CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
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Sources: Contract for Specialized Technical Assistance Services
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos El plazo para la prestacion del servicio será de dos meses dentro de la recepción vigencia del contrato, la cual iniciará a partir de su firma y aceptación hasta el 30 de noviembre del 2018, considerando que el periodo de exhibición será de 2 meses, pudiendo ser éstos continuos o discontinuos. Las actividades relacionadas con el servicio objeto de esta invitación, se realizarán en las Ciudades de Queretaro y Puebla, de acuerdo a las necesidades para la realización del servicio. Los entregables y/o productos generados por el servicio prestado objeto de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ presente invitación, deberán entregarse y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física revisarse con la persona que designe EL FIDEICOMISO ubicada en ▇▇▇ . ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇, Plaza Inn, Nivel Paseo, Locales 11 y 12, Col. Guadalupe Inn, ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funcionesC.P. 01020. Una vez realizado el pago, dentro de recibidos los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismoservicios, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro FIDEICOMISO dispondrá de un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a diez días hábilesfin de que el proveedor pueda emitir y entregar su comprobante fiscal digital por internet (CFDI) y su complemento o bien, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución al término de Banca de Desarrollo. El pago de este plazo EL FIDEICOMISO deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas en los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago para que el prestador deba efectuar proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe con el proceso de pago. EL FIDEICOMISO impondrá al proveedor una deductiva por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionalescada camión que no cuente con el servicio de Red WIFI Móvil sobre el valor total de cada servicio y solo pagará los Servicio de Red WIFI Móvil que efectivamente cuente cada autobús urbano. Los montos correspondientes a las deductivas se aplicarán sobre el valor de la factura que el proveedor presente para su cobro, en el entendido inmediatamente después de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni EL FIDEICOMISO tenga cuantificada la contabilización de las mismas deducción correspondiente y haya sido notificada al hacer efectiva la garantía de cumplimientoproveedor por escrito.
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CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos Las deductivas serán descontadas del CFDI que se encuentre pendiente de pago. En ningún caso el pago por concepto de deducciones podrá negociarse en especie. Anticipo: No se darán anticipos Garantía de cumplimiento: De conformidad con lo establecido en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de “LA LEY”, para garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contraiga en virtud del instrumento contractual que se derive del procedimiento de contratación, deberá entregar garantía en favor de la recepción y aceptación Tesorería de la factura podrá ser remitida Federación fianza divisible otorgada por institución de fianzas o de seguros autorizada para expedirla, equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual que corresponda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá entregar a más tardar dentro de los correos 10 (diez) días naturales siguientes a su firma. Deberá entregarse en la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones, de la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇.▇ ▇▇. ▇▇, ▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇ ▇.▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇. ▇▇▇▇▇ Demarcación Territorial ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ teléfono ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director , ext. 6983 y 6930, o bien a los correos electrónicos que se le indiquen, la garantía de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones. Una vez realizado el pago, dentro mérito deberá estar vigente hasta la total aceptación de los tres días posteriores a éstebienes, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la arrendamientos o prestación de los servicios, conforme con lo establecido en el presente documento. El prestador de servicios y/queda obligado a mantener vigente la fianza mencionada, durante el plazo para la prestación del servicio y hasta en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del instrumento contractual y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme por autoridad competente, en la inteligencia de los servicios no entregados o no prestados oportunamenteque dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder Dicha garantía deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia. En caso de rescisión del monto instrumento contractual la aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo será de manera proporcional al monto de las obligaciones no cumplidas. En el caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer “LA SECRETARÍA” hiciera efectiva la garantía de cumplimiento.fianza, se lo comunicará por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y a la afianzadora, obligándose a que la fianza permanezca vigente hasta que
