DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE Cláusulas de Ejemplo

DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE: SERVICIO XX XXXXXX INTERNAS RUC: 1760013210001
DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. Nombre de la entidad contratante: Ministerio de Salud Pública del Ecuador Ruc: 1760001120001 Dirección: País: Ecuador Provincia: Pichincha Ciudad: Quito Av. Quitumbe Ñan y Xxxxx Xxx Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social. Contacto: Lcda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Teléfono: (+000)00000-000 Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx
DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. El interesado en la contratación es la Dirección Nacional de Estupefacientes, en adelante la Entidad, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, domiciliada en la Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 xx Xxxxxx X. X., representada para el presente caso por la Secretaria General conforme a la delegación de funciones conferidas por la Director Nacional de Estupefacientes a través de la Resolución 0497 del 01 xx xxxxx de 2005 quién tendrá competencia para celebrar contratos y realizar las licitaciones, concursos, selecciones abreviadas y contratación directa relacionados con el funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de las funciones misionales, tal y como consta en el citado Acto Administrativo; y facultado de acuerdo con lo establecido en la ley 489 de 1998 y en el Decreto 2568 de 2003.
DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. 15 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA 15
DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. El interesado en la presente convocatoria pública es la Beneficencia del Valle del Cauca EICE. El trámite del proceso de Convocatoria Pública será llevado por la Beneficencia del Valle del Cauca EICE., para lo cual la(s) persona(s) interesada(s) deberá(n) dirigirse a esta entidad ubicada en el Edificio Beneficencia xxx Xxxxx del Cauca de la ciudad de Santiago de Cali, Xxxxx 0 Xx. 0-00, xxxx 00 Xxxxxxxx. Por lo anterior, las comunicaciones o solicitudes atenientes a la entrega de documentos, que se requieran por todos y cada uno de los proponentes participantes en el presente proceso deberán ser presentadas por escrito a la Beneficencia del Valle del Cauca EICE ubicada en el Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx xx la ciudad de Cali en la calle 9 No. 4-50, piso 12 Gerencia, en el horario oficial de 8:00 A.M., a 12:30 P.M., y de 1:30 P.M., a 5:00 P.M., o al correo electrónico gerencia@loteriadel xxxxx.xxx. Los documentos radicados en lugar diferente a la dirección y piso anteriormente indicado no serán objeto de evaluación.
DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE. NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP- UNIDAD DE NEGOCIO TERMOPICHINCHA RUC 1768152800001 DIRECCIÓN Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, junto al reservorio de Guangopolo, sector la Armenia TELÉFONO Y EXTENSIÓN 593-299 ext 2500 CONTACTO Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Gerente Unidad de Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx (encargado). Dirección: Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xx. 0.0. Xxxxxx Xxxxxx: 000000 Xxxxxx – Ecuador. Teléfono: 593 - 0 000 0000 - xxx.xxxxx.xxx.xx COSTO PR EDICIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN CUBIERTA 0,00 CONDICIONES DE PAGO POR EDICION DE DOCUMENTACION DEL PROCESO DE CONTRATACION CUBIERTA No aplica INFORMACIÓN DE LA CONTRATACIÓN: DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN TPI SERVICIO DE MANTENIMIENTOS DE LAS TRES CALDERAS E INSULADOS DE LA CENTRAL XXXXX CANTIDAD DE LA MERCANCÍA O SERVICIO OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Conforme los términos de referencia de la contratación. PRESUPUESTO REFERENCIAL USD $ 723.147,00 (SETECIENTOS VEINTITRES MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 00/100) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el valor agregado IVA. PLAZO DE EJECUCIÓN 180 días calendario desde la fecha de notificación del anticipo. CPC DEL PROCESO ( NIVEL 5) 54631 FORMA DE PAGO El treinta por ciento (30%) del valor del contrato, sin IVA, en calidad de anticipo, contra entrega de una garantía por el valor del anticipo que respalde el cien por ciento (100%) del valor recibido por este concepto, garantía que se emitirá de conformidad con la Ley.El setenta por ciento (70%) restante del valor del contrato se cancelará en dos pagos parciales según lo indicado a continuación.  Pago del cuarenta por ciento (40%) con la ejecución del mantenimiento de dos calderas, junto con un informe del mantenimiento realizado a las dos calderas aprobado por el administrador del contrato. Dirección: Panamericana Norte Km. 7.5. Código Postal: 010109 Cuenca – Ecuador. Teléfono: 593 - 0 000 0000 - xxx.xxxxx.xxx.xx  Pago del treinta por ciento (30%) con la culminación total del mantenimiento de las tres calderas e insulados y la firma del acta entrega recepción del servicio.

Related to DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.

  • DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • Estados de Cuenta  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos: