Common use of DERECHOS DEL CLIENTE Clause in Contracts

DERECHOS DEL CLIENTE. EL CLIENTE tendrá lossiguientesderechos: (a)Recibirproductos y servicios con estándaresde seguridad y calidad de acuerdo con las condiciones ofrecidasy lasobligacionesasumidasporEL BANCO; (b)Tenera su disposicióninformacióntransparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propiasde cada uno de los productos y servicios ofrecidos o suministradospor EL BANCO, que le permita su comprensión y comparación frente a losproductos ofrecidos en el mercado; (c) Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte del BANCO; (d) Recibir una adecuada educación y orientación respecto de lasdiferentesformasde instrumentar losproductos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, losmercados y tipo de actividad que desarrolla EL BANCO y los mecanismos de protección establecidos para la defensa de susderechos; (e) Conocer gastos y tarifas que generan cada uno de los productos, servicios y la utilización de los canales; (f) Consultar de forma gratuita, al menosuna vez al mes, por los canales que la entidad señale, el estado de sus productos y servicios; (g) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, quejas o reclam os ante EL BANCO , el Defens or del Consumi do r Financi er o, la Superi nt end e n c i a Financiera de Colombia, los organismos de autorregulación; (h) Los demás derechos que se establezcan en la ley o en instrucciones de la Superintendencia Financiera de Colombia.

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DERECHOS DEL CLIENTE. EL CLIENTE tendrá lossiguientesderechosSin perjuicio de los derechos consagrados en las disposiciones legales vigentes, El Cliente tendrá, durante todos los momentos de su relación con Bancoomeva, los siguientes derechos: (a)Recibirproductos 1. En desarrollo del principio de debida diligencia, el Cliente tiene el derecho de recibir de Bancoomeva Productos y servicios Servicios con estándaresde estándares de seguridad y calidad calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidasy lasobligacionesasumidasporEL BANCO; (b)Tenera ofrecidas y las obligaciones asumidas por el Banco. 2. Tener a su disposicióninformacióntransparentedisposición, en los términos establecidos en la ley 1328 de 2009 y en las demás disposiciones de carácter especial, publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propiasde cada uno propias de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados. En particular, la información suministrada por Bancoomeva será de tal forma que permita y facilite su comparación y comprensión frente a los diferentes productos y servicios ofrecidos o suministradospor EL BANCO, que le permita su comprensión y comparación frente a losproductos ofrecidos en el mercado; (c) . 3. Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte del BANCO; (d) de Bancoomeva. 4. Recibir una adecuada educación y orientación respecto de lasdiferentesformasde las diferentes formas de instrumentar losproductos los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, losmercados así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados y tipo de actividad que desarrolla EL BANCO y Bancoomeva así como sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de susderechos; (e) Conocer gastos y tarifas que generan cada uno de los productos, servicios y la utilización de los canales; (f) Consultar de forma gratuita, al menosuna vez al mes, por los canales que la entidad señale, el estado de sus productos y servicios; (g) derechos. 5. Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclam os reclamos ante EL BANCO Bancoomeva, el Defens or Defensor del Consumi do r Financi er oConsumidor Financiero, la Superi nt end e n c i a Superintendencia Financiera de Colombia, Colombia y los organismos de autorregulación; (h) Los demás derechos que se establezcan en la ley o en instrucciones de la Superintendencia Financiera de Colombia.

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DERECHOS DEL CLIENTE. Sin perjuicio de los demás derechos consagrados en la ley, EL CLIENTE tendrá lossiguientesderechosdurante todos los momentos de su relación con EL BANCO, los siguientes derechos: (a)Recibirproductos y − En desarrollo del principio de debida diligencia, EL CLIENTE tiene el derecho de recibir de parte de EL BANCO productos y/o servicios con estándaresde estándares de seguridad y calidad calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidasy lasobligacionesasumidasporEL ofrecidas y las obligaciones asumidas por EL BANCO; (b)Tenera . − Tener a su disposicióninformacióntransparentedisposición, en los términos establecidos en la ley y en las demás disposiciones de carácter especial, publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propiasde cada uno propias de los productos y y/o servicios ofrecidos y/o suministradospor suministrados por EL BANCO. En particular, que le permita la información suministrada por EL BANCO deber permitir y facilitar a EL CLIENTE su comparación y comprensión y comparación frente a losproductos los diferentes productos y/o servicios ofrecidos en el mercado; (c) . − Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte del de EL BANCO; (d) . − Recibir una adecuada educación y orientación respecto de lasdiferentesformasde las diferentes formas de instrumentar losproductos los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, losmercados así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados y tipo de actividad que desarrolla EL BANCO y BANCO, así como sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de susderechos; (e) Conocer gastos y tarifas que generan cada uno de los productos, servicios y la utilización de los canales; (f) Consultar de forma gratuita, al menosuna vez al mes, por los canales que la entidad señale, el estado de sus productos y servicios; (g) derechos. − Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclam os reclamos ante EL BANCO BANCO, el Defens or defensor del Consumi do r Financi er oConsumidor Financiero, la Superi nt end e n c i a Superintendencia Financiera de Colombia, Colombia y los organismos de autorregulación; (h) . − Los demás derechos que se establezcan en la ley o en las instrucciones de que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.

