Common use of DE LAS PENALIDADES Clause in Contracts

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx en la ejecución de la Obra. En caso de retraso injustificado en la entrega de la obra, LA MUNICIPALIDAD aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento. La penalidad se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Donde: F = 0.40, para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F = 0.15, para plazos mayores a sesenta (60) días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Penalidad por demora en la presentación de la Liquidación de Contrato. En caso que EL CONTRATISTA presentara a LA MUNICIPALIDAD su Liquidación de Contrato en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente de la Recepción de la Obra, se le aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle : Para Adjudicaciónes de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 de la UIT Para Adjudicaciónes Directas Selectivas Penalidad = 0.25 de la UIT

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Ejecucion De Obra a Precios, Contrato De Ejecucion De Obra a Suma Alzada Proceso De Selección

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx en la ejecución de la Obra. En caso de retraso injustificado en la entrega de la obra, LA MUNICIPALIDAD EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES aplicará al a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento. La penalidad se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días del Contrato Donde: F = 0.40, 0.40 (para plazos menores o iguales a sesenta (6060 días) días F = 0.15, 0.15 (para plazos mayores > a sesenta (6060 días) días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES podrá resolver el contrato por incumplimiento. Penalidad por demora en la presentación de la Liquidación de Contrato. En caso que EL CONTRATISTA presentara a LA MUNICIPALIDAD al GOBIERNO REGIONAL TUMBES su Liquidación de Contrato en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente de la Recepción de la Obra, se le aplicará aplicara una penalidad de acuerdo al siguiente detalle detalle: Para Adjudicaciónes Adjudicaciones de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 0.30 de la UIT Para Adjudicaciónes Adjudicaciones Directas Selectivas Penalidad = 0.25 0.50 de la UIT

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Ejecucion De Obra

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx en la ejecución de la Obra. 15.1 En caso de retraso injustificado en la entrega ejecución de la obralas prestaciones objeto del Contrato, LA MUNICIPALIDAD PROVIAS NACIONAL le aplicará al a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final final, o en la liquidación final; o si fuese necesario necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías Garantías a que se refiere el Artículo 222° de fiel cumplimiento. La EL REGLAMENTO; en todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 x Monto Penalidad diaria = 0.10 x Monto ------------------------------------------ F x Plazo en días DondeDonde F tendrá los siguientes valores: F = 0.40, para Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F = 0.15, para F= 0.40 Para plazos mayores a sesenta (60) días F= 0.15 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD la Entidad podrá resolver el contrato Contrato de Ejecución de Obra por incumplimiento. Penalidad por demora Si EL CONTRATISTA demuestra deficiencia, negligencia o insuficiencia en la presentación el control de las actividades que ejecuta, PROVIAS NACIONAL solicitará el cambio de la Liquidación persona o personas responsables de Contratoello. En caso que Si se repitiera por segunda vez esta situación, PROVIAS NACIONAL podrá resolver unilateral y administrativamente este Contrato observando las formalidades consignadas en el Artículo 41° de LA LEY y Artículo 226° de EL CONTRATISTA presentara a LA MUNICIPALIDAD su Liquidación de Contrato en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente de la Recepción de la Obra, se le aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle : Para Adjudicaciónes de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 de la UIT Para Adjudicaciónes Directas Selectivas Penalidad = 0.25 de la UITREGLAMENTO.

