Liquidación de Mutuo Acuerdo Cláusulas de Ejemplo

Liquidación de Mutuo Acuerdo. Es aquella que se realiza en el término señalado en los pliegos de condiciones dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro Liquidación unilateral: Cuando el contratista, previamente citado, no se presenta a la liquidación voluntaria dentro de los cuatro meses, o si las partes no logran acuerdo sobre el contenido de esta, la Entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, mediante acto administrativo debidamente motivado. Liquidación judicial: Si la entidad contratante no liquida unilateralmente, ni de mutuo acuerdo el contrato dentro del término de cuatro (4) meses, o dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo convenido por las partes, el interesado podrá acudir a la jurisdicción para obtener la liquidación en sede judicial a más tardar dentro de los dos (2) años siguientes al incumplimiento de la obligación de liquidar. Plazo contractual: Tiempo en el cual se realiza la ejecución del contrato o convenio. Ordenador del gasto: Capacidad para ejecutar el presupuesto a partir de un programa de gastos aprobado en el presupuesto de la respectiva vigencia fiscal, señalando la oportunidad de contratar y comprometer los recursos públicos de la administración.
Liquidación de Mutuo Acuerdo. Esta liquidación debe hacerse durante el tiempo establecido en el pliego de condiciones o dentro del término que acuerden las partes en el contrato. De no existir tal disposición deberá realizarse la liquidación dentro de los cuatro meses siguientes al vencimiento del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. Liquidación unilateral de la administración: Cuando el contratista haya sido citado por escrito para realizar la liquidación bilateral y no se haya presentado, o cuando no se llegue a un acuerdo sobre el contenido de la liquidación, LA ESE podrá proceder a realizar la liquidación unilateral, dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo previsto para la liquidación por mutuo acuerdo. Procedimiento para la liquidación unilateral: Para liquidar unilateralmente un contrato se deberá tener en cuenta lo siguiente: Liquidación judicial. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, el funcionario responsable deberá proceder a realizarla la liquidación por mutuo acuerdo o unilateral, antes del vencimiento de los dos años contados a partir del cumplimiento del término anteriormente establecido. Contenido del acta de liquidación.
Liquidación de Mutuo Acuerdo. La liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo por las partes contratantes, dentro del término fijado en el pliego de condiciones o sus equivalentes, o dentro el que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. Liquidación Unilateral: En aquellos casos en el que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga La Dirección de Gestión Administrativa y Financiera de la Personería Municipal de Floridablanca, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la Dirección Administrativa y Financiera, realizará unilateralmente la liquidación dentro de los dos 2 meses siguientes, al vencimiento del plazo establecido anteriormente. La liquidación unilateral se adoptará por acto motivado susceptible del recurso de reposición. Liquidación en Sede Judicial: Si vencido el plazo establecido para la liquidación unilateral, no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en sede judicial, en cualquier tiempo dentro de los dos (2) años siguientes al vencimiento del término determinado para la liquidación de mutuo acuerdo o unilateralmente. Una vez terminada la ejecución contractual, el Interventor o supervisor, elaborará el acta de liquidación del contrato con los documentos soportes a que haya lugar la cual será remitida junto con el respectivo informe de supervisión, a La Dirección de Gestión Administrativa y Financiera para su revisión y firma. PARÁGRAFO. El supervisor del contrato remitirá original del Acta de Liquidación debidamente firmada por La Dirección de Gestión Administrativa y Financiera para su archivo en la carpeta del respectivo contrato; sin perjuicio de las publicaciones que deban hacerse en el portal de contratación y otras comunicaciones que deban surtirse de conformidad con la ley. En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones pactadas en el Contrato, se garantizará al Contratista el debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política y la respectiva actuación administrativa se sujetará a lo señalado en la Ley 1150 de 2007 y demás normas que regulan la materia. Será responsabilidad de los supervisores designados y de la Dirección Administrativa y Financiera, adelantar los trámi...
Liquidación de Mutuo Acuerdo. El procedimiento de
Liquidación de Mutuo Acuerdo. El presente contrato se liquidará de común acuerdo por las partes contratantes en la fecha de terminación acordadas en el mismo o dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del contrato o la expedición del acto administrativo que ordena la terminación o a la fecha del acuerdo que así lo disponga. En esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisión y reconocimientos a que haya lugar en el Acta de Liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse en paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación de la Garantía del contrato. Si el CONTRATISTA no se presenta a la liquidación del contrato o las partes no llegasen a un acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro el plazo establecido en la cláusula anterior será aplicada directa y unilateralmente por la Beneficencia del Valle del Cauca EICE., y se adoptara por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. El acta de Liquidación deberá ser suscrita por el interventor y supervisor encargados de ejercer la vigilancia y control del contrato. Artículo 11 de la Ley 1150 e 2007. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011 y en el artículo 2.2.1.1.2.2.1., del Decreto 1082 de 2015, la Beneficencia xxx Xxxxx del Cauca EICE., puede modificar las condiciones de contratación a través de adendas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. La Beneficencia del Valle del Cauca EICE., puede expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato. La Beneficencia xxx Xxxxx del Cauca EICE., debe publicar las adendas en los días hábiles, entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m. Mediante las adendas, la entidad podrá modificar las condiciones de contratación. Si se modificarán los plazos de los procedimientos, en la adenda se publicará el cronograma aplicable al proceso pendiente por desarrollarse. Toda modificación a las condiciones de contratación deberá constar en adenda que se publicará el portal xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.7.1., del Decreto 1082 de 2015. Santiago de Cali, de 2019 Señores: Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx xxx Cauca Xxxxx 0 Xx. 0 – 00 Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx Xxxx 12 E.S.D. REFERENCIA: Proceso de CONVOCATORÍA PÚBLICA No. 004 DE 2019. La oferta técnica que presentarán los pro...
Liquidación de Mutuo Acuerdo. Es el acto mediante el cual las partes intervinientes en el contrato realizan la liquidación de manera consensuada, sin ningún tipo de oposición. Dicho procedimiento, en principio, deberá realizarse dentro del término fijado en el pliego de condiciones o en el término que las partes acuerdan, y en caso de no pactarlo, a más tardar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato o convenio, a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que la disponga.
Liquidación de Mutuo Acuerdo. El presente contrato se liquidara de común acuerdo por las partes contratantes en la fecha de terminación acordada en el mismo o dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del contrato. En caso contrario se liquidara unilateralmente. DECIMA CUARTA:

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.