GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN. para garantizar el cumplimiento de la entrega de bienes o el contrato, los adjudicatarios y/o contratistas deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento (5%) calculado sobre el importe de la adjudicación. La misma deberá ser constituida en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, y deberá ser formalizada por cualquiera de los siguientes instrumentos:
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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales, www.senadomendoza.gob.ar, Pliego De Bases Y Condiciones Generales