Medidas cautelares. En todos los procedimientos de contratación de suministros tramitados al amparo del presente pliego, los interesados podrán solicitar la adopción de medidas provisionales a que se refiere el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. Cuando de la adopción de las medidas provisionales puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza para la Administración o terceros, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder de ellos, sin que aquellas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida. La decisión sobre las alegaciones presentadas y sobre la adopción de medidas provisionales deberá producirse dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten, entendiéndose denegada esta petición en el caso de no recaer resolución expresa sobre el particular en este plazo.
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Medidas cautelares. En todos los procedimientos el procedimiento de contratación de suministros tramitados obras tramitado al amparo del presente pliego, los interesados podrán solicitar la adopción de medidas provisionales a que se refiere el artículo 43 del TRLCSP38 de la LCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. Cuando de la adopción de las medidas provisionales puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza para la Administración o tercerosnaturaleza, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder de ellos, sin que aquellas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida. La decisión sobre las alegaciones presentadas y sobre la adopción de medidas provisionales deberá producirse dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten, entendiéndose denegada esta petición en el caso de no recaer resolución expresa sobre el particular en este plazo.
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Medidas cautelares. En todos los procedimientos de contratación de suministros obras tramitados al amparo del presente pliego, los interesados podrán solicitar la adopción de medidas provisionales a que se refiere el artículo 43 del TRLCSP38 de la LCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. Cuando de la adopción de las medidas provisionales puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza para la Administración o tercerosnaturaleza, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder de ellos, sin que aquellas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida. La decisión sobre las alegaciones presentadas y sobre la adopción de medidas provisionales deberá producirse dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten, entendiéndose denegada esta petición en el caso de no recaer resolución expresa sobre el particular en este plazo.
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Medidas cautelares. En todos los procedimientos de contratación de suministros servicios tramitados al amparo del presente pliego, los interesados podrán solicitar la adopción de medidas provisionales a que se refiere el artículo 43 34 del TRLCSP, TRLCSP para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. Cuando de la adopción de las medidas provisionales puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza para la Administración o terceros, la resolución podrá imponer la constitución de caución o garantía suficiente para responder de ellos, sin que aquellas produzcan efectos hasta que dicha caución o garantía sea constituida. La decisión sobre las alegaciones presentadas y sobre la adopción de medidas provisionales deberá producirse dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten, entendiéndose denegada esta petición en el caso de no recaer resolución expresa sobre el particular en este plazo.
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