Common use of HABEAS DATA Clause in Contracts

HABEAS DATA. En caso que para la debida ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

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Samples: etb.com, etb.com, etb.com

HABEAS DATA. En caso que Cuando para la debida ejecución del contrato contrato, el contratista Contratista deba acceder, consultar, almacenar consultar y/o administrar bases de datos en calidad de ETB que contengan información personal Encargado del tratamiento de datos personales a nombre de ETB, quien es Responsable del tratamiento de datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o contratistas, accionistas, entre otrosciudadanía en general o aquellas bases de datos personales que lleguen a surgir, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista Contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo a sus trabajadores sobre los principios de administración de datos de tercerosterceros y de tratamiento de datos personales, tales como: veracidadlegalidad en materia de tratamiento de datos, veracidad o calidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, la Resolución CRC 5111 de 2017, la ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, 2013 y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de El Contratista acepta adherirse a la política Política de seguridad que tiene Tratamiento de Datos Personales adoptada en ETB para el manejo de su la información y la de manejo de personal que gestiona, incluyendo los datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir a instruir al su personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web WEB de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuenciaPara lo anterior el Contratista, el contratista debe entender y aceptar designar a una persona o área que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con asuma la protección de datos personales personales, adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley 1581 de 2012, realizar el Tratamiento de Datos Personales de acuerdo con la finalidad que los Titulares hayan autorizado y con las leyes aplicables, garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data, conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento, informar cuando se encuentran consagradas presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la resolución 5111 administración de 2017la información de los Titulares y cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad nacional de Datos Personales. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de la Política de Tratamiento de Datos Personales de ETB. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que le asiste al contratista de responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión del incumplimiento de esta política. Si con ocasión del objeto contractual, ETB debe entregar Bases de Datos Personales al Contratista para que éste realice actividades que no están en el marco de la relación contractual que estas personas tienen con ETB, el Contratista podrá ejecutar esas actividades hasta máximo quince (15) días hábiles después de la fecha de entrega de cada base de datos. Lo anterior con el fin de garantizar que los Datos Personales sean tratados sólo cuando cuentan con autorización de los Titulares. De la misma forma, si dentro de la ejecución del contrato se requiere realizar una transmisión internacional de datos personales, el contratista acepta dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia de protección de datos sobre “transferencia y transmisión internacional de datos personales”, previstas en los artículos 24 y 25 del Decreto 1377 de 2013 y demás normas vigentes aplicables, especialmente el contratista se obliga a dar aplicación a las disposiciones derivadas de la Política de Tratamiento de Datos de ETB y a realizar el Tratamiento de datos de acuerdo con la finalidad que los Titulares hayan autorizado y con las modifiquenleyes aplicables. Además de las obligaciones que impongan las normas aplicables dentro del contrato que se entienden incorporadas al mismo, adicionen o sustituyan.el contratista acepta:

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Samples: etb.com, etb.com, etb.com

