocar publicidad en las instalaciones, salvo la previamente autorizada por la Junta de Distrito, siempre que obtenga esté referida en concreto a la buena pro para actividad que se desarrolla y en las dimensiones y alturas establecidas con arreglo a la normativa vigente. • Asimismo se abstendrán de utilizar altavoces o aparatos análogos, susceptibles de producir molestias al vecindario o a los viandantes fuera del horario establecido en la normativa municipal y siempre que el mismo no esté vinculado directamente al desarrollo de la presente ejecución de obra es el responsable del carácter laboral, tributario y comercial del personal a su cargo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadoresactividad deportiva. El Contratista que obtenga la buena pro para la presente elaboración de estudio y ejecución de obra , es el responsable de su personal en lo que respecta a: implementar las medidas de seguridad en las actividades a realizar, los casos de accidentes de trabajo, enfermedades o similares que puedan sufrir, debiendo adoptar las medidas de seguridad necesarias, así como cubrir los gastos para los daños causados a sus empleados, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del Contratista contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista es responsable de cumplir con la programación de las metas previstas y de adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso; de la calidad técnica del servicio en todos sus niveles requerido en los Términos de Referencia y el Contrato suscrito con la ENTIDAD; por tanto los errores u omisiones y las consecuencias cometidas por él o su personal serán de su entera responsabilidad. El Contratista está obligado a realizar todas las coordinaciones que sean necesarias con las Empresas de Servicios de agua, desagüe, electricidad y demás entidades públicas y privadas para la obtención dela factibilidad correspondiente, debiendo poner de conocimiento a la entidad para el financiamiento respectivo de ser necesario. Los profesionales por especialidad, se reunirán por lo menos una vez por semana con el equipo técnico de la Supervisión y la Unidad de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura del IPD, para informar respecto al avance en la elaboración del Servicio o según este establece en el cronograma. El Contratista tiene la obligación de subsanar todas las observaciones que técnicamente le formule la entidad en cualquiera de los niveles que se presenten. El Contratista tiene la obligación de cambiar al personal que a criterio y sustento de la entidad sea necesario realizar para mejorar la calidad del servicio brindado. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia, y con la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objetivo del contrato. Dar las facilidades a los representantes de la entidad en las Visitas inopinadas que se realice en la obra la cual inspeccionaran. Realizar entrevistas, y llevarse comunicación con la vecindad sin causar impactos ambientales negativos. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre Inversión aprobado, efectuando en coordinación con los formuladores del SNIP, las observaciones, consultas o recomendaciones que correspondan, oportunamente ante el IPD. Efectuar periódicamente reuniones con el supervisor y los profesionales del IPD, para definir los alcances del estudio y solucionar los problemas que puedan presentarse. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características físicas, topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, correspondientes a la localidad y al inmueble. Contar con la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del objeto del contrato. Contar con el personal técnico y profesional que indico en su propuesta, el personal profesional deberá mantener vigente su habilidad profesional. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la ejecución de la obra acorde con el cronograma de avance de obra vigente. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con el IPD sobre los trabajos que ejecuten los proyectistas. El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por el producto y por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas o sobrecostos en la obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios, y expediente técnico elaborado. El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para el IPD. El Contratista es el responsable, ante el IPD, por las omisiones, errores, deficiencias, falta de previsión o planificación que puedan contener el servicio que se le encarga, y que conlleven, durante la elaboración del expediente técnico o la ejecución de la obra, al reconocimiento de presupuestos adicionales; salvo casos extremos e imprevisibles. