GRABACIÓN DE LLAMADAS Cláusulas de Ejemplo

GRABACIÓN DE LLAMADAS. INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, en calidad de Responsable, informa al Tomador de la póliza que, al objeto de garantizar la prestación y calidad de los servicios prestados a los clientes, así como la lucha contra el fraude, las llamadas entrantes y salientes podrán ser grabadas, siendo custodiadas por parte de INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, por el plazo legalmente previsto al efecto. El Tomador deberá informar a los Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, la grabación de las citadas llamadas. INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, garantiza al Tomador que dichas grabaciones serán custodiadas y protegidas de conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos personales, obligándose además a no hacer un mal uso de las mismas, ni a divulgarlas en ningún medio de difusión, ya sea público o privado.
GRABACIÓN DE LLAMADAS salientes podrán ser grabadas, siendo custodiadas por parte de AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, por el plazo legalmente previsto al efecto. El Tomador deberá informar a los Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la grabación de las citadas llamadas. AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, garantiza al Tomador que dichas grabaciones serán custodiadas y protegidas de conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos personales, obligándose además a no hacer un mal uso de las mismas, ni a divulgarlas en ningún medio de difusión, ya sea público o privado. Para solicitar asistencia, marque el siguiente teléfono: Desde el Extranjero: +00 00 000 00 00 AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
GRABACIÓN DE LLAMADAS. INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, informa al Tomador de la póliza que, al objeto de garantizar la prestación y calidad de los servicios prestados a los clientes, asi como la lucha contra el fraude, las llamadas entrantes y salientes podrán ser grabadas, siendo custodiadas por parte de INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, por el plazo legalmente previsto al efecto. El Tomador deberá informar a los Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, la grabación de las citadas llamadas.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, informa al Tomador de la póliza que, al objeto de garantizar la prestación y calidad de los servicios prestados a los clientes, así como la lucha contra el fraude, las llamadas entrantes y salientes podrán ser grabadas, siendo custodiadas por parte de INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, por el plazo legalmente previsto al efecto. El Tomador deberá informar a los Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, la grabación de las citadas llamadas. INTER PARTNER ASSISTANCE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA, garantiza al Tomador que dichas grabaciones serán custodiadas y protegidas de conformidad con lo establecido por la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su normativa de desarrollo, especialmente el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la anterior Ley, obligándose además a no hacer un mal uso de las mismas, ni a divulgarlas en ningún medio de difusión, ya sea público o privado.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. Reaseguros S.A.U., AXA Aurora Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, AXA Pensiones S.A., EGFP, Bidepensión EPSV AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE y WINTERTHUR EPSV con la finalidad de valorar los SEGUROS Y REASEGUROS, en calidad de Responsable, productos y servicios aseguradores y financieros que puedan resultar de mi interés y para remitirme la información por informa al Tomador de la póliza que, al objeto de garantizar la prestación y calidad de los servicios prestados a los clientes, correo postal, correo electrónico, teléfono, SMS u otros así como la lucha contra el fraude, las llamadas entrantes y medios electrónicos equivalentes sobre sus respectivos salientes podrán ser grabadas, siendo custodiadas por parte productos y servicios, inclusive una vez finalizada la relación contractual. de AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, por el plazo lega mente deberá informar a los Sí, consiento. No consiento. Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la grabación de las citadas llamadas. AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, garantiza al Tomador que dichas grabaciones serán custodiadas y protegidas de conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos personales, obligándose además a no hacer un mal uso de las mismas, ni a divulgarlas en ningún medio de difusión, ya sea público o privado.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. SEGUROS Y REASEGUROS, por el plazo legalmente previsto al efecto. El Tomador deberá informar a los Asegurados respecto a dichas grabaciones. El Tomador autoriza a AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la grabación de las citadas llamadas. AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, garantiza al Tomador que dichas grabaciones serán custodiadas y protegidas de conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos personales, obligándose además a no hacer un mal uso de las mismas, ni a divulgarlas en ningún medio de difusión, ya sea público o privado. Para solicitar asistencia, marque el siguiente teléfono: Desde España: 93 366 95 81 Desde el Extranjero: +00 00 000 00 00 AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
GRABACIÓN DE LLAMADAS. La COOPERATIVA se reserva el derecho de grabar, a su criterio, las llamadas telefónicas que el SOCIO realice a sus líneas.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. El cliente está aceptando que desde el momento en que imparte una orden por medio telefónico, ha sido informado previamente de las condiciones de registro de las órdenes impartidas a través de este medio y autoriza que dicha orden sea grabada y esté a disposición de la SMV a su solo requerimiento para efecto de su labor de supervisión, según lo establecido en el inciso f) del artículo 31° del Reglamento de Agentes de Intermediación. Las grabaciones pueden ser utilizadas como medio de prueba en procesos judiciales, procedimientos administrativos o arbitrajes.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. El Licitante deberá contar de forma integrada en su plataforma con un sistema computarizado central para la grabación de voz de las llamadas, que permita almacenar de manera dinámica y en formato digital, el 100% de las llamadas que los asesores atiendan o realicen, desde el momento en que entra en contacto con un agente. El almacenamiento de las grabaciones estará disponible en línea a partir de la conclusión de la llamada, desde el inicio del contrato, hasta el fin de la vigencia del mismo El sistema deberá contar con la capacidad de grabación total de llamadas de voz.
GRABACIÓN DE LLAMADAS. 9.3.1 Se deberán poner a disposición uno o varios equipos de grabación digital de comunicaciones, de modo que se alcance la capacidad xx xxxxxxx suficiente para grabar todos los puestos de Operadores y Supervisores del ACD que estén instalados. Serán de tecnología digital con almacenamiento en disco rígido SCSI, contando todos los canales en servicio. Alcanzada la capacidad límite (fijada en el setenta por ciento (70 %) de almacenamiento del sistema de discos rígidos), se realizará un backup automático de la información en disco externos u otros medios digitales, por duplicado, para consultas de archivo histórico de llamadas guardadas. Se deberá contar con un armario ignífugo para el alojamiento de los discos externos.