Objeto y ámbito territorial Cláusulas de Ejemplo

Objeto y ámbito territorial. El presente Convenio tiene por objeto regular las relaciones entre empresa y Trabajadores/as en el centro de trabajo de Tarragona, situado en Carretera de Valencia s/n de esta capital.
Objeto y ámbito territorial. El presente convenio colectivo tiene por objeto regular las relaciones laborales entre XX-0 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, X.X.X., y todo el personal del departamento de explotación con contrato fijo o temporal, de los centros de trabajo números uno y dos que se definen en el artículo 9.º del presente convenio, y el resto del personal de la empresa de los centros de trabajo xx Xxxxxx.
Objeto y ámbito territorial. 1. Es objeto de esta prestación la limpieza viaria y la recogida y transporte de Residuos Sólidos Urbanos y Selectivos del término municipal de Guadalajara incluyendo barrios anexados, polígonos industriales y la Urbanización de “El Xxxxxx”, sin perjuicio de lo previsto en el PCAP en cuanto a la posible modificación del Contrato para ampliar su ámbito territorial. Dentro del servicio de limpieza viaria se entienden incluidas todas las medidas necesarias para restablecimiento de la seguridad vial y medioambiental tras accidentes de tráfico en la red viaria del término municipal de Guadalajara cuya titularidad es del Ayuntamiento, quedando expresamente excluidas las autopistas, autovías y en general todas las vías y carreteras dependientes tanto de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx La Mancha como del Ministerio de Fomento y de la Diputación.
Objeto y ámbito territorial. 1. Son parte de la prestación del servicio integral de jardinería el desarrollo de diferentes trabajos de mantenimiento de las zonas verdes, jardineras y arbolado de alineación, entendiéndose dentro de este servicio el mantenimiento de los elementos vegetales y no vegetales que no sean objeto de otros mantenimientos específicos, todo ello dentro del término municipal de Guadalajara (sin perjuicio de lo previsto en el PCAP en cuanto a la posible modificación del Contrato para ampliar su ámbito territorial). En el Anexo 2 se recogen los parques, jardines y zonas verdes objeto del Contrato, distinguiendo las distintas fases en el tiempo en las que se asumirá el Servicio.
Objeto y ámbito territorial. 1. Dentro del objeto del presente Servicio se encuentran lasprestaciones de control de funcionamiento, conservación, y adecuación de las instalaciones de alumbrado público, situadas dentro del término municipal de Guadalajara y Barrios Anexionados. Estas prestaciones tienen como fin primordial asegurar la continuidad del funcionamiento previniendo posibles averías y realizando, en su caso, trabajos, controles, reparaciones, sustituciones, mejoras, etc., necesarias para el mantenimiento el nivel técnico de los equipos, así como de la calidad de los mismos, minimizar los posibles peligros que puedan ocasionar a personas o cosas, adecuar las instalaciones a las necesidades urbanas y mantener un aceptable equilibrio entre la iluminación que se proporciona y su costo. Todo ello referido a las instalaciones existentes al comienzo de la vigencia del Contrato, así como a aquellas que se incorporen al mismo en el futuro y dentro del período de vigencia del mismo. Asimismo, el adjudicatario será responsable de que las instalaciones a mantener superen las pruebas e inspecciones que reglamentariamente se exijan, así como de su coste, por ejemplo las OCAS. El adjudicatario deberá realizar, además la gestión energética del alumbrado público del municipio.
Objeto y ámbito territorial. 1. El objeto del presente Servicio es el mantenimiento y gestión integrada del “Sistema de bicicletas de uso público-Guaybici” en el término municipal de Guadalajara (sin perjuicio de lo previsto en el PCAP en cuanto a la posible modificación del Contrato para ampliar su ámbito territorial).
Objeto y ámbito territorial. El presente pliego tiene por objeto regular y definir el alcance, proceso y condiciones técnicas de prestación, que habrá de regir en la contratación de una empresa especializadas en servicio de mantenimiento integral de bienes inmuebles de propiedad de este Ayuntamiento. Los servicios objeto de este contrato, se extenderán a la totalidad de los núcleos del Término Municipal de San Xxxxxxxxx, esto es, San Xxxxxxxxx, Güime, Montaña Blanca, El Islote y Playa Honda. Se incluye igualmente la zona industrial, situada en el margen derecho de la carretera LZ-2 Arrecife-Playa Blanca. El Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx convoca, a través del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, la contratación mediante procedimiento abierto, del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE BIENES INMUEBLES DE TITULARIDAD DE ESTE AYUNTAMIENTO”. Todos los servicios se efectuarán con sujeción a lo especificado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, a lo que determine el Contrato, a las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, al Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, a las disposiciones contenidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás legislación aplicable en materia de contratos administrativos y, especialmente, la normativas en materia de residuos, como la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos. Con carácter general, los servicios incluidos en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas se llevarán a cabo por la empresa adjudicataria, a requerimiento expreso de la Alcaldía y Concejalía delegada de Servicios Públicos y bajo la dirección, control y supervisión de los servicios técnicos municipales y en coordinación con los mismos.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.