Otras Cláusulas de Ejemplo

Otras. La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente. La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula
Otras. La adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con la cláusula 29.7 de esta carátula, y todas las relativas a la subcontratación.
Otras. La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
Otras. ESTÁ PREVISTA LA ADJUDICACIÓN A MÁS DE UN LICITADOR. (HASTA 8 ADJUDICATARIOS) CONSULTAS VINCULANTES RELATIVAS A LA LICITACIÓN: en el apartado preguntas/respuestas de la licitación, en la plataforma de contratación del sector público.
Otras. La adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, en la declaración de compromiso de adscripción de medios (Anexo (indicar el anexo) xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares) y todas las relativas a la subcontratación.
Otras h) excedencias en el último año y los motivos.
Otras. El Organismo contratante se reserva el derecho de adjudicar en forma total, parcial o en su caso anular el ítem solicitado.
Otras. Por incumplimiento de las obligaciones indicadas en las Condiciones Particulares 14, 15 y 16, RENFE-Operadora podrá aplicar una penalización que podrá llegar hasta el 20 % del importe total del contrato, en función del tipo de incumplimiento producido Las penalizaciones que se impongan en caso de incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones que le incumben con arreglo al correspondiente contrato, se regirán por el siguiente procedimiento: -RENFE-Operadora comunicará por escrito al contratista la propuesta de penalización con la enumeración de los hechos que lo motiven. -Una vez recibida la comunicación de RENFE-Operadora a la que se ha hecho referencia en el párrafo anterior, el contratista dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones que estime oportunas, en su caso. -Una vez analizadas las alegaciones remitidas por el contratista dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, o una vez expirado el citado plazo sin que se haya recibido alegación alguna del contratista, RENFE-Operadora determinará lo que estime procedente, anulando la propuesta de penalización o ratificándola, dándole traslado de ello a la Compañía en el plazo de 10 días. Caso de que la propuesta de penalización sea ratificada por RENFE-Operadora, su liquidación se efectuará conforme establece el apartado siguiente. -Las penalizaciones impuestas conforme el procedimiento anterior serán objeto de las correspondientes facturas rectificativas emitidas por RENFE-Operadora, que podrán ser compensadas contra facturas emitidas por el CONTRATISTA. En caso de impago, el importe de las penalizaciones impuestas podrá ser detraído de la GARANTIA definitiva, quedando obligado el CONTRATISTA a reponerla a su valor inicial en los quince días naturales siguientes. La imposición de penalizaciones será, en todo caso, plenamente independiente del resarcimiento de daños y perjuicios que hayan podido ocasionar a RENFE-Operadora los mismos hechos sancionables.
Otras. Las partes acuerdan que, en los casos en que “El Cliente” haya recibido recursos mediante algún medio electrónico y “El Banco” cuente con elementos suficientes para presumir que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida, podrá restringir hasta por 15 días hábiles la disposición de tales recursos, con el objeto de llevar a cabo las investigaciones y consultas que sean necesarias con otros Bancos relacionadas con la operación de que se trate. “El Banco” podrá prorrogar el plazo antes referido hasta por 10 (diez) días hábiles más siempre que se haya dado vista a la autoridad competente sobre probables hechos ilícitos cometidos en virtud de la operación respectiva.
Otras. Será considerado como acto contrario a los principios de Xxxx Xxxx Española, con las sancio- nes establecidas para las faltas muy graves, aquellas acciones que tengan como finalidad el quebrantamiento de la imagen de la entidad o de sus principios, y además: