Condiciones Generales de Uso Cláusulas de Ejemplo

Condiciones Generales de Uso. Son los términos y condiciones de uso generales de los Servicios de la Empresa El Mercurio S.A.P. y que están contenidos en el sitio web al que se accede a través de la URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx/XXXXX/XxxxxxxXXxxxxxxxxxx.xxxx El Contratante declara conocer y aceptar las Condiciones Generales de Uso, mediante su aceptación al suscribir este Contrato, las que se adjuntan como Anexo B del mismo, y que para todos los efectos legales, se entienden formar parte integrante del mismo.
Condiciones Generales de Uso. El BANCO enviará a EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO las credenciales necesarias para su registro a la Banca por Internet y a las otras solicitudes relacionadas a la plataforma, a los datos de correo electrónico y/o número de celular que tenga registrado en su sistema y que fueron proporcionadas y declaradas previamente por EL CLIENTE, exonerando a el BANCO de cualquier responsabilidad. En consecuencia, EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO asume la responsabilidad por el acceso que terceros diferentes a su persona pudieren tener para acceder a la cuenta de correo electrónico o celular, como consecuencia del uso indebido de sus contraseñas, mala administración de cuenta de correo electrónico o cualquier otra causa. Una vez que EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO se haya registrado exitosamente en la Banca por Internet (cuente con Usuario y Contraseña), podrá acceder a la Banca Móvil. El Servicio prestado por el BANCO en la Banca Móvil, es un servicio que permitirá el acceso y uso por parte de EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO de algunas de las funcionalidades de la Banca por Internet del BANCO. El acceso y uso de la Banca Móvil queda condicionado a que los servicios de la Banca por Internet estén operativos para EL CLIENTE, y a que la identificación de EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO se realice de acuerdo con lo establecido en la Banca por Internet del BANCO. Algunas de estas funcionalidades del Servicio de Banca por Internet podrían no estar totalmente operativas debido a las características de los Dispositivos móviles de los CLIENTES y/o USUARIO AUTORIZADO y/o por decisión unilateral del BANCO. Asimismo, los accesos a Canales Digitales están relacionados al documento oficial de identidad de EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO, por lo que serán únicos para las operaciones que ejecute sobre sus propias cuentas o las cuentas en las que esté autorizado a operar en nombre de alguna Persona Jurídica. Para el registro en la plataforma xx Xxxxxxx Digitales, el CLIENTE deberá haber adquirido cualquiera de los productos del BANCO que le permitan la aplicación de este servicio mediante la utilización de un navegador web que le otorgue entera confiabilidad. EL CLIENTE y/o USUARIO AUTORIZADO deberá contar con un TOKEN FÍSICO o TOKEN DIGITAL o el dispositivo que el BANCO ponga a su disposición, los que generan una clave dinámica (de carácter confidencial, personal e intransferible), que permite autenticar y autorizar las transacciones o configuraciones realizadas por éste a...
Condiciones Generales de Uso. Son los términos y condiciones de uso generales del Servicio que presta Empresa El Mercurio S.A.P. y que están contenidos en el sitio web al que se accede a través de la URL:
Condiciones Generales de Uso. Son los términos y condiciones de uso generales de los Servicios de la Empresa Periodística El Norte S.A y que están contenidos en el sitio web al que se accede a través de la URL: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx El Contratante declara conocer y aceptar las Condiciones Generales de Xxx, mediante su aceptación al suscribir este Contrato, las que se adjuntan como
Condiciones Generales de Uso. El presente documento tiene por objeto establecer las Condiciones Generales de Uso de las aplicaciones móviles titularidad de ECONAT S.A. (en adelante ECONAT) con domicilio en Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx 2352 – Piso 5 – (C1426CPI) Buenos Aires, Argentina. ECONAT se reserva el derecho a modificar las presentes Condiciones de Uso con el objeto de adecuarlas a la legislación vigente aplicable en cada momento. Las presentes Condiciones de Uso no excluyen la posibilidad de que determinados Servicios de las aplicaciones, por sus características particulares, sean sometidos, además de a las Condiciones Generales de Uso, a sus propias condiciones particulares de uso (en adelante las Condiciones Particulares). La Empresa podrá, en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, realizar cambios y actualizaciones de las presentes Condiciones de Uso y de la Política de Privacidad. Estos cambios serán publicados en la Web y en la/s Aplicación/es y serán efectivos desde el momento de su publicación. Como consecuencia de lo anterior, el Usuario deberá revisar periódicamente si hay cambios en estas Condiciones y, tanto si existe consentimiento expreso como si no, si el Usuario continúa usando el Servicio tras la publicación, ello implica la aceptación y xxxxxxxx de los mismos. En caso de que no esté de acuerdo con las actualizaciones de las Condiciones de uso o de la Política de Privacidad, podrá renunciar dejando de usar el Servicio. El acceso y descarga de la aplicación es gratuito salvo en lo relativo al coste de la conexión a través de la red de telecomunicaciones suministrada por el proveedor de acceso contratado por los usuarios. Determinados servicios son exclusivos para nuestros clientes y su acceso se encuentra restringido. La descarga y uso de la aplicación atribuye la condición de usuario de la misma (en adelante, el ‘Usuario') e implica la lectura, entendimiento y aceptación de todos los términos y condiciones recogidas por la presente.
Condiciones Generales de Uso. Las condiciones establecidas en la presente solicitud permiten al Cliente utilizar los servicios y realizar transacciones que el Banco pone a su disposición a través de sus plataformas digitales por medio de dispositivos de autenticación, cuyas instrucciones de uso y seguridad se encuentran en xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. El dispositivo de autenticación podrá ser físico con tecnología óptica o almacenado dentro de una aplicación en el dispositivo móvil del Cliente o vía SMS que servirá para generar claves aleatorias para confirmación de operaciones bancarias o de servicios en sus diversas plataformas y será requerido en transacciones que superen los montos establecidos en la política del Banco BASA S.A. para el uso del servicio en el caso de personas físicas y para la aprobación de todas las transacciones en el de Personas Jurídicas. La solicitud de uso del dispositivo de autenticación, podrá ser aprobado o rechazado de acuerdo a los criterios de admisión del Banco y se constituye como elemento de seguridad adicional al sistema de contraseñas definidas en la cláusula de SERVICIO DE BANCA ELECTRÓNICA del CONTRATO ÚNICO DE SERVICIOS BANCARIOS, del cual el presente documento forma parte integrante.
Condiciones Generales de Uso. 1. Las empresas utilizarán el Espacio Coworking de acuerdo con las condicio nes establecidas en este reglamento y en las correspondientes autorizaciones que s e otorguen.
Condiciones Generales de Uso. El presente documento tiene por objeto establecer las Condiciones Generales de Uso de la aplicación Móvil AES. AES El Xxxxxxxx, de ahora en adelante, se reserva el derecho a modificar las presentes Condiciones de Uso con el objeto de adecuarlas al proceso y la legislación vigente aplicable en cada momento. La descarga y uso de la aplicación se atribuye a la condición que el usuario de la misma (en adelante, el ‘Usuario') e implica la lectura, entendimiento y aceptación de todos los términos y condiciones incluidas en el documento.
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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: