Entrega y riesgo de pérdida Cláusulas de Ejemplo

Entrega y riesgo de pérdida. TomTom se esforzará por entregar el Producto dentro de los 30 días a partir de la aceptación del pedido. Si se realiza un pedido de varios Productos, TomTom se reserva el derecho de entregar cada Producto por separado. Asimismo, TomTom intentará brindar los Servicios dentro de las 24 horas a partir de la aceptación del pedido. El Producto se enviará al domicilio de entrega. Los Servicios se pueden descargar o entregar, o bien poner a disposición, de forma electrónica. Usted será responsable por el riesgo de pérdida o daño de un Producto al momento en que se le entregue el Producto. Usted será responsable por el riesgo de pérdida o daño en el Servicio al momento en que se pone a disposición el Servicio o se lo envíe de forma electrónica. Si no recibe el envío del Producto, TomTom se reserva el derecho de cobrarle el costo razonable del almacenamiento del Producto hasta que se pueda efectuar la entrega. En caso de que la entrega no se pueda realizar por cualquier motivo fuera del control de TomTom, TomTom se reserva el derecho de cancelar el contrato y reintegrar cualquier suma de dinero que haya abonado. Si, por error, TomTom le entrega un Producto o le brinda un Servicio inadecuado, comuníquese con TomTom para recibir información acerca de cómo devolver el envío (por correo electrónico a través de xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx).
Entrega y riesgo de pérdida. 3.1 Todas las entregas de los Productos al Cliente serán en las instalaciones de TRUMPF ubicadas en (1) Xxxx. Xxxxxxx Xx. 000-00, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxx; o (2) Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 0.0 Xx. 000, Xxxxxx 0 Xxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Innovación Xxxxxxxxx, Xx Xxxxxxx, Querétaro, C.P. 76246, 3. DELIVERY AND RISK OF LOSS. 3.1 All deliveries of Products to Customer will be at TRUMPF’s premises located in (1) Xxxx. Xxxxxxx Xx. 000-00, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx, X.X. 00000, Mexico; or (2) Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 0.0 Xx. 000, Xxxxxx 0 Xxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Innovación Xxxxxxxxx, Xx Xxxxxxx, Querétaro, C.P. 76246, Mexico; or (3) any other place agreed with the
Entrega y riesgo de pérdida. TomTom tratará de entregar el Producto en un plazo de 30 días desde la aceptación del pedido. Si se solicitan múltiples Productos, TomTom se reserva el derecho a entregar cada Producto de forma separada. Además, TomTom tratará de hacer los Servicios accesibles en un plazo de 24 horas desde la aceptación del pedido. El Producto se enviará a su dirección de envío. El Servicio se podrá descargar o se enviará y estará disponible de forma electrónica. El riesgo de pérdida o de daños de un Producto le corresponderá a usted desde el momento de la entrega del Producto. El riesgo de pérdida o de daños con respecto a un Servicio le corresponderá a usted desde el momento en que dicho Servicio esté a su disposición o se le haya entregado electrónicamente. Si no acepta la entrega del Producto, TomTom se reserva el derecho a cobrarle los gastos razonables de almacenamiento del Producto hasta el momento de la entrega. Si no se puede realizar la entrega por razones ajenas al control de TomTom, TomTom se reserva el derecho a cancelar el contrato y reembolsarle cualquier importe pagado. Si TomTom le entrega un Producto o un Servicio o pone un Servicio a su disposición por error, póngase en contacto con TomTom para recibir instrucciones sobre la devolución (correo electrónico a través de xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx). de entrega en su dirección envío. TomTom le reembolsará el precio de compra y los gastos de envío originales pagados (con excepción de los gastos adicionales consecuencia de elegir un tipo de entrega diferente del tipo de entrega estándar más barato ofrecido por nosotros o cuando se hayan solicitado múltiples Productos y no todos los Productos adquiridos se hayan devuelto). TomTom realizará dicho reembolso a través del mismo método de pago utilizado en su transacción inicial, salvo expresamente especificado de otro modo por usted. Para ejercitar su derecho de cancelación, deberá informar de su decisión a TomTom poniéndose en contacto con TomTom durante los 14 días posteriores a la entrega, por correo electrónico a través de xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx para obtener un número de autorización para la devolución de su pedido. Puede utilizar el Formulario de Desistimiento [xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx]. Posteriormente, deberá devolver el Producto sin demora, libre de intereses, tasas u otras reclamaciones, a la dirección recogida en la etiqueta postal que recibirá al obtener el número de autorización para la devolución de su pedido. Si decide cancelar el contrato de co...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.