RECEPCIÓN DE FACTURAS Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN DE FACTURAS. La factura correspondiente deberá enviarse vía correo electrónico a las direcciones xxx@xxx.xxx.xx y xxxxxxx@xxx.xxx.xx, adjuntando los archivos en formato .PDF y .XML.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. El licitante ganador deberá presentar sus facturas posteriores a la entrega de los bienes, acompañada de la entrada xx Xxxxxxx y el contrato-pedido, en la Oficina de Cuentas por pagar de este Instituto ubicada Xxxxxx Urales Nº 800, colonia Xxxxx Virreyes, C. P. 11000, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx. La factura deberá contener la siguiente información: o Nombre y número de licitación. o Número del contrato-pedido. o Número de clave del bien, mismo que se localiza en la columna de la izquierda del contrato-pedido. o Descripción completa del bien, conforme al contrato-pedido. o Cantidad total del bien y número de entrega. o El método de pago será vía transferencia SPEI, siendo los cuatro últimos dígitos 0100 del Banco de México. o Número de lote y nombre comercial. Forma de pago 99 por definir SPEI o transferencia Uso de CFDI G01 Gastos en Gral. Método de pago PPD pago en parcialidades o diferido Al proveedor que no cumpla con lo estipulado en este punto, no se le recibirá su factura. Página 13 de 104
RECEPCIÓN DE FACTURAS. Para todos los efectos de este Contrato, se entenderá entregada la factura a EL CLIENTE, en la fecha en que ésta sea remitida por medios electrónicos al correo electrónico de recepción de facturas y/o notas de ajuste electrónicas de EL CLIENTE indicado en el numeral noveno (9) de la Primera Parte (Carátula) denominada "De las Condiciones Especiales" del presente Contrato la factura expedida por EL DISTRIBUIDOR prestará mérito ejecutivo.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. Para todos los efectos de este Contrato, se entenderá entregada la factura por LA EMPRESA al USUARIO, en la fecha en que ésta sea remitida por medios electrónicos seguros a los correos señalados en la Cláusula Trigésima de este Contrato. En los casos donde no se pueda garantizar la entrega por este medio, será entregada por correo certificado a la dirección de correspondencia establecida en la misma Cláusula, siempre y cuando el envío sea antes de las 18:00 horas del día respectivo; en caso contrario, se entenderá recibida el día hábil siguiente. La factura expedida por LA EMPRESA prestará mérito ejecutivo.
RECEPCIÓN DE FACTURAS. La recepción de facturas a revisión será únicamente los días martes de las 10:00 a las 14:00 horas, en el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, ubicado en Pitágoras 1320 1 piso, Col. Santa Xxxx Atoyac, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03310, México D.F.; en caso de que las facturas entregadas por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el Departamento de Proveeduría y Servicios Generales dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. No se computará el plazo a que se refiere el artículo 51 de la LAASSP, si el proveedor no ha presentado la siguiente documentación: garantía, carta de no adeudos fiscales y documentación legal, en tal caso, el cálculo del plazo para pago comenzará a correr una vez que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, cuente con toda la documentación legal y administrativa a la que estén obligados los proveedores a entregar. Es responsabilidad del proveedor presentar la factura en la Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, en el entendido de que la fecha de ingreso de las facturas servirá para computar el plazo a que se refiere el artículo 51 de la LAASSP, quedando a salvo la revisión de la factura y en su caso la recepción al visto bueno de ésta según corresponda. En caso de existir penalizaciones a cargo de proveedor, estará condicionado el pago, al entero de la sanción, estos casos no serán incorporados a cadenas productivas.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.