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG, publicada el 23.JUL.2010. El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración de los expediente técnicos, la responsabilidad por el contenido de • Conservar toda la documentación que lo integrase genere con motivo de la prestación del servicio, la cual podrá ser examinada en cualquier momento por los responsables de la Junta de Distrito y será entregada a la misma al finalizar el plazo de adjudicación. Asimismo• El adjudicatario será responsable de aquellos deterioros que sufra la instalación por negligencia, los derivados de una mala acción, o por haber sido utilizada para actos distintos de aquellos para los que se autoriza. • No utilizar para la prestación del servicio otras fuentes de energía que el fluido eléctrico o cualesquiera otras de las que estén dotadas las instalaciones o hayan sido previamente autorizada. • Al termino de la adjudicación, cualquiera que sea la causa y como parte de su responsabilidad, es aplicable a cada uno de los profesionales proyectistas, lo previsto en el artículo 21° plazo máximo de la Norma G.030 “Derechos un mes a contar desde el mismo, habrá de efectuarse todas las correcciones, reparaciones y Responsabilidades”sustituciones que los Servicios Técnicos Municipales determinen, del Reglamento Nacional a fin de Edificaciones. El Contrato establecerá que el Ayuntamiento reciba las demás responsabilidades instalaciones en perfectas condiciones de uso y obligaciones esenciales del Contratista las que se complementarán con los aquí listados. El contratista no podrá negarse a cumplir estas obligaciones bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobadafuncionamiento.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Han De Regir El Contrato

OTRAS OBLIGACIONES. Otras obligaciones del El contratista: Al momento de suscribir el contrato, el Contratista asume inmediatamente responsabilidades, obligaciones bajo su responsabilidad y compromisos ante el IPD. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al Proveedor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentesautonomía, y que son inherentes al en cumplimiento del objeto contratadodescrito, éste se obliga y compromete a cumplir cumplirá con las siguientes obligaciones esencialesobligaciones: El Contratista es • Llevar a cabo la provisión del servicio a satisfacción de la Superintendencia. • Entregar como máximo en tres (03) días calendario posteriores a la fecha del acta de conformidad de configuración y pruebas lo siguiente: el responsable directo detalle de líneas, marca, modelos y absoluto números de las actividades que realizará directamente y por aquellas que desarrollará su personalserie de los equipos provistos a la Superintendencia, debiendo responder por el tanto en formato físico como electrónico (virtual). • Proveer la seguridad lógica del servicio brindado, prestado en calidad y plazotodo momento. El Contratista término utilizado de “seguridad lógica” se refiere a la seguridad que obtenga la buena pro brinda el contratista en toda su infraestructura para el desarrollo garantizar confiabilidad, privacidad e integridad de la presente ejecución de obra es el responsable información del carácter laboral, tributario y comercial del personal cliente respecto a su cargo, eximiendo otros elementos ajenos a la Entidad de cualquier incumplimiento red del mismo. • Garantizar que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista que obtenga la buena pro para la presente elaboración de estudio y ejecución de obra , es el responsable de su personal en lo que respecta a: implementar las medidas de seguridad en las actividades a realizar, los casos de accidentes de trabajo, enfermedades o similares que puedan sufrir, debiendo adoptar las medidas de seguridad necesarias, así como cubrir los gastos para los daños causados a sus empleados, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del Contratista contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista es responsable de cumplir con la programación de las metas previstas y de adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso; de la calidad técnica costo del servicio en incluya todos sus niveles requerido en los Términos de Referencia y el Contrato suscrito con la ENTIDAD; por tanto los errores u omisiones y las consecuencias cometidas por él o su personal serán de su entera responsabilidad. El Contratista está obligado a realizar todas las coordinaciones que sean necesarias con las Empresas de Servicios de agua, desagüe, electricidad y demás entidades públicas y privadas para la obtención dela factibilidad correspondiente, debiendo poner de conocimiento a la entidad para el financiamiento respectivo de ser necesario. Los profesionales por especialidad, se reunirán por lo menos una vez por semana con el equipo técnico de la Supervisión y la Unidad de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura del IPD, para informar respecto al avance en la elaboración del Servicio o según este establece en el cronograma. El Contratista tiene la obligación de subsanar todas las observaciones que técnicamente le formule la entidad en cualquiera cada uno de los niveles que se presenten. El Contratista tiene la obligación de cambiar al elementos, materiales y personal que a criterio y sustento de la entidad sea necesario realizar para mejorar la calidad del servicio brindado. