PREVISIÓN MAPFRE Cláusulas de Ejemplo

PREVISIÓN MAPFRE. Mediante la contratación expresa de esta cobertura por parte del titular y el pago de la prima correspondiente, se obtendrá el beneficio de la misma si sucede alguna de las siguientes dos situaciones: a. Por fallecimiento del Asegurado Titular a consecuencia de un padecimiento cubierto durante la vigencia de la cobertura. • MAPFRE eximirá del pago ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la Cobertura Básica, únicamente a los dependientes económicos del asegurado Titular asegurados en esta póliza, durante 4 años a partir del vencimiento del período en curso. b. Por Invalidez Total y Permanente del Asegurado Titular a consecuencia de un padecimiento cubierto durante la vigencia de la cobertura. • MAPFRE eximirá del pago ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la Cobertura Básica, al Asegurado Titular y a sus dependientes económicos asegurados en esta póliza, durante 4 años a partir del vencimiento del período en curso. Los rangos de edad del Asegurado Titular para los cuales se cubrirán los beneficios antes descritos quedan como sigue: • Fallecimiento. - De 18 hasta 64 años para pólizas nuevas. - Hasta 69 años para renovaciones. • Invalidez Total y Permanente de 18 hasta 59 años. Las Sumas Aseguradas vigentes al momento de ocurrir el fallecimiento o invalidez total y permanente del Asegurado Titular, se mantendrán sin modificación durante el período antes referido. Al dar inicio los beneficios de esta cobertura, los asegurados quedarán protegidos por los planes de Gastos Médicos Mayores del seguro individual, bajo las condiciones que se encuentren vigentes, mismas que se ajustarán conforme se actualice dicho contrato de seguro. Solo quedarán amparados en la cobertura básica sin coberturas adicionales. La cobertura se hace efectiva al momento de ocurrir el fallecimiento o invalidez total y permanente del Asegurado Titular (de acuerdo a las edades de aceptación), lo que ocurra primero. De tal suerte que si ocurre la invalidez total y permanente, la cobertura no podrá ser contratada nuevamente por el Asegurado Titular, ni se extenderá el plazo de cobertura.
PREVISIÓN MAPFRE. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, se obtendrá el beneficio de la misma si sucede alguna de las siguientes dos situaciones: a. Por fallecimiento del asegurado titular a consecuencia de un padecimiento cubierto durante la vigencia de la cobertura. 4 años a partir del fallecimiento del asegurado titular. b. Por invalidez total y permanente del asegurado titular a consecuencia de un padecimiento cubierto durante la vigencia de la cobertura. Para dar inicio a los beneficios de esta cobertura, el asegurado titular y/o dependientes económicos quedarán protegidos por el plan vigente del seguro de Gastos Médicos Mayores Individual que sea congruente al plan que tenían contratado en la póliza colectiva, cuidando que no exista un detrimento para el asegurado titular y/o dependientes económicos en cobertura, condiciones generales o calidad de la red médica y hospitalaria contratada originalmente. Sólo quedarán amparados en la cobertura básica, sin derecho a la contratación de coberturas adicionales, y en caso de que la suma asegurada, deducible, coaseguro y tope de coaseguro contratados en la póliza colectiva no se encuentren dentro de la oferta comercial del seguro de Gastos Médicos Mayores Individual se tomarán los inmediatos superiores. Las sumas aseguradas vigentes al momento de ocurrir el fallecimiento o invalidez total y permanente del asegurado titular, se mantendrán sin modificación durante el periodo que dure el beneficio. La cobertura se hace efectiva al momento de ocurrir el fallecimiento o invalidez total y permanente del asegurado titular (de acuerdo a las edades de aceptación), lo que ocurra primero. De tal suerte que si ocurre la invalidez total y permanente, la cobertura no podrá ser contratada nuevamente por el asegurado titular, ni se extenderá el plazo de cobertura. Los rangos de edad del asegurado titular para los cuales se cubrirán los beneficios antes descritos son de 18 a 64 años. Una vez aceptado dentro de la póliza no habrá límite de edad para las renovaciones continuas e ininterrumpidas, siempre y cuando se cumpla con la definición de colectividad asegurable.