Igualdad de trato y de oportunidades Cláusulas de Ejemplo

Igualdad de trato y de oportunidades. La igualdad entre los sexos es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales. El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEMH) dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres removiendo los obstáculos que impiden conseguirla. La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres es una prioridad en el Plan Estratégico de la empresa, considerándose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gestión de los recursos humanos de la misma. El compromiso de la Dirección junto con la implicación de la plantilla servirá para conseguir que el Plan de Igualdad sea un instrumento efectivo de mejora del clima laboral, mejora de la calidad de vida de toda su plantilla, hombres y mujeres. La empresa se compromete a la consecución de la igualdad real efectiva (de trato y de oportunidades) de mujeres y hombres en el acceso a la empresa, la contratación y las condiciones de trabajo, la promoción, la formación, la retribución, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la salud laboral, etc. garantizando los recursos humanos y materiales que sean necesarios para su debida implantación, seguimiento y evaluación. Director Gerente 1 2.030,10 Director Medico. 1 1.662,08 Director Administrativo. 1 1.662,08 Director Gestión, Director Relaciones Institucionales 1 1.662,08 Médico Jefe de Servicios 1 1.521,86 Medico 3 1.383,51 Farmacéutico, Odontólogo. 3 1.383,51 Subdirectora enfermería. 3 1.383,51 Jefe de Enfermería 3 1.200,481 D.U.E., A.T.S, Matrona 3 1.043,51 Fisioterapeuta, Trabajador Social, Publicista, Publicista Informático, Trabajadora Social, Terapeuta Ocupacional 3 1.018,50 Técnico Especialista Sanitario 4 926,95 Auxiliar de Clínica / Gerocultor 4 887,00 Celador, Cuidador Psiquiátrico, Técnico Animador Sociocultural 4 887,00 Administrador 5 1.018,50 Jefe de Sección, Subdirector de Relaciones Institucionales 5 926,95 Contable, Programador, Oficial, Administrativo, Informático, Comercial. 5 926,95 Auxiliar Administrativo, Operador 5 887,00 Recepcionista, Telefonista 5 887,00 Aspirante Administrativo. 5 655,20 Personal Subalterno. Ordenanza 6 887,00 Vigilante Nocturno 6 887,00 Técnico de Prevención Superior 2 1.018,50 Técnico de Prevención Intermedio 2 926,95 Técnico de Prevención Básico 2 887,00 Gobernanta 7 1.018,50 Jefe de Coc...
Igualdad de trato y de oportunidades cve: BOE-A-2019-3546 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Igualdad de trato y de oportunidades. Art. 42.º La igualdad entre los sexos es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales.
Igualdad de trato y de oportunidades. Art. 32º. La igualdad entre los sexos es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales. El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEMH) dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres removiendo los obstáculos que impiden conseguirla. El Plan de Igualdad entre mujeres y hombres por Anitín y la representación legal de los trabajadores/as tienen como fin dar cumplimiento a dicha Ley. La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres es una prioridad en el Plan Estratégico de la empresa, considerándose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gestión de los recursos humanos de la • separación preventiva de la persona denunciante de acoso sexual y acoso por razón de sexo y el presunto acosador/a procediendo a cambios de turnos, horarios, jornadas o centro de trabajo si fuera posible, y fueran acordadas con respeto a la normativa laboral vigente. • la activación inmediata del protocolo previsto en la empresa para el tratamiento de las denuncias presentadas por los trabajadores respecto de las conductas que pudieran ser consideradas acoso sexual y acoso por razón de sexo.
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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.