EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. Para la evaluación de las ofertas se tendrá en cuenta el cumplimiento de las exigencias de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas en el presente Pliego. Se evaluará el cumplimiento de los aspectos legales, formales, la calidad de los oferentes, los aspectos técnicos y económicos de las ofertas y se explicarán los motivos de la recomendación de desestimación o de su inclusión. La COMISIÓN EVALUADORA que estará conformada según lo establecido por la Resolución del Consejo Superior N.º 263/19 ANEXO I, punto e) podrá requerir la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. SISTEMA DE EVALUACIÓN OFERTAS
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. La documentación y antecedentes contenidos en el Sobre de cada uno de los oferentes serán analizados por quien determine el Departamento Ejecutivo Municipal en la cláusula 7.1 del presente pliego,
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. La selección del consultor (a) se hará siguiendo los procedimientos nacionales establecido en la Ley de Contratación del Estado y en lo dispuesto en estos TDR. La evaluación se hará en base a la tabla siguiente: 1 Calificación Académica 45 1.1 Título Universitario: Derecho y/o Ciencias Jurídicas y Sociales o relacionadas con el ámbito de Profesional con formación académica con grado mínimo de licenciatura o similar en el área del Derecho, especializado en el ámbito de formación y entrenamiento, investigación de preferencia en el área de Derecho Tributario, Fiscal y Contencioso Administrativo. 35
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. Se hará una evaluación de las ofertas y se adjudicará a la empresa que tenga el puntaje mayor, para lo cual se ponderarán los siguientes elementos: EXPERIENCIA 40 Puntos CONDICIONES HIGIENICAS DE LA COCINA 20 Puntos TRANSPORTE DE ALIMENTOS 20 Puntos COSTO 20 Puntos TOTAL: 100 Puntos El oferente deberá presentar al momento de la apertura junto con la oferta mínimo dos cartas de recomendación, donde se especifique que la empresa brindó el servicio de alimentación a más de 350 personas y el grado de satisfacción recibido, cada carta no debe tener más de un mes de emitida. La carta además deberá indicar el nombre de la persona encargada del evento, número de teléfono, correo electrónico, lugar y fecha donde se realizó el servicio. Se asignarán 20 puntos por cada carta presentada que cumpla con los requerimientos mencionados en el párrafo anterior, hasta un máximo de 40 puntos, la contraparte institucional deberá asegurarse que la información de la carta es verdadera con una llamada o visita a la empresa que realiza la recomendación, con el fin de validar toda la información.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.