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DERECHOS DEL CLIENTE. Sin perjuicio de los demás derechos consagrados en la ley, EL CLIENTE tendrá lossiguientesderechosdurante todos los momentos de su relación con EL BANCO, los siguientes derechos: (a)Recibirproductos y  En desarrollo del principio de debida diligencia, EL CLIENTE tiene el derecho de recibir de parte de EL BANCO productos y/o servicios con estándaresde estándares de seguridad y calidad calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidasy lasobligacionesasumidasporEL ofrecidas y las obligaciones asumidas por EL BANCO; (b)Tenera .  Tener a su disposicióninformacióntransparentedisposición, en los términos establecidos en la ley y en las demás disposiciones de carácter especial, publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propiasde cada uno propias de los productos y y/o servicios ofrecidos y/o suministradospor suministrados por EL BANCO. En particular, que le permita la información suministrada por EL BANCO deber permitir y facilitar a EL CLIENTE su comparación y comprensión y comparación frente a losproductos los diferentes productos y/o servicios ofrecidos en el mercado; (c) .  Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte del de EL BANCO; (d) .  Recibir una adecuada educación y orientación respecto de lasdiferentesformasde las diferentes formas de instrumentar losproductos los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, losmercados así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados y tipo de actividad que desarrolla EL BANCO y BANCO, así como sobre los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de susderechos; (e) Conocer gastos y tarifas que generan cada uno de los productos, servicios y la utilización de los canales; (f) Consultar de forma gratuita, al menosuna vez al mes, por los canales que la entidad señale, el estado de sus productos y servicios; (g) derechos.  Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclam os reclamos ante EL BANCO BANCO, el Defens or defensor del Consumi do r Financi er oConsumidor Financiero, la Superi nt end e n c i a Superintendencia Financiera de Colombia, Colombia y los organismos de autorregulación; (h) .  Los demás derechos que se establezcan en la ley o en las instrucciones de que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.

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DERECHOS DEL CLIENTE. EL CLIENTE tendrá lossiguientesderechos: (a)Recibirproductos y servicios con estándaresde seguridad y calidad A recibir el servicio de acuerdo con a los términos estipulados en el presente contrato. A un reconocimiento económico que corresponda al tiempo que el servicio no ha estado disponible, cuando la causa fuese imputable al prestador del servicio. A que no se varíe el precio estipulado en el contrato o sus Anexos, mientras dure la vigencia del mismo o no se cambien las condiciones ofrecidasy lasobligacionesasumidasporEL BANCO; de la prestación a través de la suscripción de nuevos Anexos Técnico (b)Tenera su disposicióninformacióntransparentes) y Comercial (es). A reclamar respecto de la calidad del servicio, claracobros no contratados, verazelevaciones de tarifas, oportuna y verificable, sobre las características propiasde cada uno de los productos y servicios ofrecidos o suministradospor EL BANCO, que le permita su comprensión y comparación frente irregularidades en relación a losproductos ofrecidos en el mercado; (c) Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio ante la Defensoría del Pueblo y/o al Centro de Atención y Reclamos de la Superintendencia de Telecomunicaciones. A reclamar de manera integral por parte los problemas de calidad tanto de la Prestación de servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet, así como por las deficiencias en el enlace provisto para brindar el servicio. En particular en los casos en que aparezca el “EL PROVEEDOR” como revendedor del BANCO; servicio portador. En este último caso, responderá EL PROVEEDOR plenamente a su abonado conforme a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, (d) Recibir una adecuada educación y orientación respecto de lasdiferentesformasde instrumentar losproductos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, losmercados y tipo de actividad que desarrolla EL BANCO y los mecanismos de protección establecidos para la defensa de susderechos; (e) Conocer gastos y tarifas que generan cada uno independientemente de los productos, servicios y la utilización acuerdos existentes entre los operadores o las responsabilidades ante las autoridades de telecomunicaciones). EL PROVEEDOR reconoce a sus clientes todos los canales; (f) Consultar de forma gratuita, al menosuna vez al mes, por los canales que la entidad señale, el estado de sus productos y servicios; (g) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, quejas o reclam os ante EL BANCO , el Defens or del Consumi do r Financi er o, la Superi nt end e n c i a Financiera de Colombia, los organismos de autorregulación; (h) Los demás derechos que se establezcan encuentran determinados en la ley Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y su Reglamento; el Reglamento para la prestación de Servicios de Valor Agregado y la Resolución No. 216-09-CONATEL-2009. EL PROVEEDOR no podrá bloquear, priorizar, restringir o en instrucciones discriminar de modo arbitrario y unilateral aplicaciones, contenidos o servicios, sin consentimiento expreso del CLIENTE o de autoridad competente. Sin embargo, si el CLIENTE así lo requiere, el PROVEEDOR podrá ofrecer el servicio de control y bloqueo de contenidos que atenten contra la Ley, la moral o las buenas costumbres, debiendo informar al usuario el alcance, precio y modo de funcionamiento de estos y contar con la anuencia expresa del CLIENTE. Cuando se utilicen medios electrónicos para la contratación, se sujetarán a las disposiciones de la Superintendencia Financiera Ley de ColombiaComercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Valor