INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente contrato, a través de un tercero contratado por la Universidad, quien se encargará de adelantar el control y seguimiento técnico del mismo. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismo.
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Sources: Construction Contract
INTERVENTORÍA. ✓ La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría supervisión y coordinación del contrato resultante del presente contratoproceso de Invitación Pública, será ejercida por la Subgerencia Administrativa de La ESE Clínica de Maternidad ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇, a través quien deberán entregarse las hojas de un tercero contratado por vida del equipo de trabajo una vez se legalice el contrato y se vaya a impartir la Universidad, quien se encargará orden de adelantar el control y seguimiento técnico inicio del mismo. ✓ El interventor deberá dar supervisor cuenta con amplias facultades para vigilar, supervisar y realizar el seguimiento al cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar hasta su terminación y/o liquidación; igualmente verificará el cumplimiento de los plazos las obligaciones del contratista frente al sistema general de las diferentes actividades a cargo del seguridad social integral y parafiscal. ✓ Mensualmente se realizará una reunión entre el Contratista, así como el interventor del contrato y la vigencia Gerencia, quienes evaluarán los servicios prestados y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a analizarán todo lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo relacionado con la ejecución del Contrato y desarrollo el cumplimiento de las metas. ✓ La interventoría realizará visitas de verificación de cumplimiento de las obligaciones pactadas en contractuales a efectos de observar el contratodesarrollo de los procesos contratados y la producción de cada servicio. ✓ La interventoría podrá solicitar al Contratista, deberá sin excepción, formular todos la exclusión de los reparos miembros que incumplan con las obligaciones contractuales. ✓ Todas las cuentas que presente el Contratista para su pago por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación LA ESE CLÍNICA deberán llevar el visto bueno del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en del subgerente científico; así mismo los informes que presente a la liquidación del mismoESE Clínica.
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Sources: Contract for Services
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá Corresponderá a la interventoría Coordinadora del presente Grupo de Administración de Inmuebles del ICETEX o quién haga sus veces, ejercer el control sobre el estricto cumplimiento de las obligaciones que contrae EL CONTRATISTA, por este contrato, por lo que certificará la prestación del servicio contratado dentro de las condiciones exigidas, solicitará oportunamente las prorrogas, adiciones o modificaciones o de terminación unilateral, anexando todos los soportes que respalden la solicitud, impartirá las ordenes y sugerencias por escrito y formulará las observaciones que estime convenientes sobre el desarrollo del contrato. Igualmente, llevará a través de un tercero contratado por cabo junto con el contratista la Universidad, quien se encargará de adelantar el control y seguimiento técnico gestión relacionada con la liquidación del mismo, solicitando al CONTRATISTA, la documentación requerida para ello o de oficio si a ello hubiere lugar. El interventor Interventor deberá dar verificar el cumplimiento a las obligaciones establecidas del pago de los aportes en los artículos 93 salud y 94 pensión y demás aporte ▇▇ ▇▇▇ por parte del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución Nocontratista. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral PARÁGRAFO. Serán funciones del presente contrato. Las obligaciones adicionales Interventor del interventor serán contrato las siguientes: Deberá impartir instrucciones 1. Supervisar el desarrollo y ejecución del contrato lo que le permitirá acceder en cualquier momento a los documentos e información que soportan la labor del contratista. 2. Exigir al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicasla información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del contrato y para ejercer de manera general el control de la ejecución del contrato. 3. Verificar directamente que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante condiciones de ejecución del contrato según los términos pactados, y tendrá la etapa facultad de construcciónrequerir al contratista para que corrija los incumplimientos en los que incurra o pueda incurrir. 4. Aprobar o desaprobar, en los términos y con los efectos previstos en el contrato los servicios que hayan sido objeto de contratación. 5. Verificar mediante visitas o mediante el examen de los documentos que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contratointerventor del contrato considere pertinentes, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar de ejecución de los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos servicios que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismocontratados.
