GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la (registrar el tipo de garantía presentada), Nº (registrar el número de la garantía presentada) emitida por (registrar el nombre del ente emisor de la garantía), con vigencia hasta el (registrar día, mes y año de la vigencia de la garantía), a la orden de (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal), equivalente al (elegir según corresponda conforme lo previsto en el inciso b) del Parágrafo I del Artículo 21 del Decreto Supremo N° 0181, uno de los siguientes texto: “siete por ciento (7%)” o “tres punto cinco por ciento (3.5%)”) del monto total del contrato. El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el PROVEEDOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. La devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, procederá si el contrato ha sido cumplido en su totalidad y se efectivice la recepción de los BIENES objeto de la contratación, hecho que se hará constar mediante el Acta de Recepción suscrita por (señalar al Responsable de Recepción o Comisión de Recepción) y el PROVEEDOR. La devolución se hará efectiva en la liquidación final del contrato. El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD por razones justificadas. La Unidad Administrativa de la ENTIDAD será quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. Al cumplimiento de cada entrega, el PROVEEDOR podrá solicitar a la ENTIDAD la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por una garantía equivalente al (elegir según corresponda conforme lo previsto en el inciso b) del Parágrafo I del Artículo 21 del Decreto Supremo N° 0181, uno de los siguientes texto: “siete por ciento (7%)” o “tres punto cinco por ciento (3.5%)”) del saldo restante del monto del contrato; siempre y cuando la ENTIDAD haya realizado la recepción de los BIENES, en el plazo previsto de acuerdo al cronograma, no debiendo existir retraso y/o incumplimiento en las entregas previas, atribuibles al PROVEEDOR. En caso de que el PROVEEDOR no haya solicitado la sustitución de dicha garantía y se haya efectivizado recepciones y posteriormente sobreviniese una Resolución de Contrato por causas atribuibles al PR...
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El proponente adjudicado deberá constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato según lo establecido en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobados mediante el D.S. 181 Art. 20) y Art 21) Inc. b).
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. “EL PROVEEDOR” se obliga a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones legales y contractuales y el pago de cualquier saldo que resulte a favor de el “CIMAT”, derivado del presente contrato, mediante póliza de fianza expedida por institución nacional de fianzas a nombre de el “CIMAT”, por un monto equivalente al *** porcentaje del monto máximo total del contrato de suministro. La póliza de fianza otorgada deberá contener las siguientes previsiones:
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. 2.16.1 Garantía para responder por servicios mal ejecutados o vicios ocultos.
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. A la suscripción del
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (si corresponde). En el caso de Asociaciones Accidentales, cada asociado tiene la obligación de presentar la documentación anterior.
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. En cumplimiento con el artículo 48, fracción II de la LEY, el LICITANTE que resulte ganador deberá entregar, a más tardar 10 días naturales siguientes a la firma del CONTRATO, una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA) correspondiente al monto máximo de cada partida, a favor de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V. Con dicha fianza el PRESTADOR DE SERVICIOS garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato. Así mismo deberá anexar copia del pago correspondiente de la fianza arriba señalada. La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones:
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. La Empresa adjudicada presentar una garantía de cumplimiento de contrato equivalente al 7% del monto total del contrato que podrá ser una de las señaladas en el art. 20 de las NB-SABS (Boleta de Garantía, Garantía de Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a primer requerimiento) o en su defecto solicitar la retención del 7% de cada pago parcial.
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EL LICITANTE PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ OTORGAR CHEQUE DE CAJA POR UN IMPORTE DE 10% DEL MONTO DEL CONTRATO SIEMPRE QUE ESTE NO SEA SUPERIOR A $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100M.N.) EN CASO DE REBASAR ESTE MONTO DEBERÁ PRESENTAR A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO, FIANZA EXPEDIDA POR UNA AFIANZADORA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO ADJUDICATARIO, EN FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, SIN INCLUIR EL I.V.A. LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER, ADEMÁS DE LAS CLÁUSULAS QUE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN LA MATERIA ESTABLECE, LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS DEL ISSSTE (VIGENTES), DE 2006, ENTRE LOS QUE DESTACAN LOS SIGUIENTES: