Common use of Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil Clause in Contracts

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará al asegurado, quedando éste en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 euros por siniestro.

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Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura cobertura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procuradores que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones reclamacio- nes fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará comunicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa defen- sa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias nece- sarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 6.100 euros por siniestro.

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Samples: www.regal.es

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura cobertura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procuradores que defenderán defende- rán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones reclamacio- nes de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones reclamacio- nes fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión deci- sión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con- formarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará comunicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado obli- gado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR PLUS Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 6.100 euros por siniestro.

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Samples: www.libertyseguros.es

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura cobertura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensasexpen- sas, la direc- ción dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procuradores que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones actua- ciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se compro- metiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará comunicará al asegurado, quedando éste en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 euros por siniestro.

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Samples: Condiciones Generales

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procura- dores que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 6.100 euros por siniestro.

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Samples: www.libertyseguros.es

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procura- dores que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener te- ner que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado ase- gurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 euros 6.100 eu- ros por siniestro.

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Samples: www.spanjeverzekering.com

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura cobertura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procuradores que defenderán y representarán al asegurado ase- gurado en las actuaciones judiciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrariopreci- sos. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará comunicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 6.100 euros por siniestro.

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Samples: www.regal.es

Defensa jurídica del asegurado en la cobertura de responsabilidad civil. En cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la cober- tura co- bertura de responsabilidad civil en la póliza, el asegurador asumirá, a sus expensas, la direc- ción dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando los letrados y procurado- res procuradores que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales ju- diciales que se le siguieren en reclamaciones de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. De igual forma, queda garantizada la defensa y representación del asegurado en causas criminales. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndo- se compro- metiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. La prestación de defensa y representación en causas criminales será potestativa del asegu- rador, salvo que, en la póliza se haya pactado lo contrario. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, el asegurador se reserva re- serva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si el asegurador estima inviable la reclamación o la interposición de un recurso, lo comu- nicará comunicará al asegurado, quedando éste este en libertad para interponerlo por su exclusiva ex- clusiva cuenta y aquel obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado abo- gado y procurador, en el supuesto de que el recurso prosperase. LIBERTYHOGAR Cuando se produjera algún conflicto entre el asegurado y el asegurador motivado por tener que sustentar ésta esta en el siniestro intereses contrarios a la defensa del asegurado, el asegura- dor asegurador lo pondrán en conocimiento del asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sea necesarias para la defensa. En este caso el asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por el asegurador o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, el asegurador quedará obligado a abonar los gas- tos gastos de tal dirección jurídica hasta el límite de 6.050 6.100 euros por siniestro.

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