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Sources: Licitación Pública
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente contratoContrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por LA ENTIDAD CONTRATANTE. La Interventoría tendrá como función realizar la supervisión, a través seguimiento y cumplimiento de un tercero contratado por la Universidad, quien se encargará de adelantar el control y seguimiento técnico del mismo. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos CONTRATISTA consignadas en este Contrato. Vigilar El interventor ejercerá, en nombre de LA ENTIDAD CONTRATANTE, un control integral sobre el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo desarrollo del Contratistapresente Contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria, así como la vigencia adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y el valor ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las garantías otorgadas por esteactividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a fin la ENTIDAD CONTRATANTE en todos los asuntos de orden técnico, jurídico, económico, financiero y presupuestal, que se sujeten susciten durante la ejecución del Contrato hasta su liquidación. Así mismo, el interventor está autorizado para sugerir, proponer y aconsejar al CONTRATISTA la corrección, de los desajustes que pudieren presentarse y los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a lo pactado en el surgir durante la ejecución del contrato. Colaborar con El CONTRATISTA deberá pronunciarse sobre lo sugerido y sustentarlo ante LA ENTIDAD CONTRATANTE. El Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, a cargo de éste. Dicha información deberá sin excepción, formular todos los reparos ser suministrada por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito EL CONTRATISTA dentro de los tres cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia fecha en la que se solicite la información. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para EL CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles para realizar los hechosajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor. EL CONTRATISTA podrá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, en relación con el fin trato y cuidado de iniciar la información suministrada en desarrollo del Contrato. Las funciones del Interventor serán las acciones correspondientesconsignadas en las Reglas de Participación del proceso de contratación de la Interventoría y las demás inherentes a su labor. En general vigilar la gestión Las funciones del contratista hasta la culminación del contrato Interventor serán las consignadas en el Contrato No. de fecha , celebrado con , y participar en la liquidación del mismolas demás inherentes a su labor.
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Sources: Contract
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente contratoContrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por FONDO TIC durante las Fases de Planeación, a través de un tercero contratado por la Universidad, quien se encargará de adelantar el control instalación y seguimiento técnico del mismo. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas puesta en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contratoservicio. Las obligaciones adicionales del interventor serán tareas de interventoría para las siguientes: Deberá impartir instrucciones Fases subsiguientes podrán ser desarrolladas por FONDO TIC mediante supervisión directa a decisión de esta. En todo caso, el Interventor está autorizado para exigir al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar Contratista la información que considere necesaria para verificar el contratista cumpla con cumplimiento de las obligaciones a su cargo durante de éste. Dicha información deberá ser suministrada por el Contratista dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado fecha en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos solicite la información por el medio más ágil; siendo necesario el que se presenten en lleve y presente el Proyectoregistro magnético y físico, que no hayan sido advertidos sobre el control de comunicaciones y correspondencia del proyecto Las observaciones e instrucciones comunicadas por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho Interventor al Contratista constarán por escrito y se referirán al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para el CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días calendario para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del INTERVENTOR o quien haga sus veces. El CONTRATISTA deberá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisortrato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en La labor de la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro Interventoría estará enfocada a la vigilancia y control de los tres días hábiles siguientes aspectos técnicos, financieros y legales, como se describe a continuación:
1. Aspectos Técnicos : son los relacionados con la ocurrencia planeación de los hechoslas actividades a desarrollar en cada una de las Fases de Planeación e instalación y puesta en servicio, al ordenador el Informe Detallado de Ingeniería y Operación y demás informes del gastonumeral 5.1 del Anexo Técnico, contratista y supervisor, con el fin la verificación de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismo.especificaciones ,
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Sources: Contract of Contribution
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente contratoContrato será adelantada por un interventor designado para tal fin por FONDO TIC durante las Fases de Planeación, a través de un tercero contratado por la Universidadinstalación, quien se encargará de adelantar el control puesta en servicio y seguimiento técnico del mismo. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contratooperación. Las obligaciones adicionales del interventor serán tareas de interventoría para las siguientes: Deberá impartir instrucciones Fases subsiguientes podrán ser desarrolladas por FONDO TIC mediante supervisión directa a decisión de esta. En todo caso, el Interventor está autorizado para exigir al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar Contratista la información que considere necesaria para verificar el contratista cumpla con cumplimiento de las obligaciones a su cargo durante de éste. Dicha información deberá ser suministrada por el Contratista dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado fecha en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos solicite la información por el medio más ágil; siendo necesario el que se presenten en lleve y presente el Proyectoregistro magnético y físico, que no hayan sido advertidos sobre el control de comunicaciones y correspondencia del proyecto Las observaciones e instrucciones comunicadas por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho Interventor al Contratista constarán por escrito y se referirán al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas del contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para el CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días calendario para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del INTERVENTOR o quien haga sus veces. El CONTRATISTA deberá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. La labor de la Interventoría estará enfocada a la vigilancia y control de los aspectos técnicos, financieros y legales, como se describe a continuación:
a) Aspectos Técnicos: son los relacionados con la planeación y ejecución de las actividades a desarrollar en fases de Planeación, Instalación y Puesta en Servicio y Operación, los Informes a los que hace referencia el numeral 6 del anexo técnico, la verificación de los indicadores de calidad y niveles de servicio, y demás requisitos técnicos exigidos en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación presente documento para el desarrollo del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisorproyecto, con el fin de iniciar verificar el cumplimiento de las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar exigencias técnicas establecidas en la liquidación del mismoel Anexo Técnico.
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Sources: Contract of Contribution
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá interventoría es la encargada de vigilar las condiciones, derechos y obligaciones contraídas por las partes dentro del contrato de concesión No. 001 de 1999, vigilando que se cumplan estrictamente para el buen desarrollo del objeto contractual. Con este fin se suscribió el contrato de consultoría No.002 de1999 con el Ingeniero Electricista ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, con el objeto de realizar la interventoría técnica y administrativa de la concesión del presente servicio de alumbrado público, por un valor del 2% de los ingresos mensuales, como lo expresa la cláusula cuarta de este mismo contrato; por un plazo de 30 años, tiempo restante de la culminación del contrato de concesión 001 de 1999 cláusula sexta. Dentro del contrato de interventoría se pactaron las siguientes obligaciones: Exigir el cumplimiento de las obligaciones pactadas dentro del contrato de concesión 001 de 1999, colaborando al concesionario con la resolución de consultas de opinión técnica. En este aspecto el interventor presenta mediante informe escrito a través la Secretaria de un tercero contratado Desarrollo Municipal, las actividades que el concesionario está comprometido a desarrollar para el mantenimiento, la resolución de solicitudes, el peritaje calidad del servicio, actividades de expansión, recaudo, e inversión hecha durante la vigencia. La interventoría técnica la cual comprende, el cumplimiento del contrato teniendo en cuenta las especificaciones técnicas que correspondan a materiales, equipos y elementos que quiera adquirir el concesionario. Dentro de los informes presentados por el interventor se muestra en el anexo 4 que la Universidadcalidad de los materiales adquiridos para el mantenimiento y expansión son coordinados con la interventoría. Interventoría administrativa, quien se encargará revisar las inversiones hechas por el concesionario las cuales deben ser destinadas para el cumplimiento del contrato de adelantar el control manera eficiente y seguimiento técnico del mismoeconómica. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas concesionario en los artículos 93 y 94 del Manual de Convenios y Contratos compañía de la UNIVERSIDADinterventoría realiza conciliaciones mensuales en las cuales se especifican los ingresos y egresos mensuales, adoptado mediante Resolución Noademás el interventor especifica dentro de este mismo informe cada uno de los soportes de ingresos y egresos correspondientes. 1551 Funciones legales, el interventor debe revisar que el contrato de concesión se desarrolle con las condiciones legales. Teniendo en cuente que la principal fuente de información para la verificación de las funciones del interventor son los informes rendidos por el mismo a la Alcaldía, se encuentran falencias dentro de los registros pues algunas actividades realizadas por el interventor no se encuentran documentadas. Con en fin de verificar los pagos realizados al interventor, en concordancia con lo pactado se tiene: Según los reportes enviados por el concesionario y la interventoría, los pagos realizados por concepto de interventoría para la vigencia 2014, y en las demás obligaciones corresponden mensualmente al 2.32% del valor del recaudo, porcentaje que se estipulen en al compararse con el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado pactado en el contrato, su apéndice técnico que es del 2%, genera al parecer un valor pagado demás, tal y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, como se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo ilustra en el caso siguiente cuadro: MES FLUJO MES CAJA 2.32% 2% NOVIEMBRE 2014 ENERO 2015 $ 13,549,483.00 $ 11,680,589.00 DICIEMBRE 2014 FEBRERO 2015 $ 12,388,290.00 $ 10,679,860.62 ENERO 2015 MARZO 2015 $ 12,292,158.00 $ 10,596,688.24 FEBRERO 2015 ABRIL 2015 $ 13,562,241.00 $ 11,691,587.20 MARZO 2015 MAYO 2015 $ 12,270,914.00 $ 10,578,374.00 ABRIL 2015 JUNIO 2015 $ 13,048,697.00 $ 11,248,876.56 ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ $ 14,330,629.00 $ 12,353,990.80 JUNIO 2015 AGOSTO 2015 $ 13,414,442.00 $ 11,564,174.12 ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ $ 13,227,117.00 $ 11,402,687.34 AGOSTO ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ $ 13,419,370.00 $ 11,568,422.08 SEPTIEMBRE 2015 NOVIEMBRE 2015 $ 15,888,317.00 $ 13,696,825.34 OCTUBRE 2015 DICIEMBRE 2015 $ 16,062,168.00 $ 13,846,696.50 DIFERENCIA TOTAL $ 163,453,826.02 $ 140,908,771.82 $ 22,545,054.20 Según cálculo de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para Contraloría Municipal el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas pago a que haya lugar, siempre que la interventoría durante la vigencia 2015 se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos realizó mensualmente por el contratista y que estén incluidos en el objeto 2.32% del valor del recaudo del impuesto de este contratoalumbrado