Common use of GASTOS DE SEPELIO Clause in Contracts

GASTOS DE SEPELIO. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, en caso de que un asegurado fallezca a consecuencia directa de un padecimiento cubierto, MAPFRE indemnizará la suma asegurada contratada. La indemnización se realizará a los beneficiarios designados en el consentimiento, en caso de no existir éstos, se hará a la sucesión del asegurado. Para los menores de 12 años se reembolsarán los gastos relacionados directamente con el sepelio, hasta por la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza, que en ningún caso podrá ser mayor a a $131,000 pesos (ciento treinta y un mil pesos 00/100 M.N.) a quien acredite haber efectuado dichos gastos. En caso de existir un remanente entre la suma asegurada y los gastos efectuados, el remanente se pagará al titular de la póliza. Los gastos se deben comprobar presentando los documentos originales que los acrediten. Las edades de aceptación son desde el primer día de nacido hasta los 64 años para pólizas nuevas. No habrá límite de edad para las renovaciones continuas e ininterrumpidas, siempre y cuando se cumpla con la definición de colectividad asegurable. La suma asegurada de esta cobertura es independiente de la contratada en cualquier otra y será la que rija durante la vigencia de la póliza. En esta cobertura no aplica deducible ni coaseguro.

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GASTOS DE SEPELIO. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, en caso de que un asegurado fallezca a consecuencia directa de un padecimiento cubierto, MAPFRE indemnizará la suma asegurada contratada. La indemnización se realizará a los beneficiarios designados en el consentimiento, en caso de no existir éstos, se hará a la sucesión del asegurado. Para los menores de 12 años se reembolsarán los gastos relacionados directamente con el sepelio, hasta por la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza, que en ningún caso podrá ser mayor a a $131,000 pesos (ciento treinta y un mil pesos 00/100 M.N.) ), a quien acredite haber efectuado dichos gastos. En caso de existir un remanente entre la suma asegurada y los gastos efectuados, el remanente se pagará al titular de la póliza. Los gastos se deben comprobar presentando los documentos originales que los acrediten. Las edades de aceptación son desde el primer día de nacido hasta los 64 años para pólizas nuevas. No habrá límite de edad para las renovaciones continuas e ininterrumpidas, siempre y cuando se cumpla con la definición de colectividad asegurable. La suma asegurada de esta cobertura es independiente de la contratada en cualquier otra y será la que rija durante la vigencia de la póliza. En esta cobertura no aplica deducible ni coaseguro.

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GASTOS DE SEPELIO. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, en caso de que un el asegurado fallezca a consecuencia directa de un padecimiento cubierto, MAPFRE indemnizará la suma asegurada contratada. La indemnización se realizará a los beneficiarios designados en el consentimientola solicitud, en caso de no existir éstos, se hará a la sucesión del asegurado. Para los menores de 12 años se reembolsarán los gastos relacionados directamente con el sepelio, hasta por la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza, que en ningún caso podrá ser mayor a a $131,000 pesos (ciento treinta y un mil pesos 00/100 M.N.) ), a quien acredite haber efectuado dichos gastos. En caso de existir un remanente entre la suma asegurada y los gastos efectuados, el remanente se pagará al titular de la póliza. Los gastos se deben comprobar presentando los documentos originales que los acrediten. Las edades de aceptación son desde el primer día de nacido hasta los 64 años de edad, aunque esta edad se ampliará en los casos de renovaciones hasta los 69 años y podrá continuar para pólizas nuevas. No habrá límite de edad para las renovaciones continuas e ininterrumpidasaquellos asegurados que lo soliciten y que hayan cumplido con lo señalado en la sección 11ª, siempre y cuando se cumpla con la definición de colectividad asegurablenumeral 11.1.3. La suma asegurada de esta cobertura es independiente de la contratada en cualquier otra y será la que rija durante la vigencia de la póliza. En esta cobertura no aplica deducible ni coaseguro.

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Samples: Condiciones Generales