GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. Artículo 149. En el documento principal del contrato se establecerá el lapso de garantía necesaria para determinar si la obra no presenta defectos y si sus instalaciones, equipos y servicios funcionan correctamente. Este lapso de garantía comenzará a contarse a partir de la fecha del acta de terminación.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. El oferente deberá garantizar el correcto funcionamiento del software y de los equipos provistos por un período mínimo de UN (1) año. A efectos de garantizar su efectividad deberá proceder a la actualización permanente de las versiones, computándose el plazo de la fecha de recepción definitiva por parte del organismo contratante.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. Privalia no garantiza la continuidad del funcionamiento y la disponibilidad de la Plataforma de forma permanente durante las 24 horas del día, no obstante lo cual y, en la medida de lo posible, advertirá de las interrupciones de que tenga conocimiento. Los Clientes serán totalmente responsables de cuantas consecuencias se deriven de su conducta en el uso y utilización de la Plataforma. Privalia no se hace responsable del funcionamiento incorrecto o defectuoso del Servicio de Presentación de Ofertas ofrecidos a través de esta Plataforma cuando tal funcionamiento tenga su origen en (i) factores ajenos a ella o se encuentren fuera de su ámbito de control. Tampoco se hace responsable de las consecuencias derivadas de (ii) una utilización deficiente o inadecuada por parte del Cliente, así como (iii) de las que obedezcan a razones de orden técnico que impidan la correcta prestación de los servicios ofrecidos. Los posibles enlaces que posibiliten el acceso, a través de esta Plataforma, a prestaciones y servicios ofrecidos por los Tour Operadores externos, no pertenecen ni se encuentran bajo el control de Privalia, por lo que Privalia no se hace responsable ni de la información contenida en los mismos, ni de los servicios ofrecidos en ellos. Privalia podrá realizar, en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, modificaciones y actualizaciones sobre la información y contenidos de esta Plataforma, en la configuración o presentación de la misma, siempre de conformidad con lo que estipule la normativa aplicable. El acceso a la Plataforma y a los Servicios se suministra “tal cual” y según disponibilidad.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. El Adjudicatario deberá indicar mediante Declaración Jurada lo siguiente: Garantía contra todo defecto de fabricación que perjudique la apariencia, calidad y/o funcionamiento de los elementos suministrados por el término de doce (12) meses, a contar desde la recepción definitiva de los bienes. Responderá por la evicción y vicios redhibitorios que pudieran afectarlos, así como todo defecto de fabricación. Obligatoriamente el oferente deberá garantizar la provisión de repuestos, insumos y partes legítimas, nuevas, sin uso, por el término que dure la garantía. Asimismo deberá ofrecerse una garantía de buenas prácticas en la instalación realizada la cual no deberá ser menor a DOCE (12) meses. Dejase establecido que la provisión e instalación de los equipos solicitados supone “llave en mano”, entendiéndose que implica que los mismos deberán quedar en perfecto estado de funcionamiento. Asimismo será obligación del adjudicatario la repetición de los trabajos hasta lograr la eficiente instalación conforme las “reglas del buen arte”.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. Las Centrales Sindicales podrán desarrollar su actividad en la Empresa con plenas garantías pa- ra su eficaz funcionamiento. El responsable de la Central Sindical en la Empresa tendrá los mismos derechos y garantías sin- dicales establecidas en el presente Convenio para los miembros del Comité de Empresa mientras ostente el cargo de responsable, salvo las horas retribuidas establecidas para aquellos por la legisla- ción vigente en cada momento. No obstante, la Empresa se comprometen durante la vigencia de es- te Convenio a dar a los responsables de las Centrales Sindicales todas las facilidades posibles para el desempeño de su función sindical.