Common use of Cumplimiento de plazos Clause in Contracts

Cumplimiento de plazos. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Universidad, en su caso. Si llegado el término del plazo total citado, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Universidad podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Universidad. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Universidad, originados por la demora del contratista.

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares. Acuerdo Marco, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares. Acuerdo Marco, mnhlicitaciones.com

Cumplimiento de plazos. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Universidadsus prorrogas, en su caso. Si llegado el término del plazo total citado, el contratista Contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Universidad Cofivacasa podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del contratista Contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la UniversidadCofivacasa. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del contratista Contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Universidadel Cofivacasa, originados por la demora del contratistaContratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Reguladoras Particulares Para El Contrato De Servicios De Seguridad Y Vigilancia

Cumplimiento de plazos. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Universidad, en su caso. Si llegado el término del plazo total citado, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Universidad podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Universidad. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Universidad,, originados por la demora del contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratos De Servicios

Cumplimiento de plazos. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Universidad, 1 al PCUVa en su caso. Si llegado el término del plazo total citado, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Universidad el PCUVa podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Universidaddel PCUVa. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato contrato, IVA incluido, y cuando el incumplimiento del contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Universidad, el PCUVa originados por la demora del contratista.

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Samples: mnhlicitaciones.com

Cumplimiento de plazos. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la UniversidadBOS, en su caso. Si llegado el término del plazo total citado, el contratista hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Universidad BOS podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Éstas serán diarias, en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. En todo caso, la constitución en demora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la UniversidadBOS. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del contratista se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la UniversidadBOS, originados por la demora del contratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Reguladoras Particulares Para Contratos De Servicios