LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cláusulas de Ejemplo

LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. (a) Esta Garantía se regirá e interpretará de conformidad con la legislación federal de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El contrato debe contener disposiciones relativas a la ley aplicable y al foro en que se han de dirimir las controversias. Los contratos de consultores siempre deben incluir una cláusula para la solución de controversias. El arbitraje comercial internacional puede tener ventajas prácticas respecto a otros métodos de solución de controversias. Por lo tanto, se recomienda a los Prestatarios que estipulen esta modalidad de arbitraje. No debe nombrarse al Banco como árbitro ni pedírsele que designe uno.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las Condiciones Generales de Uso se rigen por las leyes chilenas. El Usuario fija su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se somete a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. Nombre Mandante Rut/CNI/CNE Mandante Teléfono Mandante Fecha Banco/Institución N° Cuenta Corriente/Vista Tarjeta de Crédito N° Tarjeta de Crédito Fecha Expiración TC Asignación Por el presente instrumento, el titular de la cuenta corriente (la "Cuenta"), tarjeta de crédito (la "Tarjeta") o de la asignación (la "Asignación") antes descritas (el "Mandante"), otorga un mandato mercantil a la institución antes indicada (el "Intermediario"), para que en su nombre y representación cargue su Cuenta, Tarjeta o Asignación y con ello pague a Empresa Periodística El Norte S.A por los cobros que ésta presente a su cargo por concepto de suscripción, lo que el Mandante acepta a partir de la fecha del presente instrumento, de conformidad a las siguientes condiciones.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. 30.1 El presente Proceso y el Contrato resultante se rigen por las Leyes del Estado Plurinacional de Bolivia, sin considerar cualquier principio sobre conflicto xx xxxxx que remita a las leyes de otra jurisdicción.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Los presentes Términos y Condiciones Generales se rigen por las leyes peruanas. Toda controversia que se derive del presente Contrato será solucionada en lo posible de común acuerdo, mediante negociación directa entre las partes, en base a los principios de buena fe y común intención de las partes, en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario de comunicada la controversia por escrito. Vencido dicho plazo y de persistir la controversia, las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten a la jurisdicción de los jueces, tribunales y autoridades administrativas de Lima. 17 Tarjeta Bonus prepago Mastercard En el supuesto que el cliente reciba la comisión de sus ventas en una cuenta Bonus y luego decida cambiarse a una cuenta propia y/o no utilice su tarjeta Bonus por treinta (30) días calendario consecutivos, esta será considerada a partir del siguiente día calendario como una tarjeta Bonus estándar. El cliente podrá comunicarse a la central telefónica para cualquier consulta o revisar los términos y condiciones en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxx.xxx.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. 5 Para todo lo relativo a la interpretación del presente contrato, las partes se someten a los tribunales competentes y leyes vigentes de la ciudad de México, Distrito Federal, renuncian- do a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa les pudiera corresponder. Estando conformes ambas partes con el alcance y contenido de lo acordado mediante el presente contrato, lo firman por duplicado el día , quedando un ejemplar en poder de cada una de ellas. Afianzadora Aserta S. A. de C. V., Grupo Financiero Aserta, Programa de Afianzamiento Global No. Datos de contacto:
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las Condiciones Generales de Uso se rigen por las leyes chilenas. El Usuario fija su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se somete a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. Nombre Mandante Banco/Institución Rut/CNI/CNE Mandante
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. 56 24.1 ............. Normatividad Aplicable ................................................................... 56 24.2 ............. Conciliación ...................................................................................... 57 24.3 ............. Requisitos del Conciliador y del Experto Independiente ................. 57 24.4 ............. Tribunales Federales ......................................................................... 58 24.5 ............. Arbitraje ............................................................................................ 58 24.6 ............. Consolidación ................................................................................... 59 24.7 ............. No Suspensión de Actividades Petroleras ........................................ 59 24.8 ............. Renuncia Vía Diplomática ................................................................ 59 24.9 ............. Tratados Internacionales ................................................................... 59
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El Contrato de Compraventa estará regulado por las Leyes Aplicables y cualquier controversia, conflicto, discrepancia o reclamo vinculado al mismo será resuelto a través de arbitraje bajo las reglas y administración de la Cámara de Comercio de Lima en el caso que las Partes no lleguen a una solución dentro del plazo de trato directo. Otras disposiciones: - El Contrato de Compraventa contendrá los términos y condiciones usuales de los contratos de compraventa de bienes inmuebles. - Los términos contenidos en el presente anexo son referenciales y en forma conjunta el Concedente, Concesionario y Fideicomiso podrán y deberán adecuar el texto final del Contrato de Compraventa a las condiciones xx xxxxxxx que permitan lograr el éxito de la Subasta, siempre que se enmarquen dentro de los alcances de las Bases de la Subasta, sin desnaturalizar las disposiciones del Contrato de Concesión ni perjudicar los derechos de las Partes bajo dicho Contrato.
LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El Contrato de Servicio estará regulado por las Leyes Aplicables y cualquier controversia, conflicto, discrepancia o reclamo vinculado al mismo será resuelto a través de arbitraje bajo las reglas y administración de la Cámara de Comercio de Lima en el caso que las Partes no lleguen a una solución dentro del plazo de trato directo. Otras disposiciones: - El Contrato de Servicio contendrá los términos y condiciones usuales de este tipo de contratos. - Los términos contenidos en el presente anexo son referenciales y las Partes podrán y deberán adecuar el texto final del Contrato de Servicio a las condiciones xx xxxxxxx que permitan lograr el éxito de la Subasta, sin desnaturalizar las disposiciones del Contrato de Concesión ni perjudicar los derechos as las Partes bajo dicho Contrato.