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. Todo el equipamiento descripto deberá incluir un servicio de garantía por 3 (tres) años, a excepción de los renglones N° 1 y 4 que deberán estarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, computados a partir de la provisión de la totalidad de los mismos. La garantía debe contemplar un servicio reemplazo de partes on-site, en el ámbito de las Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y modalidad 9x5 NBD (siguiente hábil). La garantía deberá cubrir tanto los defectos de fabricación como los vicios ocultos y/o errores que afecten el normal funcionamiento de los equipos solicitados durante el período de tiempo en que se garantiza el funcionamiento, la ASI. No se reconocerá gasto alguno en concepto de mano de obra, repuestos, ni de cualquier otra naturaleza tendiente a mantener, poner o reponer, el bien adquirido en estado de funcionamiento. Durante el periodo de garantía el adjudicatario deberá proveer, instalar y configurar las actualizaciones de las versiones del software correspondiente a los equipos solicitados. Estas versiones deben ser entregadas a la ASI por el proveedor a no más de 7 días de su liberación informando los cambios realizados con respecto a la versión anterior. Adicionalmente el equipamiento deberá incluir un servicio de soporte técnico con acceso en la modalidad 7x24. El proveedor deberá contar un con un centro de atención al cliente que deberá brindar atención directa al centro de operaciones de la ASI. El proveedor del equipamiento solicitado deberá contar con un Centro de Asistencia Técnica con atención por el término de la garantía, ya sea en forma telefónica, por fax o por correo electrónico a las direcciones acordadas entre la ASI y el Adjudicatario, considerándose todas estas formas igualmente válidas, no pudiendo ser "rechazadas" por el Adjudicatario, y comenzando a transcurrir el "tiempo de respuesta" a partir del momento en que se realizó la llamada o solicitud de servicio. El servicio de soporte técnico deberá estar disponible en la modalidad 7x24. También debe incluir, si los hubiere, los up-dates de versiones del software que se liberen durante el periodo de garantía. Estas versiones deben ser entregadas en el GCBA por el proveedor facilitado por medio óptico a no más de 7 días liberado por la empresa adjuntando un informe de las correcciones sobre la versión anterior. Su instalación debe ser acordada con el GCBA. Si esta actualización de software requiriera adecuación de hardware debe estar incluida.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. EL LICENCIANTE garantiza que EL SOFTWARE funcionará correctamente de acuerdo a los PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTÁNDAR durante: i) un período de un (1) año contado a partir de la fecha en que se instale el SOFTWARE para la LICENCIA PERMANENTE, o ii) un período igual al de la LICENCIA TEMPORAL. La responsabilidad del LICENCIANTE en relación con dicha reclamación de garantía se limitará, a discreción del LICENCIANTE, a brindar soporte técnico del SOFTWARE basado en reclamación de garantía, o a desarrollar y liberar nuevas versiones para la corrección de errores que impidan el correcto funcionamiento del SOFTWARE de acuerdo al USO PLANEADO según consta en la Carátula del Contrato y los PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTÁNDAR. PARÁGRAFO PRIMERO: El uso del SOFTWARE no garantiza la obtención de beneficios económicos para EL LICENCIATARIO ni el aumento del rendimiento y/o la optimización de procesos de la actividad económica o empresarial que desarrolle EL LICENCIATARIO. De acuerdo a lo anterior, EL LICENCIANTE no promete al LICENCIATARIO la obtención de alguno de éstos y no será responsable frente a éste último por el resultado del uso del SOFTWARE. PARÁGRAFO SEGUNDO: La garantía de funcionamiento otorgada al LICENCIATARIO y la ejecución de las obligaciones que de ésta se derivan, están condicionadas al cumplimiento de los REQUERIMIENTOS MÍNIMOS indicados en la Carátula del Contrato.
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. 11 CAPÍTULO XXII
GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO. CLÁUSULA 41 El CONTRATISTA debe garantizar todos los equipos, materiales u obras civiles proveídos así como el funcionamiento de la obra ejecutada por un plazo de 12 (doce) meses contados a partir de la entrega de la obra ejecutada y sus accesorios, debiendo durante este período, eliminar cualquier defecto y cuando fuese necesario, realizar las debidas sustituciones y/o reposiciones.