GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único. Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será valida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 21.1 El oferente deberá presentar como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de la oferta. 21.2 La garantía de mantenimiento de la oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la garantía de mantenimiento de la oferta, estas se convertirán en lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 34.1 de las IAO. 21.3 La garantía de mantenimiento de la oferta deberá: (a) Ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) Permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO. 21.4 La garantía de mantenimiento de la oferta podrá ser: (a) Garantía bancaria emitida por una institución debidamente autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CNBS); (b) Fianza emitida por una institución debidamente autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); (c) Cheque certificado; bonos del estado representativos de obligaciones de deuda pública, que fueren emitidos de conformidad con la Ley de Crédito Público. 21.5 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una garantía de mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el comprador por incumplimiento. 21.6 La garantía de mantenimiento de la oferta de los oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas, será devuelta inmediatamente después de que el oferente seleccionado suministre su garantía de cumplimiento. 21.7 La garantía de mantenimiento de la oferta se podrá hacer efectiva si: (a) El oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el oferente en la oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) El oferente seleccionado no acepta las correcciones al precio de su oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) Si el oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) Firmar el contrato; o (ii) Suministrar la garantía de cumplimiento solicitada. 21.8 La garantía de mantenimiento de la oferta de un consorcio deberá ser emitida en nombre del consorcio que presenta la oferta.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 20. Formato y Firma de la Oferta
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. El Oferente deberá asegurar el mantenimiento de la Oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del Licitante, constituida por el UNO POR CIENTO (1%) del importe del presupuesto oficial de la obra que se licite, conforme se determine en el PCP. Los Oferentes están obligados a mantener sus Ofertas por un plazo de NOVENTA (90) días hábiles administrativos siguientes a la apertura, bajo apercibimiento de tenerla por desistida. Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sin necesidad de requerimiento hasta el momento de la adjudicación, salvo que el Oferente desista de la misma, mediante presentación por escrito, QUINCE (15) días hábiles administrativos antes del vencimiento de alguno de los períodos. Si desistiere de la Oferta en un período en el que se había comprometido mantenerla, perderá la garantía de mantenimiento de la Oferta.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 17.1 Las licitaciones públicas en los Estados Unidos Mexicanos (México) no requieren la presentación de garantías de seriedad o garantías de mantenimiento de Oferta para ser consideradas, facilitando así la presentación de Ofertas por medios electrónicos 18.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Garantía de la Oferta, si así se estipula en los DDL.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. (Art. 78º inc. a) del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. 8.1 De conformidad con la subcláusula 5.2 de las CGL, el Licitante presentará como parte de su oferta, una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto que se especifique en las CEL.