FORMAS DE PAGO (FORMA Y PLAZO) Cláusulas de Ejemplo

FORMAS DE PAGO (FORMA Y PLAZO). No se otorgarán anticipos por la prestación del SERVICIO motivo de esta INVITACIÓN. El pago se realizará en Moneda Nacional de curso legal, mediante transferencia electrónica que se efectuará al “PROVEEDOR”, debiendo indicar este último la clave bancaria estandarizada (CLABE), a través del Departamento de Tesorería de la "API DE VERACRUZ", la cual otorgará el pago en los términos y condiciones señalados en la presente INVITACIÓN. La API DE VERACRUZ pagará la prestación del SERVICIO, por mes de SERVICIO devengado con base en el siguiente procedimiento: Dentro de los cinco días naturales posteriores al término de cada mes de SERVICIO devengado, (respetando los días y horarios establecidos por la API DE VERACRUZ para la recepción de facturas), el PROVEEDOR deberá presentar ante el Departamento de Recursos Materiales la factura correspondiente para tramitar su pago. Se aclara que para que proceda la tramitación del pago, dicha factura deberá acompañarse de la siguiente documentación:
FORMAS DE PAGO (FORMA Y PLAZO). La presente INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL MIXTA a cargo de la API DE VERACRUZ, cuenta con suficiencia presupuestal autorizado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para el ejercicio 2017, de conformidad con el Oficio 307-A.-4769, de fecha 14 de diciembre de 2016; con cargo a la partida presupuestal 33902, para celebrar la contratación del SERVICIO motivo de esta INVITACIÓN. No se otorgarán anticipos por la prestación del SERVICIO motivo de esta INVITACIÓN. se realizarán 36 (treinta y seis) pagos iguales mensuales por cada una, en Moneda Nacional de curso legal, a través del Departamento de Tesorería de la API DE VERACRUZ, mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que por escrito designe el PROVEEDOR, debiendo indicar la clave bancaria estandarizada (CLABE). la API DE VERACRUZ pagará la prestación del SERVICIO DE ARRENDAMIENTO, por mes del SERVICIO DE ARRENDAMIENTO devengado con base en el siguiente procedimiento: Dentro de los 5 (cinco) días naturales posteriores al cumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior (respetando los días y horarios establecidos por la API DE VERACRUZ para la recepción de facturas), el PROVEEDOR deberá presentar ante el Departamento de Recursos Materiales la factura (impresa o electrónica en archivo pdf y xml) correspondiente debidamente requisitada para tramitar su pago. Se aclara que para que proceda la tramitación del pago, el proveedor deberá entregar la siguiente documentación al Departamento de Recursos Materiales de la Entidad:
FORMAS DE PAGO (FORMA Y PLAZO). La ASIPONA pagará los BIENES EN ARRENDAMIENTO de la manera siguiente: Las facturas ingresarán los días martes de cada semana para programación de pago, independientemente de la fecha en que se hayan prestado los ARRENDAMIENTOS a la ASIPONA de Guaymas. El pago de los BIENES EN ARRENDAMIENTO se efectuará quince días después de ingresada la factura con la documentación soporte de aceptación de los BIENES EN ARRENDAMIENTO, procediendo con base en el siguiente procedimiento: Página29 de 150 El LICITANTE GANADOR entregará los BIENES ARRENDAR de acuerdo a lo establecido en esta convocatoria. El área requirente cotejara los BIENES POR ARRENDAR recibido contra la factura, el pedido y la propuesta técnica que presentó el proveedor en el procedimiento de contratación. Si no cumple con lo establecido se aplicará lo descrito y se aplicaran las penas convencionales procedentes, se tomará como no entregado y el lapso de tiempo de entrega seguirá contabilizándose. El PROVEEDOR el día martes de cada semana entregará la factura original en la recepción, junto con el PEDIDO DE COMPRA original y la documentación soporte y se programará para pago. Toda vez que la empresa se encuentre fuera de la localidad de la convocante, podrán hacer llegar los archivos con las facturas de forma electrónica con extensión .pdf y .xml y estas ingresarán una vez cumplido cada mes de servicio de arrendamiento en martes, independientemente de la fecha en que se hayan prestado los ARRENDAMIENTOS a la ASIPONA de Guaymas. Se elaborará un acta de entrega recepción entre el proveedor, el área requirente y el área contratante firmando de satisfacción las partes. Cabe señalar que en el caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, la ASIPONA dentro de los 3 días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. Al respecto se aclara que el periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computarán para efectos del plazo de pago pactado teniendo que ingresar hasta el próximo día de recepción de facturas.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

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  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.