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia, y con la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objetivo del contrato. Dar las facilidades a los representantes de la entidad en las Visitas inopinadas que se realice en la obra la cual inspeccionaran. Realizar entrevistas, y llevarse comunicación con la vecindad sin causar impactos ambientales negativos. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre Inversión aprobado, efectuando en coordinación con los formuladores del SNIP, las observaciones, consultas o recomendaciones que correspondan, oportunamente ante el IPD. Efectuar periódicamente reuniones con el supervisor y los profesionales del IPD, para definir los alcances del estudio y solucionar los problemas que puedan presentarse. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar brindar el estado servicio y características físicaslos respectivos entregables, topográficas, geográficas, climáticas incluyendo costos derivados de transporte y de servicios básicos, correspondientes a la localidad y al inmueble. Contar con la participación seguros del personal profesional mínimo para realizar las actividades propias del servicio. La omisión de alguna actividad o producto, incluyendo software, equipo o complemento de ellos, que se exige en el presente documento, así como a juicio de la Superintendencia resulte necesario para la provisión de los servicios, equipos o para el cumplimiento de las especificaciones ofrecidas, obligará al contratista a proporcionarlo de inmediato y personal técnico sin costo alguno. • Absolver, responder y auxiliar que garanticen atender las consultas y observaciones de la buena y oportuna ejecución del objeto del contrato. Contar con el personal técnico y profesional que indico Superintendencia en su propuesta, el personal profesional deberá mantener vigente su habilidad profesional. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales establecidos para dicho fin, referidas al servicio durante todo el periodo del servicio contratado. • Aceptar cualquier procedimiento de supervisión que la Superintendencia efectúe en cualquier momento, coordinado o sin previo aviso, durante la implementación y con el plazo total programado para la ejecución de la obra acorde con el cronograma de avance de obra vigente. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los servicios que presteprovisión del servicio, para lo cual mantendrá coordinación permanente con el IPD sobre los trabajos que ejecuten los proyectistasbrindará las facilidades del caso. El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por el producto y por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas o sobrecostos Esta labor de supervisión no interferirá en la obra que recomiende ejecutar como producto provisión de los estudiosservicios encomendados. • Asignar el recurso humano idóneo y suficiente requerido para la provisión de los servicios. • Entregar los manuales y toda bibliografía en idioma castellano en formato impreso y digital (editable) en un CD/DVD necesaria para utilizar y mantener los equipos u otras herramientas que se utilizarán, y expediente técnico elaboradode acuerdo con lo dispuesto en los presentes términos de referencia. El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la consultoría, así como para sustentar adecuadamente Toda la documentación técnica que formulará para el IPD. El Contratista es el responsable, ante el IPD, por las omisiones, errores, deficiencias, falta de previsión o planificación que puedan contener el servicio que se le encarga, y que conlleven, durante la elaboración del expediente técnico o la ejecución de la obra, al reconocimiento de presupuestos adicionales; salvo casos extremos e imprevisibles. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG, publicada el 23.JUL.2010. El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración de los expediente técnicos, la responsabilidad por el contenido de la documentación que lo integra. Asimismo, y como parte debe incluir un índice detallado de su responsabilidad, es aplicable a cada uno de los profesionales proyectistas, lo previsto en el artículo 21° de la Norma G.030 “Derechos y Responsabilidades”, del Reglamento Nacional de Edificaciones. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales del Contratista las que se complementarán con los aquí listados. El contratista no podrá negarse a cumplir estas obligaciones bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobadacontenido.

