Common use of DISMINUCIÓN DEL RIESGO Clause in Contracts

DISMINUCIÓN DEL RIESGO. Artículo 35. El tomador, el asegurado o el beneficiario podrán, durante la vigencia del contrato, poner en conocimiento de la empresa de seguros todas las circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por ésta en el momento del perfeccionamiento del contrato, lo habría celebrado en condiciones más favorables para el tomador. La empresa de seguros deberá devolver la prima cobrada en exceso por el período que falte por transcurrir, en un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación, deducida la comisión pagada al intermediario de seguros.

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DISMINUCIÓN DEL RIESGO. Artículo 35. El tomador, el asegurado Tomador o el beneficiario Asegurado podrán, durante la vigencia del contrato, poner en conocimiento de la empresa de seguros El Asegurador todas las circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por ésta éste en el momento del perfeccionamiento del contrato, lo habría celebrado en condiciones más favorables para el tomadorTomador. La empresa de seguros El Asegurador deberá devolver la prima cobrada en exceso por el período que falte por transcurrir, en un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación, deducida la comisión pagada al intermediario de seguros.

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DISMINUCIÓN DEL RIESGO. Artículo 35. El tomador, el asegurado Tomador o el beneficiario podránAsegurado. Podrán, durante la vigencia del presente contrato, poner en conocimiento de la empresa de seguros del Asegurador todas las circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por ésta éste en el momento del perfeccionamiento del contrato, lo habría celebrado en condiciones más favorables para el tomadorTomador. La empresa de seguros El Asegurador deberá devolver la prima cobrada en exceso por el período que falte por transcurrir, en un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación, deducida la comisión pagada al intermediario de seguros.

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