NORMATIVIDAD APLICABLE Cláusulas de Ejemplo

NORMATIVIDAD APLICABLE. El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de México.
NORMATIVIDAD APLICABLE. Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes para XXXXXXXX0 y las demás de rango legal o reglamentario pertinentes.
NORMATIVIDAD APLICABLE. El presente procedimiento de contratación se sujetará a lo establecido en la convocatoria a la Licitación y sus anexos, a las modificaciones provenientes de la(s) junta(s) de aclaraciones, a la LOPSRM y a su REGLAMENTO; así como a la “Ley Federal de Competencia Económica”, “Ley Federal sobre Metrología y Normalización”; “Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental”; “Ley Federal de Derechos”; “Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas” publicado el 09 xx Xxxxxx de 2010, “Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita” publicada el 17 de octubre de 2012; “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado el 28 xx xxxxx de 2011,“Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para regular el uso del programa informático para la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra pública por medios remotos de comunicación electrónica” publicado el 09 de Septiembre de 2009; Criterio de interpretación OP-01/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y Aplicación Total o Proporcional de las Garantías de Cumplimiento de los Contratos Sujetos a la LOPSRM” emitido por la Secretaria de la Función Pública el 09 xx Xxxx de 2011, Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas de AGROASEMEX, vigentes a partir del 24 de febrero del 2016 y demás normatividad aplicable en materia de Obra Pública. Lo no previsto en la presente convocatoria a la licitación, se sujetará a lo expresamente consignado en la LOPSRM, y su REGLAMENTO vigente, así como de manera supletoria en el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y el Código Federal de Procedimientos Civiles, lo anterior de conformidad con el artículo 13 de la LOPSRM.
NORMATIVIDAD APLICABLE. LAS PARTES CONVIENEN EN SOMETERSE PARA TODO LO NO PREVISTO EN ESTE CONTRATO, A LO DISPUESTO POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO A SU REGLAMENTO Y SUPLETORIAMENTE AL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y AL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
NORMATIVIDAD APLICABLE. La normatividad aplicable a este Acuerdo será la de Colombia.
NORMATIVIDAD APLICABLE. El presente contrato se rige por las normas del derecho privado.
NORMATIVIDAD APLICABLE. Se enumera a continuación parte de la normativa técnica aplicable que debe ser tenida en cuenta para la ejecución y desarrollo de cada Proyecto por parte del CONTRATISTA y objeto de seguimiento por parte de la INTERVENTORIA correspondiente:
NORMATIVIDAD APLICABLE. Este Contrato se rige por la ley vigente en la República de Colombia. Este Contrato se rige por la ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 y sus decretos reglamentarios, el Código de Comercio, el Código Civil y demás normas complementarias o concordantes. Para todos los efectos, las Partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
NORMATIVIDAD APLICABLE. El presente contrato se regirá por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias particularmente reguladas por la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. Así mismo queda sometido a la Ley y a la jurisdicción de los tribunales colombianos. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA:
NORMATIVIDAD APLICABLE. A) LEY 80 DE 1993,