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CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos El contrato a celebrar para BANCOMEXT iniciará su vigencia a la fecha de su firma, y de conformidad con el quinto párrafo del artículo 84 del Reglamento de la recepción y aceptación LAASSP, el inicio de la factura podrá ser remitida los servicios será a los correos partir del día siguiente del fallo concluyendo ambos al 31 de diciembre de 2022. El contrato a celebrar para NAFIN iniciará su vigencia el 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ del 2022. Los plazos para la entrega de los servicios se encuentran detallados en el Anexo 1 de la presente convocatoria y la entrega de los servicios será realizada en los siguientes domicilios: BANCOMEXT: ▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. ▇▇▇▇▇, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México. NAFIN: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, C.P. 0109001020, Alcaldía Demarcación Territorial ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México. Los productos generados por el servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse a la persona que designen NAFIN y BANCOMEXT en un horario las instalaciones de 9:30 a 13:30 horascada una de ellas. El licitante ganador deberá entregar los insumos con las especificaciones, Liccaracterísticas solicitadas por NAFIN, junto con la copia del pedido y remisión correspondiente. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo respuesta (Sustitución y/o funcionescambio de productos en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los insumos. Una vez realizado recibido el servicio, las áreas requirentes dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales para la revisión y en su caso aceptación de las facturas (CFDI) y en caso de que aplique, su complemento en XLM contra las remisiones correspondientes, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas para que éste realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de generar el CFDI (comprobante fiscal digital por internet) correcto basado en la remisión autorizada, para dar seguimiento al proceso de pago. La transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el lugar de entrega, serán por cuenta y riesgo del proveedor; por lo que el licitante será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales. En virtud de que el personal del licitante que resulte ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los tres días posteriores daños y perjuicios que pudiera ocasionar a éstelos inmuebles, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción al equipo propiedad o bajo custodia de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53LAS INSTITUCIONES, párrafo primero al personal de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios LAS INSTITUCIONES y/o a terceras personas. Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad del proveedor o arrendados por éste, que destine para llevar a cabo la prestación del servicio objeto de esta invitación dentro de las instalaciones de LAS INSTITUCIONES, será de exclusiva responsabilidad del proveedor por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, ya que en ningún caso LAS INSTITUCIONES o su personal serán responsables de los servicios no entregados daños o no prestados oportunamentepérdidas que lleguen a sufrir los referidos equipos. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder Las obligaciones que contraiga el licitante ganador derivadas de los contratos que se formalicen, tendrán el carácter de divisibles. En caso de incumplimiento por parte del monto licitante ganador a las obligaciones que tenga pactadas, se aplicará la pena por incumplimiento establecida en el punto 3.9.11 de la presente convocatoria y en su defecto, se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimientocontratos.
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CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: El contrato que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por monto (mínimo y máximo), según corresponda con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley y 85 de su Reglamento. Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al prestador del servicio en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Derivado de la vigencia del contrato, se realizarán 10 pagos por concepto de atención a los asuntos asignados al despacho laboral, de acuerdo a los servicios que se hayan devengado en el mes objeto de pago, el cual podrá ser variable atendiendo las demandas recibidas y la conclusión de los que sean encomendados. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida factura: 1. Deberá enviarse Vía correo electrónico al titular de Subdirección de Asuntos Contenciosos y Penales, o a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física quien lo sustituya en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇el cargo, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 así como a 13:30 horas, la Lic. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director Tovar Martínez, Gerente de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funcionesINVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.IA-006HJO001-E20-2019
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Sources: Legal Services Agreement
CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: El contrato que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por un monto mínimo de $1,440,000.00 y un monto máximo de $3,600,000.00 más IVA, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley y 85 de su Reglamento. Forma de pago: El Banco del Bienestar pagará al proveedor contra entrega de “El servicio” por cada una de los sitios atendidos, a entera satisfacción, en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura, al área técnica, es decir a la Gerencia de Administración Inmobiliaria; Ing. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. o quienes estos designen para tal fin dicho plazo el proveedor podrá hacer exigible el pago. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida indicar lo siguiente: 1. Lugar, medio y horario para su recepción: Por correo electrónico a los correos la Gerencia de Administración Inmobiliaria (▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos ) o quien lo sustituya en el cargo y/o funcionessu encargo en horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores 2. Documentos que deben acompañarse a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base la factura: Los entregables señalados en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco numeral 9 del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimientopresente anexo.
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Sources: Service Agreement
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos 5.3.1 Establecer canales de comunicación eficaces entre el o los Administradores de Contrato y personas de Enlace delegadas por la CEPA, que permitan viabilizar las diferentes funciones, responsabilidades, actividades y acciones que van implícitas en la administración del contrato por parte del Contratista.
