Despensa Cláusulas de Ejemplo

Despensa. 11. Otros conceptos que se pacten bilateralmente y que de forma expresa se determine que integran el salario.
Despensa. 10 Bis. Complemento de material Didáctico
Despensa. El Colegio proporcionará a los trabajadores administrativos, técnicos y manuales de base, por concepto de despensa la cantidad de $1,091.00 (Un mil noventa y un pesos 00/100 M.N.) mensuales por persona, la misma cantidad se aplicará al personal docente independientemente de la jornada laboral asignada (1/2 tiempo, 3/4 de tiempo y tiempo completo) y para el caso del personal que se le paga por horas/semana/mes se le pagará la cantidad de $27.30 (Veintisiete pesos 30/100 M.N.), esta cantidad aplicará exclusivamente de 1 a 19 horas.
Despensa. DESPENSA.- LA UNIVERSIDAD ENTREGARÁ A TODO SU PERSONAL ACADÉMICO EN ACTIVO Y JUBILADO, AFILIADO AL SINDICATO, UN BONO MENSUAL POR LA CANTIDAD DE $967.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, PARA LOS MAESTROS DE TIEMPO COMPLETO, Y $483.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, PARA LOS MAESTROS DE MEDIO TIEMPO, Y $144.00 (CIENTO CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, POR HORA/SEMANA/MES, PARA MAESTROS POR ASIGNATURA SIN REBASAR EL TOPE MÁXIMO DE $967.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.)
Despensa. LA UNIVERSIDAD" pagará al PERSONAL ACADÉMICO una despensa mensual en vales equivalentes a $800.00 (SON: OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M. N.) para obtener artículos básicos. Cantidad que le será otorgada al PERSONAL ACADÉMICO que labore 40 (cuarenta) hrs. s/m. Para el PERSONAL ACADÉMICO que labore medio tiempo o por horas, la despensa se otorgará en un monto proporcional al número de horas laboradas.
Despensa. “EL COBATAB” financieramente subsiste de recursos federales y estatales, siendo los primeros la base para el pago de las prestaciones laborales a que se obliga en este CCT, a otorgar bajo el soporte del presupuesto federal asignado para esta prestación, una ayuda de despensa por la cantidad de: - - - - - - - - - - - -
Despensa. La Comisión se obliga a otorgar por concepto de despensa a cada trabajador de base, la cantidad de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M. N), cada catorce días en efectivo, y, $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M. N.), mediante VALES de despensa los cuales serán entregados cada dos catorcenas. A los trabajadores Jubilados y Pensionados de esta entidad se les hará entrega de la misma cantidad cada dos catorcenas.
Despensa. 11. Otros conceptos que se pacten bilateralmente y que de forma expresa se determine que integran el salario. El trabajador académico percibirá unos u otros conceptos dependiendo de sus características específicas, establecidas en el presente Contrato Colectivo de Trabajo.
Despensa. La Universidad entregará la cantidad de $350.00 (trescientos cincuenta pesos) mensuales al Personal Académico de tiempo completo y tiempo exclusivo, $175.00 (ciento setenta y cinco pesos) mensuales para el Personal Académico de medio tiempo y de $9.72 (nueve pesos 72/100) por hora-semana-mes al Personal Académico de hora-semana-mes, por concepto de ayuda para despensa.
Despensa. 50.1. Cada mes, la Universidad otorgará al personal que labora tiempo completo, por concepto de ayuda de despensa, diez (10) xxxx xx xxxxxxx mínimo mensual vigente en la Ciudad de México en vales electrónicos de despensa. Al personal que labore tiempo parcial se le pagará la parte proporcional correspondiente.