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Samples: www.sbs.gob.pe

OTRAS OBLIGACIONES. Otras obligaciones Serán de cuenta y a xxxxx del contratista: Al momento contratista las gestiones y pago de suscribir todos los gastos, tasas, arbitrios, redacción y visado de los proyectos que haya que presentar en los organismos competentes a efectos de obtener el contratoalta y permiso de funcionamiento, el Contratista asume inmediatamente responsabilidadesenganches a redes y servicios y acometidas provisionales y definitivas. Son por cuenta del contratista y se considerarán incluidos, obligaciones y compromisos ante el IPD. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al Proveedor, conforme a todos los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con las siguientes obligaciones esenciales: El Contratista es el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará directamente y por aquellas que desarrollará su personal, debiendo responder por el servicio brindadoefectos, en calidad y plazo. El Contratista que obtenga la buena pro para el desarrollo importe de la presente ejecución de obra es el responsable del carácter laboraladjudicación, tributario y comercial del personal a su cargo, eximiendo los gastos complementarios correspondientes a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista que obtenga la buena pro para la presente elaboración de estudio construcción y ejecución de obra , es el responsable de su personal puesta en lo que respecta a: implementar servicio según las medidas de seguridad en las actividades a realizar, los casos de accidentes de trabajo, enfermedades o similares que puedan sufrir, debiendo adoptar las medidas de seguridad necesariasdisposiciones vigentes, así como cubrir todos los gastos para los daños causados a sus empleados, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del Contratista contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores. El Contratista es responsable de cumplir con la programación de las metas previstas y de adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso; derivados de la calidad técnica del servicio en todos sus niveles requerido en los Términos de Referencia y el Contrato suscrito con la ENTIDAD; por tanto los errores u omisiones y las consecuencias cometidas por él o su personal serán de su entera responsabilidad. El Contratista está obligado a realizar todas las coordinaciones que sean necesarias con las Empresas de Servicios de agua, desagüe, electricidad y demás entidades públicas y privadas para la obtención dela factibilidad correspondiente, debiendo poner de conocimiento a la entidad para el financiamiento respectivo de ser necesario. Los profesionales por especialidad, se reunirán por lo menos una vez por semana con el equipo técnico de la Supervisión y la Unidad de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura del IPD, para informar respecto al avance en la elaboración del Servicio o según este establece en el cronograma. El Contratista tiene la obligación de subsanar todas las observaciones que técnicamente le formule la entidad en cualquiera de los niveles que se presenten. El Contratista tiene la obligación de cambiar al personal que a criterio permisos, tasas, autorizaciones y sustento de la entidad sea necesario realizar para mejorar la calidad del servicio brindado. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la consultoría. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia, y con la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objetivo del contrato. Dar las facilidades a los representantes de la entidad en las Visitas inopinadas que se realice en la obra la cual inspeccionaran. Realizar entrevistas, y llevarse comunicación con la vecindad sin causar impactos ambientales negativos. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre Inversión aprobado, efectuando en coordinación con los formuladores del SNIP, las observaciones, consultas o recomendaciones que correspondan, oportunamente ante el IPD. Efectuar periódicamente reuniones con el supervisor y los profesionales del IPD, para definir los alcances del estudio y solucionar los problemas que puedan presentarse. Efectuar los trabajos de campo que sean licencias necesarios para verificar el estado y características físicas, topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, correspondientes a la localidad y al inmueble. Contar con la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del objeto del contrato. Contar con el personal técnico y profesional que indico en su propuesta, el personal profesional deberá mantener vigente su habilidad profesional. