EXCLUSIONES DE COBERTURA Cláusulas de Ejemplo

EXCLUSIONES DE COBERTURA. Del Plan de Salud Complementario sólo se excluyen de cobertura las siguientes prestaciones:
EXCLUSIONES DE COBERTURA a. La ocurrencia de riesgos no contemplados en el apartado 3.2. del Artículo 3 (Riesgos incluidos en la Cobertura).
EXCLUSIONES DE COBERTURA. Del Plan de Salud Complementario sólo se excluyen de cobertura las siguientes prestaciones: XXXXXX 13
EXCLUSIONES DE COBERTURA. La presente póliza no es aplicable a:
EXCLUSIONES DE COBERTURA. Las exclusiones de cobertura, si las hubiere, sólo podrán estar referidas a los conceptos expresados en el artículo 190 del DFL Nº 1.
EXCLUSIONES DE COBERTURA. En adición a lo indicado en la cláusula “EXCLUSIONES GENERALES” de las Condiciones Generales, la esta Cobertura Adicional no ampara, y por consiguiente la Compañía no será responsable bajo ninguna circunstancia, por aquellos siniestros ocasionados directa o indirectamente por el fallecimiento del Asegurado cuando fuere causados por o durante:
EXCLUSIONES DE COBERTURA. Las siguientes situaciones están exentas de cobertura del seguro, y serán de cargo del arrendatario: • Motores fundidos • Transmisiones o diferenciales quemados o fundidos por uso inadecuado de la tracción. • Daños producidos por conducción bajo la influencia del alcohol o bajo el uso de sustancias sicotrópicas. • Daños producidos a los vehículos en incumplimiento del programa de mantención (cada 10.000 kms). • Asistencia para abrir el vehículo cerrado con las llaves en el interior, o para el caso de haberse quebrado vidrios para abrir el móvil. • Asistencia por falla de batería causada por dejar luces prendidas. • Asistencia por pérdida de llaves de contacto y/o duplicados de llaves. • Reposición de accesorios, equipamientos especiales y herramientas (neumáticos de repuesto, llaves xx xxxxx, triángulos, botiquín, etc.) • Quemaduras xx xxxxx (ej. por cigarrillos u otros elementos). • Desperfectos eléctricos causados por accesorios o herramientas no autorizados por VEREN y/o que excedan las capacidades normales de resistencia de los vehículos arrendados. • Desperfectos por sobre carga de los móviles sobre lo especificado en sus características técnicas. • Destrucción de neumáticos o pinchaduras, por rodar pinchado o con menor presión que la indicada por el fabricante. • Cualquier otra falla imputable a un uso descuidado, abusivo o temerario del usuarioOtras exclusiones indicadas en las pólizas de seguro, las que están disponibles para consultas en cualquier oficina de FIRST Rent a Car. Las siguientes situaciones quedan estrictamente prohibidas y en caso de incumplimiento el arrendatario será responsable de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda generar: • Conducir el vehículo bajo efectos del alcohol o bajo el efecto de drogas, medicamentos o sustancias sicotrópicas. • Participación en ilícitos. • Utilización del vehículo en arriendo para desarrollar cualquier actividad lucrativa, tales como el caso de subarriendos. • Intervenir el vehículo mecánica o eléctricamente, realizar reparaciones o intervenciones no autorizadas expresamente por FIRST Rent a Car • Conducir el vehículo fuera de los límites del territorio nacional, sin permiso expreso debidamente tramitado a través de FIRST Rent a Car. • Utilizar el vehículo para realizar labores de remolque. • Participar en carreras • Facilitar el vehículo a personas que no cumplan con los requisitos de edad o a terceras personas no inscritas como conductor adicional antes FIRST Rent a Car. • Utiliz...
EXCLUSIONES DE COBERTURA. Quedan expresamente excluidos de las coberturas del seguro los riesgos derivados de la participación en una operación de mantenimiento de la paz, de asistencia humanitaria o en otras de carácter internacional que hayan sido aprobadas específicamente por el Gobierno (RDL 8/2004, de 5 de noviembre – BOD 222), (Instrucción núm. 211/2004, de 23 de diciembre – BOD 253).
EXCLUSIONES DE COBERTURA. En adición a lo indicado en la cláusula “EXCLUSIONES GENERALES” de las Condiciones Generales, esta Cobertura Adicional no ampara, y por consiguiente la Compañía no dará ningún tipo de cobertura sobre los siguientes artículos, o los cuales tengan las siguientes características:
EXCLUSIONES DE COBERTURA. 6.1. Exclusiones del seguro obligatorio REALE SEGUROS GENERALES, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.748 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja nº 76.036-1, Inscripción 1ª. C.I.F.: A-78-520293