5.3.2 Celebrar un Contrato Individual de Trabajo con cada uno de los empleados, el cual deberá tener un plazo igual a la vigencia del período contratado de los servicios. Los cuales deberán ser entregados en la primera quincena del mes de febrero 2015.
5.3.3 En el término de 15 días de haber iniciado su período contractual, deberá gestionar los trámites de inscripción del personal en el ISSS e Instituciones Previsionales respectivas, para que los trabajadores gocen de esta prestación.
5.3.4 Llevar un expediente por cada uno de los empleados, el cual deberá contener los documentos que establezca la CEPA, debiendo el Contratista alimentar la información oportunamente al expediente original de la recepción CEPA y aceptación FENADESAL.
5.3.5 Cancelar al personal su sueldo mensual en pagos quincenales, cuyo monto promedio mensual se estima en cada uno de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@lotes, como sigue: N° de lote Nombre del lote Área N° de personal Monto mensual US$ 1 Aeropuerto Internacional El ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇▇ Terminal de Carga 46 28,668.87 Departamento de Seguridad 165 93,540.00 Departamento de Operaciones 4 2,166.00 Departamento Administrativo 5 2,887.33 ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇,▇▇▇.▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder Departamento de Seguridad 41 21,945.06 Departamento de Operaciones 21 18,275.43 Departamento Administrativo 13 10,977.73 3 Oficina Central Departamento de Administración de Personal 15 9,845.12 4 FENADESAL Departamento Administrativo 14 6,650.15 PROMEDIO TOTAL MENSUAL EN US$ 197,700.56
5.3.6 Ejercer el control de asistencia del monto personal, con el apoyo del área de recursos humanos de cada empresa, para el cálculo de planillas.
5.3.7 Elaborar quincenalmente las planillas para el pago de salarios al personal, de acuerdo a programación presentada en Calendario de Pago proporcionado por la Gerencia de Administración y Desarrollo del Recurso Humano de CEPA.
5.3.8 Debiendo proporcionar un archivo electrónico en Excel que contenga el desglose pormenorizado de los cálculos realizados en la elaboración de la garantía planilla del personal administrado.
5.3.9 Pagar las prestaciones de cumplimiento acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo vigente.
5.3.10 Realizar los pagos de salarios al personal en la hora y fechas calendarizadas, no debiendo exceder el respectivo pago de las 11:00 a.m. del contratodía establecido; además el Contratista deberá:
5.3.11 Entregar a cada trabajador la correspondiente Boleta de Pago, al momento de firmar las planillas.
5.3.12 Realizar todos los trámites necesarios para efectuar el pago de planilla de salarios quincenales por medio de sistema electrónico, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva banco que la CEPA indicará y de acuerdo a calendarización establecida por ésta. Así mismo, en los casos especiales que puedan modificarse la fecha de pago, de acuerdo a instrucciones de la Gerencia General de CEPA, previa comunicación al Contratista por el derecho Administrador de tomar Contrato.
5.3.13 Obtener las acciones pertinentes dentro firmas de los trabajadores en las correspondientes planillas de pago quincenales, en coordinación con el apoyo del marco legalSupervisor designado.
5.3.14 Realizar pagos a Instituciones Previsionales y Sociales en los periodos establecidos por las leyes vigentes.
5.3.15 Presentar al Administrador de Contrato, copia de planillas y sus anexos, incluyendo cotizaciones patronales realizadas a las Instituciones Previsionales y Sociales en el mes siguiente a la cancelación de los mismos.
5.3.16 Efectuar los pagos a Instituciones Crediticias respetando las fechas establecidas en la Orden de Descuento, para iniciar que el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas personal no incurra en multas o intereses por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o atrasos, y proporcionar a los trabajadores el recibo original de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho pagos realizados al momento de firmar la planilla. Caso contrario la Contratista será responsable de cancelar intereses que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar genere el pago tardío.
5.3.17 Emitir y firmar documentos requeridos por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismolos trabajadores, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor máximo de tres (3) días hábiles posterior a diez días hábilesla fecha solicitada, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestartales como: Constancias de Tiempo de Servicio, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto Constancias ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales▇▇, en Ordenes de Descuento a favor de Instituciones Financieras, Procuraduría General de la Republica, Juzgados de Familia y otros.