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la ejecución de las obras. Le corresponde además la tramitación ante los organismos, administraciones y empresas competentes de las autorizaciones, permisos y licencias que requiera la ejecución de las obras y la ocupación, mantenimiento o reposición de las vías de comunicación y servicios afectados o cualquier otra actuación que exija la ejecución. Con el objeto de agilizar los trámites administrativos, podrá el promotor solicitar la Licencia Municipal de Obras a su propio nombre, y posteriormente realizar los trámites con el Ayuntamiento xx Xxxxx para la emisión de las tasas e impuestos correspondientes a nombre del adjudicatario. El resto de permisos y autorizaciones que resulten precisos, tanto para la obra acorde con el cronograma principal como para las provisionales o de avance elementos auxiliares (permisos de obra vigente. Asumir la responsabilidadacometidas, total y exclusivagrúas, etc.) deberán ser tramitados por la calidad contrata y serán coordinados por la dirección de los servicios obra. Asimismo, el contratista deberá: • Designar a la persona que presteejercerá de Delegado o Jefe de obra, con capacidad suficiente para lo cual mantendrá coordinación permanente con el IPD sobre los trabajos que ejecuten los proyectistas. El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por el producto y por los resultados que obtenga ostentar la representación de la Empresa y que puedan producir fallas por su titulación o sobrecostos en experiencia deberá tener la obra que recomiende ejecutar como producto capacitación adecuada de los estudios, acuerdo con las características y expediente técnico elaborado. El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para el IPD. El Contratista es el responsable, ante el IPD, por las omisiones, errores, deficiencias, falta de previsión o planificación que puedan contener el servicio que se le encarga, y que conlleven, durante la elaboración del expediente técnico o la ejecución complejidad de la obra, que deberá ser aceptado por aquélla. • Obtener la Licencia de Obras, no pudiendo autorizarse el inicio de las obras sin tenerla concedida. • Cumplimentar las condicionales de ésta que afecten a la ejecución del proyecto de obra. • Desarrollar el Plan de Seguridad y Salud, con carácter previo a la apertura del centro de trabajo e inicio de las obras, elevándolo al reconocimiento Coordinador de presupuestos adicionales; salvo casos extremos e imprevisiblesSeguridad y Salud durante las obras, para su conformidad o propuesta de rectificación. Esta responsabilidad está claramente establecida • Desarrollar el Programa de Trabajo en un plazo no superior al primer mes de obra, y presentarlo a informe del Director de Ejecución de la Obra, para su conformidad o propuesta de rectificación. • Disponer en Obra del Libro de Ordenes de Obra y del Libro de Incidencias de Seguridad y Salud. • Disponer en Obra de un ejemplar del Proyecto Vigente y de los proyectos específicos que lo desarrollan. • Presentar al Director de Ejecución de Obra el Plan de Control de Calidad (cuando éste hubiera sido propuesto por alguna empresa de control), para que dicho Director desarrolle o autorice el Programa específico correspondiente. • Proponer alternativas al Director de Ejecución de obra, para su selección, en orden a concertar con un Laboratorio homologado los trabajos necesarios para la ejecución del Programa obligatorio de Control de Calidad. • Desarrollar o encargar el desarrollo de los Proyectos específicos de las instalaciones que, en cada caso, lo requieran, presentándolos en tiempo y forma a la Dirección facultativa para su conformidad, con carácter previo a la tramitación de su aprobación o de las autorizaciones de uso de los departamentos correspondientes. • Obtener todas las autorizaciones y permisos necesarios de los Organismos o empresas competentes en cada caso, para la puesta en funcionamiento de las instalaciones y servicios, antes de la firma del acta de recepción de obra. El contratista, a la vista del proyecto de ejecución conteniendo el estudio de seguridad y salud, presentará el plan de seguridad y salud de la obra a la aprobación del coordinador en materia de seguridad y salud, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 22.1 Real Decreto 1627/1997, de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA24 de octubre, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG, publicada el 23.JUL.2010. El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración de los expediente técnicos, la responsabilidad por el contenido de la documentación que lo integra. Asimismo, y como parte de su responsabilidad, es aplicable a cada uno de los profesionales proyectistas, lo previsto en el artículo 21° de la Norma G.030 “Derechos y Responsabilidades”, del Reglamento Nacional de Edificaciones. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales del Contratista las que se complementarán con los aquí listados. El contratista no podrá negarse a cumplir estas obligaciones bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobadaestablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación