INSPECCIÓN VEHICULAR Cláusulas de Ejemplo

INSPECCIÓN VEHICULAR. La Institución tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar o verificar la existencia y estado físico del Vehículo Asegurado a cualquier hora hábil y por medio de personas debidamente autorizadas por la misma. Si el Contratante o Asegurado impide u obstaculiza la inspección referida, la Institución se reserva el derecho de rescindir el contrato.
INSPECCIÓN VEHICULAR. Zurich podrá en cualquier momento inspeccionar o verificar la existencia y estado físico del vehículo asegurado, a cualquier hora hábil (convenido previamente con el Asegurado) y por medio de personas debidamente autorizadas por Zurich; si el Contratante o Titular de la Póliza impide u obstaculiza la inspección referida, Zurich se reserva el derecho de dar por terminado el contrato.
INSPECCIÓN VEHICULAR.  Cada día que se vayan a llevar a cabo inspecciones vehiculares, los responsables de los inmuebles en que se vayan a llevar a cabo dichas inspecciones, consultarán en el sistema la información relativa a los vehículos que deban inspeccionarse en dicho día, la cual, entre otros, incluirá: la marca de la unidad, el tipo, subtipo, el número de plazas y las placas de la unidad; se imprimirán las hojas que apliquen y se transportarán a los inmuebles referidos.  En el día correspondiente, media hora antes de su respectiva hora de cita, los solicitantes acudirán al inmueble que corresponda para esperar su turno para la inspección vehicular aplicable, con el recibo que les haya sido entregado en su cita para la entrega de la documentación aplicable.  Una persona se acercará a los vehículos que lleguen a los inmuebles en que se vayan a llevar las inspecciones vehiculares, para revisar los recibos correspondientes, la identificación y personalidad de quienes estén compareciendo a la inspección, y asignarles, cuando tengan personalidad, el lugar señalizado donde deberá esperarse el turno en cuestión. Dichos inmuebles contarán con especio suficiente para los vehículos en espera de media hora para su respectiva inspección. El espacio que debe mediar entre los vehículos que se ubiquen en dichos inmuebles debe ser de dos metros en cualquier dirección.  Durante las inspecciones, los inspectores tomarán las fotografías digitales necesarias para la identificación de los vehículos (entre otras: desde el exterior, una al frente de la unidad de transporte con una inclinación que permita abarcar el costado derecho; una a la parte trasera de la unidad con una inclinación que permita abarcar el costado izquierdo de la unidad; del interior una del frente con mira a lo largo del pasillo hacia la parte trasera; una de la parte trasera a lo largo del pasillo con mira hacia la parte delantera de la unidad), y validarán la información contenida en las impresiones correspondientes físicamente revisando lo que proceda, pidiendo a los conductores de los vehículos que realicen las maniobras necesarias. Como parte de la validación, los inspectores procurarán tomar una impresión con cinta auto adherible de los números de motor y números de chasis; en caso de que los números no sean legibles por causa de grasa o algún otro material que obstaculice la toma de impresión, se limpiarán las zonas con desengrasantes químicos o en su caso, con agua a alta presión. (En caso que haya sido necesari...
INSPECCIÓN VEHICULAR. La Compañía tendrá en todo momento, durante la vigencia de la Póliza, el derecho a solicitar información y fotografías del Vehículo Asegurado, así como inspeccionar y verificar la existencia y estado físico del Vehículo Asegurado a cualquier día y hora hábil por medio de plataformas digitales o personas debidamente autorizadas por la Compañía. Lo anterior con la finalidad de comprobar que el riesgo subsiste en las mismas condiciones que prevalecían al momento de la celebración del Contrato. Si el contratante o Asegurado no cumpliera con la solicitud mencionada en el párrafo anterior, la Compañía, en caso de siniestro, cobrará 10 puntos porcentuales de deducible adicionales al contratado y descrito en la Póliza para las coberturas de Daños Materiales y Robo Total. Si de la inspección o verificación del vehículo la Compañía detecta daños preexistentes en el Vehículo Asegurado, éstos quedarán excluidos al momento de la indemnización en caso de siniestro. Cuando la contratación del seguro sea realizada vía telefónica, Internet o mediante cualquier otro medio electrónico, la Compañía se obliga a entregar la documentación contractual consistente en la póliza, certificado individual cuando proceda, así como cualquier otro documento que contenga los derechos u obligaciones de las partes derivados del contrato celebrado bajo las siguientes bases:
INSPECCIÓN VEHICULAR. C G CONDICIONES GENERALES
INSPECCIÓN VEHICULAR. Durante los primeros 30 días de vigencia de la póliza, la Compañía de común acuerdo con el Asegurado, podrá inspeccionar o verificar la exis- tencia, estado físico y legalidad del Vehículo Ase- gurado. Lo anterior, con la finalidad de comprobar que la exposición al riesgo al momento de la ce- lebración del Contrato corresponda a lo declarado por el Asegurado. Si de la inspección o verificación del vehículo la Compañía detecta daños preexistentes en el Ve- hículo Asegurado, éstos quedarán excluidos al momento de la indemnización en caso de sinies- tro.
INSPECCIÓN VEHICULAR. La Institución tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar o verificar la existencia y estado físico del vehículo asegurado a cualquier hora hábil y por medio de personas debidamente autorizadas por la misma. Si el Contratante o Asegurado, impide u obstaculiza la inspección referida, la Institución se reserva el derecho de rescindir el contrato.
INSPECCIÓN VEHICULAR. Durante los primeros 30 días de vigencia de la póliza, la Compañía de común acuerdo con el Asegurado, podrá inspeccionar o verificar la existencia, estado físico y legalidad del Vehículo Asegurado. Lo anterior, con la finalidad de comprobar que la exposición al riesgo al momento de la celebración del Contrato corresponda a lo declarado por el Asegurado. Posterior a la inspección, la Compañía extenderá al Asegurado un certificado con el Valor Acordado del Vehículo para fines de indemnización en caso de pérdidas totales. Si de la inspección o verificación del vehículo la Compañía detecta daños preexistentes en el Vehículo Asegurado, éstos quedarán excluidos al momento de la indemnización en caso de siniestro. Esta cláusula aplica solamente para D.F. y Área metropolitana, Guadalajara y Monterrey.
INSPECCIÓN VEHICULAR p) Modificaciones
INSPECCIÓN VEHICULAR. La Compañía, podrá inspeccionar o verificar la existencia, estado físico y legalidad del Vehículo Asegurado a cualquier día y hora hábil por medio de personas debidamente autorizadas durante la vigencia de la póliza, en cuyo caso la Compañía entregará un certificado en el que se establezca el estado del vehículo asegurado el momento de la inspección. Lo anterior, con la finalidad de comprobar que la exposición al riesgo al momento de la celebración del Contrato corresponda a lo declarado por el Asegurado. Posterior a la inspección, la Compañía extenderá al Asegurado un certificado. Si de la inspección o verificación del vehículo la Compañía detecta daños preexistentes en el Vehículo Asegurado, éstos quedarán excluidos al momento de la indemnización en caso de siniestro. Cuando la contratación del seguro sea realizada vía telefónica, Internet o mediante cualquier otro medio electrónico, la Compañía se obliga a entregar la documentación contractual consistente en la Póliza, certificado individual cuando proceda, así como cualquier otro documento que contenga los derechos u obligaciones de las partes derivados del Contrato celebrado bajo las siguientes bases: