Common use of MODIFICACIÓN UNILATERAL Clause in Contracts

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 %) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Pliego De Condiciones, Pliego De Condiciones, Pliego De Condiciones

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Contrato No. 3 De 2021, De Obra Civil, Contrato No. 8 De 2020 De Suministro, Minuta Del Contrato

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.

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Samples: contratacion.palmira.unal.edu.co, contratacion.palmira.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Contrato No. 01 De 2022 De Fiducia, contratacion.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste este evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014. CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA.

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Samples: contratacion.palmira.unal.edu.co, contratacion.palmira.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contratodel contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contratocontrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA contratista podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contratocontrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 Manual de Convenios Contratos y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: contratacion.bogota.unal.edu.co, contratacion.bogota.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran logr an un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Invitación Pública Para Contratar Las Obras De Cerramiento Perimetral

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contratocontrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contratocontrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros actividades o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contratocontrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, aplicación la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: contratacion.bogota.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contratocontrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contratocontrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o serviciosmodificarlo. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; , en éste evento se ordenará la liquidación del Contratocontrato, y la UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, aplicación la UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.. VIGÉSIMA SEGUNDA:

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer sati sfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Pliego De Condiciones

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014. CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA.

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Samples: contratacion.palmira.unal.edu.co

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros actividades o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el CONTRATISTA EL INTERVENTOR podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.

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Samples: Minuta Del Contrato

MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, la LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20 20%) o más de su valor inicial, el EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y la LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, la LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.

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Samples: contratacion.palmira.unal.edu.co