HABEAS DATA. En caso Las Partes o el representante de Las Partes (si es persona jurídica), en calidad de titular de información, actuando libre y voluntariamente, autoriza de manera previa y expresa al GEB para que para directamente o a través de terceros realice el tratamiento a su información personal, tratamiento que consiste en recolectar, almacenar, usar, circular, registrar, administrar, procesar, evaluar, confirmar, suprimir y actualizar la debida información de carácter personal que ha suministrado, o que sobre el titular se recoja con ocasión o como consecuencia de la ejecución del contrato CONVENIO. Igualmente, garantiza que cualquier información personal que sea suministrada a GEB cumple con los requisitos establecidos en la Ley 1581 de 2012 y cuenta con autorización previa, consentida y susceptible de posterior consulta. Lo anterior con el contratista deba accederfin de: (i) Desarrollar el objeto del CONVENIO, consultar(ii) Remitir publicidad y publicaciones relacionadas con las actividades que desarrolla GEB, almacenar y/(iii) Facilitar el ejercicio de supervisión o administrar bases interventoría a la ejecución del CONVENIO, (iv) Así mismo, autorizo que la información sea tratada para realizar estudios xx xxxxxxx, estadísticas y encuestas, enmarcadas dentro del objeto social de GEB. Declaro que he sido informado por GEB de manera previa a la suscripción del presente documento de lo siguiente: (i) Del tratamiento que recibirá la información personal, y la finalidad del mismo, (ii) De la facultad que tengo de abstenerme de responder preguntas relacionadas con datos de ETB información sensible, (iii) La dirección física o electrónica de GEB y su teléfono, (iv) Que puedo consultar las políticas para el manejo de la información personal a través de la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx- personales, en la cual también puedo consultar el procedimiento para elevar cualquier solicitud, petición, queja o reclamo, y los derechos que contengan me asisten como titular de la información, (v) De la finalidad del tratamiento, (vi) Los derechos que me asisten como titular de la información. La información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas Las Partes será objeto de tratamiento por GEB o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos el tercero que ésta escoja para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para y permanecerá en la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración respectiva base de datos en tanto GEB realice contratación de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso bienes y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyanservicios.

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Samples: Convenio No., Convenio No

HABEAS DATA. En caso que Cuando para la debida ejecución del contrato contrato, el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 3066 de 2017, 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 Ley 1266 de 20172008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 3066 de 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

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Samples: etb.com

HABEAS DATA. En caso el evento que con ocasión de la ejecución del presente Contrato el CONTRATISTA deba recoger información que tenga la condición de “datos personales” y esta sea entregada a FIDUCOLDEX en calidad de soporte o entregable del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales, en especial la Ley 1581 de 2012 y demás normas que la regulen, adicionen o complementen. Para este efecto, previa información o notificación al titular de la información sobre las finalidades para la debida cual se recoge la información, el CONTRATISTA debe obtener las autorizaciones para el tratamiento de los datos que sean o vayan a ser entregados a FIDUCOLDEX con ocasión de la ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o presente contrato. Estas autorizaciones deberán ser previamente otorgadas por escrito por los titulares de la información en caso de que haya lugar a administrar bases de datos por parte de ETB FIDUCOLDEX y registrarlas bajo su cuenta y riesgo, conforme a las obligaciones que contengan le atañen al responsable del Tratamiento1 de los datos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y disposiciones legales vigentes aplicables. En todo caso, de no ser necesaria la recopilación de información de carácter personal, se recomienda abstenerse de recabarla y en caso de que sea pertinente su recolección, al momento de informar a los titulares de la misma las finalidades para la cual se recolecta, deberá incluirse si fuere del caso, que la misma se entregará a FIDUCOLDEX con ocasión del presente contrato. En este sentido, en el documento de autorización otorgado a EL CONTRATISTA deberá incluirse expresamente que el titular autoriza la entrega a FIDUCOLDEX en calidad de Responsable Tratamiento para que procese, recolecte, almacene, use, actualice, transmita, ponga en circulación y en general, aplique cualquier tipo de tratamiento a la información a la que tenga acceso, de conformidad con las normas de protección de datos vigente en Colombia. EL CONTRATISTA como encargado del tratamiento, tratará por cuenta de FIDUCOLDEX, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del presente contrato, independientemente . • Cumplirá la Política de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración Protección de datos de tercerosFIDUCOLDEX, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada publicada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuenciaxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxx- personales • Garantizará al Titular, en todo tiempo, el contratista debe entender pleno y aceptar que a partir efectivo ejercicio del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales derecho de sus clienteshábeas data. • Conservará la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, proveedorespérdida, trabajadoresconsulta, contratistas uso o accionistasacceso no autorizado o fraudulento. • Realizará oportunamente la actualización, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso rectificación o supresión de los datos para las finalidades establecidas al momento en los términos de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyanmencionada ley.