público, comunicándose tal hecho por escrito incumpliendo al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de esteparecer, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con contrato de interventoría 002 de 1999 cláusula cuarta “el contratista en valor del presente contrato se cancela al interventor directamente por parte de la búsqueda fiduciaria designado por el concesionario para la administración de los medios recursos que permitan obtener se recaudan por concepto de impuesto de alumbrado público, y su valor mensual será el resultado equivalente al 2% del presente Contrato dentro del menor plazo posiblemonto total recaudado por este concepto. Para dicha cancelación el interventor debe presentar ante la alcaldía la cuenta de cobro mensual a efecto de ser visado o autorizado por el municipio antes de ser radicado ante la fiduciaria”. En caso de consecuencia al pagar el 2.32% sobre el valor del recaudo, y no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas en el 2% como lo indica el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos evidencia un presunto detrimento patrimonial en la ejecución suma de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos$22.545.054.20 Observación con alcance administrativo, al ordenador del gasto, contratista disciplinario y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismofiscal.
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Sources: Contrato De Concesión
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá El seguimiento sobre el cumplimiento del Contrato, será realizado una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la interventoría Entidad Estatal. El ejercicio de la Interventoría se extiende hasta la liquidación del presente contrato, puesto que comprende el trámite y revisión pertinente a través pago que se adeude, informes a los órganos de control, y demás de la etapa post-contractual. El Interventor no podrá exonerar al contratista de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales. Tampoco podrá́ sin autorización escrita previa de la Entidad Contratante, ordenar trabajo alguno que traiga consigo aumento en el plazo o en el valor del Contrato, lo que conlleva previo a su ejecución, la existencia de un tercero contratado por contrato modificatorio o adicional al inicialmente suscrito, con el lleno de los requisitos de perfeccionamiento y legalización. El Interventor ejercerá́ un control integral sobre el Contrato, para lo cual podrá́, en cualquier momento exigir al Contratista la Universidadinformación que considere necesaria, quien se encargará así́ como adopción de adelantar las medidas para mantener, durante el control desarrollo y seguimiento técnico ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El interventor deberá dar Dentro de las funciones del Interventor se encuentran:
1. Velar por el cabal cumplimiento del objeto del Contrato.
2. Facilitar los medios necesarios para el buen desarrollo del Contrato.
3. Dar el visto bueno a las obligaciones establecidas en los artículos 93 y 94 informes que sobre que sobre la ejecución del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución Nomismo presente el contratista.
4. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones Requerir al contratista sobre aspectos regulados el cumplimiento y obligaciones en los términos estipulados en el contrato, en la convocatoria y en su propuesta.
5. En caso que se presenten situaciones en que se requieran conceptos jurídicos especializados, de los cuales no tenga el suficiente conocimiento, así́ lo hará́ saber a la Secretaría Jurídica de la Gobernación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, con miras a lograr la mejor decisión para las especificaciones Técnicaspartes.
6. Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en desarrollo del Contrato, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual.
7. Proyectar y tramitar el acta de recibo a satisfacción del contrato.
8. Revisar y aprobar las facturas que presente el Contratista de acuerdo con lo estipulado en el Contrato.
9. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado obligación establecida en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente contrato en cuanto a calidad su obligación de las mismasafiliación al Sistema de Seguridad Social integral previsto en la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen.
10. Las demás que se deriven de la naturaleza del Contrato e inherentes al cumplimiento de su objeto como son entre otras, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad suscripción del acta de las obras efectivamente realizadas y exigir la correccióninicio, el remplazo en el caso acta de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias para el cumplimiento del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contratorecibo a satisfacción, el Acta acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar las acciones correspondientes. En general vigilar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismoliquidación.