5.3.18 Efectuar pago de viáticos y trabajos adicionales, al personal autorizado para realizar misiones de trabajo fuera de la sede, de acuerdo a lo que establezca el entendido Reglamento de Viáticos de CEPA.
5.3.19 Efectuar pago por jornadas extraordinarias y otros recargos según el Código de Trabajo vigente, al personal autorizado por el Administrador de Contrato para realizar dicho trabajo.
5.3.20 Pago por trabajos adicionales: de acuerdo a las eventualidades o necesidades imprevistas que en surjan, previa autorización del Administrador de Contrato de cada Empresa de CEPA, con el supuesto Visto Bueno de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización cada Gerente de las mismas al empresas de CEPA.
5.3.21 Al vencimiento del año fiscal, deberá presentar la documentación siguiente:
a) Entregar Constancias del Impuesto Retenido sobre la Renta a los trabajadores, para su respectiva Declaración, a más tardar el 31 de enero del siguiente año. Caso contrario la CEPA se reserva el derecho de hacer efectiva la garantía Garantía de cumplimientoCumplimiento de Contrato y el listado de firmas donde se haga constar que ha entregado a los empleados las referidas constancias.
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Sources: Licitación
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos La vigencia de la recepción y aceptación los servicios es de la factura podrá ser remitida cinco meses contados a los correos partir del 1º. ▇▇ ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ de 2018 y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o hasta el 31 de manera física diciembre de 2018, las actividades relacionadas con los servicios, se realizarán en los domicilios descritos en el punto 6.4 del Anexo Técnico y se deberán entregar de acuerdo a las fechas establecidas en la Relación de Entregables que se integra en el AnexoTécnico, en la Coordinación General de Archivos, adscrita a la Dirección de Adquisiciones y Servicios, en las instalaciones de NAFIN ubicadas en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇, ▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Inn, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 01020, Ciudad de México. Los entregables generados por el servicio prestado objeto de esta invitación, se entregarán a la atención de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, Coordinador General de Archivos en un horario de 9:30 a 13:30 horasel domicilio Insurgentes Sur 1971 ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇, Lic▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director , C.P. 01020, Ciudad de Recursos Humanos México; Una vez recibidos los servicios, el área requirente dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que el proveedor pueda emitir y entregar su CFDI Electrónico o quien lo sustituya bien, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas en los servicios para que el cargo proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de pago. En virtud de que el personal del licitante ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de NAFIN, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de NAFIN, al personal de NAFIN y/o funcionesa terceras personas. Una vez realizado el pagoTodo daño, dentro robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los tres días posteriores a equipos propiedad del proveedor o arrendados por éste, el PROVEEDOR deberá entregar que destine para llevar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de cabo la prestación de los servicios y/objeto de esta invitación dentro de las instalaciones de NAFIN, será de exclusiva responsabilidad del proveedor por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, ya que ningún caso NAFIN o su personal serán responsables de los servicios no entregados daños o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de pérdidas que lleguen a sufrir los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimientoreferidos equipos.
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Sources: Contratación De Servicio De Administración De Archivo
CONDICIONES CONTRACTUALES. Modalidad del contrato: Abierto por monto. PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD MENSUAL 1 Guardia y custodia ▇▇ ▇▇▇▇▇ de archivo Caja 41,000 mínimo 86,250 máximo Forma de pago: BANSEFI efectuarán el pago al proveedor en moneda nacional y mediante Aplicación Integral de Transferencia Electrónica de Fondos (AITEF), dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI); factura en representación .pdf; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura. Los pagos se realizarán mensualmente por servicios prestados, contra entrega de manifiestos de envíos y recolecciones realizadas, dicho pago se llevará a cabo dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación y aceptación de la factura, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), al Área requirente, se llevará a cabo mediante transferencia bancaria de acuerdo a los datos que proporcione el proveedor del servicio. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará las deficiencias que deberá corregir; hasta que proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, D.F., en un horario de 9:30 a 13:30 horas, CONDICIONES CONTRACTUALES Lic. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Subdirectora de Adquisiciones y Contratación de Servicios ▇▇▇▇▇▇ Director ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ Gerente de Recursos Humanos o quien lo sustituya Servicios Administrativos O quién las suceda en el cargo y/o funcionesLa factura no vendrá acompañada de ningún documento, dado que la recepción de la documentación soporte se hace de manera electrónica. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, pago el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR área requirente solicitará al proveedor el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Penas convencionales: Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco la pena convencional que se aplicará por atraso en el cumplimiento del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2Contrato será a razón del 2 % (dos por ciento) del diario, calculado sobre el monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios prestados con atraso, dicha pena no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR después de este supuesto BANSEFI se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar rescindir el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionalesconvencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas estas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a BANSEFI, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo. En este supuesto no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por BANSEFI. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la LAASSP, en ningún caso se aceptará la estipulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales a cargo de BANSEFI. BANSEFI podrá, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del Contrato materia de la rescisión.