Appears in 1 contract

Samples: Bases De Licitación Pública Para La Ejecución De Obras

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx 9.1. La demora injustificada en la ejecución de la Obra. En caso cualquiera de retraso injustificado en la entrega las prestaciones a cargo de la obraEL CONTRATISTA, LA MUNICIPALIDAD aplicará al CONTRATISTA generará automáticamente, sin que haga falta requerimiento intimación alguna, una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) 10% del monto contractual; la penalidad se calculará por cada día de atraso en la entrega total o parcial según lo establecido en el Artículo 222 del D.S. 084-2004-PCM. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento. La penalidad se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días Donde: F = 0.40, para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F = 0.15, para plazos mayores a sesenta (60) días Cuando cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD la CMAC CUSCO S.A. podrá resolver el contrato por incumplimientoincumplimiento del mismo. Penalidad por demora en la presentación 9.2. Siendo el presente contrato uno de prestaciones parciales, es potestad de la Liquidación CMAC CUSCO S.A., aplicar las penalidades, no sobre el valor total del contrato, sino únicamente sobre la parte del valor proporcional que le corresponda conforme a la oferta a la que se adjudicó la buena pro; siempre y cuando el CONTRATISTA previamente consienta, por escrito, que la demora o resolución parcial se produjo por causa imputable a él y/o se desista del recurso o proceso que se hubiera iniciado sobre el particular. X. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 10.1. Este contrato podrá ser resuelto por el incumplimiento de Contratocualquiera de las obligaciones de las partes. En caso También lo podrá ser por aquellas causas que EL CONTRATISTA presentara no estando pactadas en este contrato, sean inherentes o naturales a LA MUNICIPALIDAD su Liquidación la prestación del servicio contratado. 10.2. El procedimiento a seguir para la resolución de Contrato contratos será el establecido en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente de la Recepción de la Obra, se le aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle : Para Adjudicaciónes de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 de la UIT Para Adjudicaciónes Directas Selectivas Penalidad = 0.25 de la UITArtículo 41º del D.S. N° 083-2004-PCM. XI.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Limpieza

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx EL CONTRATISTA que incurra en retraso injustificado en la ejecución de la Obra. En caso de retraso injustificado en la entrega de la obraprestación objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD automáticamente se le aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día calendario de atrasoretraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto contractual. Esta penalidad será deducida del contrato vigente, cuando se llegue a cubrir el monto máximo, La Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento en concordancia con el Artículo 225°, debiendo proceder de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación finalacuerdo al Artículo 226°; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de cuyo efecto traerá consigo la ejecución de las garantías la garantía de fiel cumplimientoFiel Cumplimiento del contrato, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados. La En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 X monto del Contrato Penalidad diaria = 0.10 x Monto ------------------------------- F x Plazo en días Donde: F = 0.40, para plazos menores o iguales a sesenta (60) 0.40 cuando el plazo de ejecución de la obra es menor igual que 60 días. Plazo en días F = 0.15, para plazos mayores a sesenta (60) días Plazo Contratado Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimientoincumplimiento del contratista. Penalidad por demora Si EL CONTRATISTA demostrara deficiencia, negligencia o insuficiencia en la presentación el control de las actividades de la Liquidación de Contrato. En caso que EL CONTRATISTA presentara a construcción, LA MUNICIPALIDAD su Liquidación de Contrato en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde solicitará el día siguiente cambio de la Recepción persona o personas responsables de ello. Si se repitiera por segunda vez esta situación, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver unilateral y administrativamente este Contrato de obra. El cumplimiento de todas las obligaciones contractuales estará a cargo de la Sub Gerencia de DUPO por intermedio del Inspector o Supervisor de Obra, se le aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle : Para Adjudicaciónes de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 de la UIT Para Adjudicaciónes Directas Selectivas Penalidad = 0.25 de la UIT.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Ejecucion De La Obra

DE LAS PENALIDADES. 15.01 Penalidad por xxxx en la ejecución de la Obra. 12.1 En caso de retraso injustificado en la entrega ejecución de la obralas prestaciones objeto del Contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará al a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) 10% del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final final, o en la liquidación final; o si fuese necesario necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías Garantías a que se refieren los Artículos 222° del Reglamento de fiel cumplimiento. La la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; en todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 x Monto Penalidad diaria = 0.10 x Monto ------------------------------------------ F x Plazo en días DondeDonde F tendrá los siguientes valores: F = 0.40, para Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F = 0.15, para F= 0.40 Para plazos mayores a sesenta (60) días F= 0.15 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD la Entidad podrá resolver el contrato Contrato por incumplimiento. Penalidad por demora Si EL CONTRATISTA demuestra deficiencia, negligencia o insuficiencia en la presentación el control de las actividades que ejecuta, LA MUNICIPALIDAD solicitará el cambio de la Liquidación persona o personas responsables de Contratoello. En caso que EL CONTRATISTA presentara a Si se repitiera por segunda vez esta situación LA MUNICIPALIDAD su Liquidación de , podrá resolver unilateral y administrativamente este Contrato observando las formalidades consignadas en un Plazo mayor a 60 Días Naturales, contabilizados desde el día siguiente los artículos 40° de la Recepción Ley y 226° del Reglamento de la ObraLey Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se le aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle : Para Adjudicaciónes de Menor Cuantía Penalidad = 0.15 de la UIT Para Adjudicaciónes Directas Selectivas Penalidad = 0.25 de la UITanteriormente mencionado.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Ejecucion De La Obra