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Sources: Contract for Public Works
INTERVENTORÍA. La UNIVERSIDAD ejercerá la interventoría del presente contratoContrato será adelantada por un Interventor designado para tal fin por el FONDO TIC durante las Fases de Planeación, instalación, puesta en servicio y operación. Las tareas de interventoría para las Fases subsiguientes podrán ser desarrolladas por el FONDO TIC mediante supervisión directa a través decisión de un tercero contratado esta. En todo caso, el Interventor está autorizado para exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de éste. Dicha información deberá ser suministrada por el CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días hábiles, siguientes a la Universidadfecha en la que se solicite la información por el medio más ágil; siendo necesario el que se lleve y presente el registro magnético y físico, quien se encargará de adelantar sobre el control de comunicaciones y correspondencia del proyecto. El CONTRATISTA deberá permitir al Interventor la inspección y realización de pruebas sobre la infraestructura requerida para la prestación de los servicios contratados, así como el acceso a toda la información y/o mediciones que generen los mismos y que guarde relación con los servicios prestados en el marco del presente Contrato. Las observaciones e instrucciones comunicadas por el Interventor al CONTRATISTA constarán por escrito y se referirán al cumplimiento de las obligaciones del Contrato. Estas observaciones y recomendaciones son de obligatorio cumplimiento para el CONTRATISTA, el cual cuenta con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para realizar los ajustes que se deriven de las observaciones y recomendaciones del Interventor o quien haga sus veces. El CONTRATISTA deberá celebrar acuerdos de confidencialidad con la Interventoría, en relación con el trato y cuidado de la información suministrada en desarrollo del Contrato. La labor de la Interventoría estará enfocada a la vigilancia y seguimiento técnico de los aspectos técnicos, jurídicos, financieros, contables, administrativos, ambientales y sociales, para el adecuado desarrollo de los Contratos suscritos con el CONTRATISTA, además del seguimiento al impacto social del mismo. El interventor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas La Interventoría estará enfocada en los artículos 93 siguientes aspectos, como se describe a continuación:
a) Aspectos Técnicos: son entre otros, los relacionados con las actividades que se desarrollan en las fases de Planeación, Instalación y 94 del Manual Puesta en Servicio y Operación, la verificación de Convenios los indicadores de calidad y Contratos niveles de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución No. 1551 de 2014servicio, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato. Las obligaciones adicionales del interventor serán las siguientes: Deberá impartir instrucciones al contratista sobre aspectos regulados en las especificaciones Técnicas. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a su cargo durante la etapa de construcción. Verificar que las obras de construcción cumplan con lo señalado en el contrato, su apéndice técnico y los diseños, especialmente en cuanto a calidad de las mismas, se refieren. Revisar y certificar la calidad y cantidad de las obras efectivamente realizadas y exigir la corrección, el remplazo en el caso de que no cumplan con las obligaciones determinadas por la autoridad competente en las licencias otorgadas, necesarias requisitos técnicos exigidos para el cumplimiento desarrollo del presente contrato. Suscribir conjuntamente con el contratista el Acta de Inicio del contrato, el Acta de Recibo Final de Obras y el Acta de Liquidación del contrato, y las demás actas a que haya lugar, siempre que se cumpla con las condiciones previstas en este contrato. Identificar los daños, afectaciones y demás perjuicios directos e indirectos que se presenten en el Proyecto, que no hayan sido advertidos por el contratista y que estén incluidos en el objeto de este contrato, comunicándose tal hecho por escrito al contratista y verificar que el tiempo de respuesta de este, para atender y ejecutar labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en este Contrato. Vigilar el cumplimiento de los plazos de las diferentes actividades a cargo del Contratista, así como la vigencia y el valor de las garantías otorgadas por este, a fin de que se sujeten a lo pactado en el contrato. Colaborar con el contratista en la búsqueda de los medios que permitan obtener el resultado del presente Contrato dentro del menor plazo posible. En caso de no estar de acuerdo con la ejecución y desarrollo de las obligaciones pactadas en el contrato, deberá sin excepción, formular todos los reparos por escrito al contratista con copia al supervisor. Cuando se presenten graves irregularidades e incumplimientos en la ejecución de un contrato que amenace su paralización es obligación del interventor informar por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, al ordenador del gasto, contratista y supervisor, con el fin de iniciar verificar el cumplimiento de las acciones correspondientesexigencias técnicas. En general vigilar También incluye todos los conceptos y recomendaciones que requiera y solicite el FONDO TIC, para garantizar la gestión del contratista hasta la culminación del contrato y participar en la liquidación del mismocorrecta ejecución de los Contratos objeto de Interventoría.
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Sources: Contract of Contribution