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Samples: www.fiducoldex.com.co

HABEAS DATA. En caso que Cuando para la debida ejecución del contrato contrato, el contratista Contratista deba acceder, consultar, almacenar consultar y/o administrar bases de datos en calidad de Encargado del tratamiento de datos personales a nombre de ETB que contengan información personal quien es Responsable del tratamiento de datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o contratistas, accionistas, entre otrosciudadanía en general o aquellas bases de datos personales que lleguen a surgir, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista Contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo a sus trabajadores sobre los principios de administración de datos de tercerosterceros y de tratamiento de datos personales, tales como: veracidadlegalidad en materia de tratamiento de datos, veracidad o calidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, la Resolución CRC 5111 de 2017, la ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, 2013 y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de El Contratista acepta adherirse a la política Política de seguridad que tiene Tratamiento de Datos Personales adoptada en ETB para el manejo de su la información y la de manejo de personal que gestiona, incluyendo los datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir a instruir al su personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web WEB de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuenciaPara lo anterior el Contratista, el contratista debe entender y aceptar designar a una persona o área que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con asuma la protección de datos personales personales, adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley 1581 de 2012, realizar el Tratamiento de Datos Personales de acuerdo con la finalidad que los Titulares hayan autorizado y con las leyes aplicables, garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data, conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento, informar cuando se encuentran consagradas presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la resolución 5111 administración de 2017la información de los Titulares y cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad nacional de Datos Personales. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de la Política de Tratamiento de Datos Personales de ETB. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que le asiste al contratista de responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión del incumplimiento de esta política. Si con ocasión del objeto contractual, ETB debe entregar Bases de Datos Personales al Contratista para que éste realice actividades que no están en el marco de la relación contractual que estas personas tienen con ETB, el Contratista podrá ejecutar esas actividades hasta máximo quince (15) días hábiles después de la fecha de entrega de cada base de datos. Lo anterior con el fin de garantizar que los Datos Personales sean tratados sólo cuando cuentan con autorización de los Titulares. De la misma forma, si dentro de la ejecución del contrato se requiere realizar una transmisión internacional de datos personales, el contratista acepta dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia de protección de datos sobre “transferencia y transmisión internacional de datos personales”, previstas en los artículos 24 y 25 del Decreto 1377 de 2013 y demás normas vigentes aplicables, especialmente el contratista se obliga a dar aplicación a las disposiciones derivadas de la Política de Tratamiento de Datos de ETB y a realizar el Tratamiento de datos de acuerdo con la finalidad que los Titulares hayan autorizado y con las modifiquenleyes aplicables. Además de las obligaciones que impongan las normas aplicables dentro del contrato que se entienden incorporadas al mismo, adicionen o sustituyan.el contratista acepta:

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Samples: etb.com

HABEAS DATA. En caso que para la debida ejecución del contrato el contratista deba accederevento que, consultar, almacenar y/o administrar bases con ocasión de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente sea necesario recoger información de terceros que tenga la forma condición de vinculación “datos personales” y esta sea entregada a COLOMBIA PRODUCTIVA en calidad de soporte o entregable del mismo sobre los principios contrato, el CONSULTOR se obliga a garantizar el cumplimiento de administración las normas vigentes en materia de protección de datos de tercerospersonales, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en especial la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, 2012 y demás normas que las modifiquenla regulen, adicionen o sustituyancomplementen. Para los mismos efectoseste efecto, con la presentación previa información o notificación al titular de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB información sobre las finalidades para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga recoge la información, el CONSULTOR debe obtener las autorizaciones para el tratamiento de los datos que sean o vayan a conocer y cumplir, así como ser entregados a instruir al personal que ocupe para COLOMBIA PRODUCTIVA con ocasión de la ejecución del contrato, independientemente comunicando a los titulares de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad información que esta se entrega a COLOMBIA PRODUCTIVA en cumplimiento de su cumplimientoobjeto misional que corresponde a una política pública. Dicha política Estas autorizaciones deberán ser otorgadas por los titulares de la información al CONSULTOR y en ellas se debe ser consultada indicar expresamente que se autoriza al CONSULTOR en su calidad de Responsable del Tratamiento12 para que comparta los datos personales suministrados con COLOMBIA PRODUCTIVA, quien tendrá la condición de Encargado del Tratamiento13 de los mismos. Lo anterior para efectos de las bases de datos que el CONSULTOR y COLOMBIA PRODUCTIVA deban administrar y registrar bajo su cuenta y riesgo y conforme a las obligaciones que le atañen al Responsable y Encargado del Tratamiento de los datos, de acuerdo con lo dispuesto en la página web Ley 1581 de ETB xxx.xxx.xxx.xx2012 y demás disposiciones legales vigentes aplicables. En consecuenciatodo caso, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientesno ser necesaria la recopilación de información de carácter personal, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad se recomienda abstenerse de encargado de su tratamiento recabarla y en consecuencia solo hará uso caso de los datos para las finalidades establecidas que sea pertinente su recolección, al momento de su entregainformar a los titulares de la misma las finalidades para la cual se recolecta, deberá indicarse, si fuere del caso, que la misma se entregará a COLOMBIA PRODUCTIVA con ocasión del contrato. En tal este sentido, se obliga en el documento de autorización otorgado al CONTRATISTA deberá incluirse expresamente que el titular autoriza la entrega a cumplir COLOMBIA PRODUCTIVA para que procese, recolecte, almacene, use, actualice, transmita, ponga en circulación y en general, aplique cualquier tipo de tratamiento a la información a la que tenga acceso, de conformidad con las disposiciones que en relación con la normas de protección de datos personales se encuentran consagradas vigente en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyanColombia.

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Samples: fiducoldex.com.co

HABEAS DATA. En el evento que con ocasión de la ejecución del presente Contrato sea necesario recoger información que tenga la condición de “datos personales” las partes se obligan a garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales, en especial la Ley 1581 de 2012 y demás normas que la regulen, adicionen o complementen. Para dichos efectos y cuando se determine compartir información de carácter personal deberá informarse o notificarse al titular de la información sobre las finalidades pertinentes y obtener las autorizaciones para el tratamiento de los datos que sean o vayan a ser entregados a la otra parte con ocasión del presente contrato. En caso de que INNPULSA COLOMBIA entregue al CONTRATISTA información que tenga la condición de “datos personales” para la debida ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases efectos de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente o que el CONTRATISTA deba recoger información que tenga esta condición y entregarla a INNPULSA COLOMBIA, este se obliga a garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales, en especial la forma Ley 1581 de vinculación 2012 y demás normas que la regulen, adicionen o complementen. Para este efecto, EL CONTRATISTA como encargado del mismo sobre tratamiento1, tratará por cuenta de INNPULSA COLOMBIA, responsable del tratamiento2, los principios datos de administración carácter personal a los que deba tener acceso en ejecución del servicio objeto del presente contrato. • Cumplirá la Política de Protección de datos de tercerosFIDUCOLDEX, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido publicada en la Ley 1266 página xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxx-xxxxxxxxxx • Garantizará al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de 2008hábeas data. • Conservará la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. • Realizará oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la mencionada ley. • Actualizará la información reportada por FIDUCOLDEX como responsable del tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de su recibo. • Tramitará las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en la ley 1581 de 2012, Decreto 1377 . • Adoptará un manual interno de 2013, la Resolución 5111 de 2017, políticas y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la oferta se entiende dada la aceptación del proponenteley y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares. • En el caso de resultar adjudicatarioque resulte aplicable, de adherirse a registrará en la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo base de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de leyenda "reclamo en trámite" en la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en que se regula en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyanmencionada Ley.

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Samples: innpulsacolombia.com

HABEAS DATA. En caso que para la debida ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismode este, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx. En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la resolución 5111 de 2017, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

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Samples: etb.com