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Sources: Service Agreement
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos El plazo para la entrega de los bienes a arrendar se encuentran detallados en los puntos 3.2.1 del Anexo 1 de la recepción y aceptación presente convocatoria denominado Anexo Técnico, será de la factura podrá ser remitida acuerdo a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o niveles de manera física servicio establecidos en el puntos 3 de este mismo anexo, entrega que será realizada en las instalaciones de NAFIN ubicadas en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇. ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇, ▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Inn, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, C.P. 01020, Ciudad de México, México y en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic▇▇. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director 1956, Piso 1, Bellavista, Metepec, Estado de Recursos Humanos México, CP 52172. Una vez recibidos los bienes a arrendar, el área requirente dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que el proveedor pueda emitir y entregar su CFDI electrónico o quien lo sustituya bien, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas en los bienes a arrendar para que el cargo proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de pago. En virtud de que el personal del licitante ganador realizará actividades dentro de las instalaciones de NAFIN, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia de NAFIN, al personal de NAFIN y/o funcionesa terceras personas. Una vez realizado El proveedor será el pagoresponsable de contratar y mantener asegurados el 100% de sus equipos contra robo total o parcial, dentro así como daños físicos totales o parciales a partir de su ingreso a las instalaciones de NAFIN y hasta la conclusión del contrato y retiro de las instalaciones, liberando a NAFIN de cualquier responsabilidad ya que en ningún caso NAFIN o su personal serán responsables de los tres días posteriores daños o perdidas que lleguen a éstesufrir los referidos equipos. Las obligaciones que contraiga el licitante ganador derivadas del contrato que se formalice, tendrán el PROVEEDOR deberá entregar carácter de indivisibles. En caso de incumplimiento por parte del proveedor a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base las obligaciones que tenga pactadas, se aplicará la pena por incumplimiento establecida en el artículo 53, párrafo primero punto 3.9.10 de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación de los servicios y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimientopresente convocatoria.
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Sources: Contratación De Arrendamiento De Equipos De Telecomunicaciones
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos incumplimientos, así como de hacer cumplir los plazos indicados en el presente documento. Procedimiento para determinar la devolución o rechazo y/o los incumplimientos en la prestación de “El servicio”. La devolución o rechazo y/o los incumplimientos de “El servicio”, será comunicada a “El proveedor” a más tardar el día hábil siguiente, señalando las razones que los motivaron, las cuales deberán estar vinculadas a las condiciones establecidas en el contrato, indicando el plazo para su reposición o corrección. Av. Río de la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia No. 115 Colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, ▇ Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ C.P. 01090, Ciudad de MéxicoMéxico En relación con la Convocatoria para “ ” No. IA-006HJO001-E 2020, en un horario a nombre de 9:30 (nombre del licitante) a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇continuación me permito desglosar el costo que ofertamos: Sub partida DESCRIPCIÓN UNIDAD PRECIO UNITARIO IVA TOTAL 1 Mantenimiento menor y conservación de piso existente por la desinstalación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ automático. Se deberá dejar en óptimas condiciones el lugar de piso conforme a lo siguiente: Mantenimiento de elementos dañados con las mismas características, con que cuentan actualmente que son: base de 1.00 m de largo x 1.20 m con un espesor mínimo de 26.0 cm o base de 1.00 m X 1.00 m. para anclaje ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Automático; incluye trazo, nivelación, aditivos, curado, etc. en una resistencia de concreto a 250 Kg/cm2. Pieza 2 Mantenimiento menor y conservación de instalación y montaje de tierra física por la desinstalación ▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contratoautomático. En caso que se detectar que la tierra física no proporciona la seguridad suficiente, por cada día natural de atraso en el inicio se deberá proceder a la sustitución de la prestación existente, conforme a lo siguiente: Incluye: electrodo sólido (varilla de los servicios y/o cobre) de los servicios 1/2" de diámetro, puente de unión (entre neutro de acometida, neutro del alimentador principal y tierra física), cable de cobre desnudo cal. 8, conexión soldable, hincado de varilla 1.00 m. de profundidad con medios manuales, interconexión al toma corriente del contacto polarizado que se encuentra en donde se instalará el cajero automático y cajas de montaje; condiciones de servicio 100-127 VAC (+6%-10%), desconectarse a 20 Amperes; material, mano de obra, herramienta y el equipo necesario, retiro material sobrante, limpieza y todo lo necesario para su correcta y completa ejecución. Pieza 3 Mantenimiento menor y conservación para la instalación eléctrica. En caso de detectar que la instalación eléctrica no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar proporciona las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar óptimas condiciones de acuerdo en a las características que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.Pieza
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Sources: Service Agreement
CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos La prestación de la recepción los servicios será por un periodo de 32 meses de servicio efectivo. Las actividades relacionadas con el servicio objeto de esta invitación, se realizarán en las instalaciones del Fideicomiso ubicadas en Insurgentes Sur #1971, Locales 181, 182 y aceptación 191 de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇Nivel 3 Terraza, C.P. 01090Col. Guadalupe Inn, Alcaldía Demarcación Territorial ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic▇.▇. ▇▇▇▇▇ Los entregables y/o productos generados por el servicio prestado objeto de la presente invitación son los que se indican y describen en el Anexo 1, inciso 6, sub inciso 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4 los cuales deberán entregarse y revisarse con la persona que designe EL FIDEICOMISO ubicada en ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, 182 y 191 de Nivel 3 Terraza, Col. Guadalupe Inn, Demarcación Territorial ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya en el cargo y/o funciones, ▇.▇. Una vez realizado el pago, dentro de los tres días posteriores a éste, el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales . Una vez recibidos los servicios, el área requirente dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que el proveedor pueda emitir y entregar su CFDI o bien, al PROVEEDOR equivalentes término de este plazo el área requirente deberá informar al 2% (dos proveedor las irregularidades identificadas en los servicios para que el proveedor realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de pago. En virtud de que los servicios implican la entrega de equipos que operarán dentro de las instalaciones del FIDEICOMISO, es recomendable que contrate un seguro de responsabilidad civil, toda vez que será responsable por ciento) los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a los inmuebles, al equipo propiedad o bajo custodia del monto total FIDEICOMISO, a su personal y/o a terceras personas. Todo daño, robo o deterioro de cualquier naturaleza que sufran los equipos propiedad del contratoproveedor o arrendados por éste, por cada día natural de atraso en el inicio de que destine para llevar a cabo la prestación de los servicios y/objeto de esta invitación dentro de las instalaciones del FIDEICOMISO, será de exclusiva responsabilidad del proveedor por lo que resulta conveniente que los equipos se encuentren asegurados hasta su retiro de dichas instalaciones, ya que ningún caso el FIDEICOMISO o su personal serán responsables de los servicios no entregados daños o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de pérdidas que lleguen a sufrir los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimientoreferidos equipos.
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CONDICIONES CONTRACTUALES. Para efectos Obligaciones generales del Contratista Se señalan como tales las siguientes:
1. Adelantar todas las gestiones relacionadas con el fin de dar cumplimiento al objeto del contrato, en los términos previstos y con el plazo pactado. 2. Cumplir con las leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, o cualquier acto de autoridad nacional vigente e institucional que tengan relación con el objeto del presente contrato y cumplir con todas las actividades administrativas o asistenciales que promueva la recepción y aceptación de la factura podrá ser remitida a los correos ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇; o de manera física en ▇ESE Municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ colonia Tizapán San ▇▇▇▇▇, C.P. 01090, Alcaldía ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Ciudad de México, en un horario de 9:30 a 13:30 horas, Lic. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ en su desarrollo institucional. 3. Mantener informada a la ESE Municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Director de Recursos Humanos o quien lo sustituya cualquier circunstancia que afecte la debida ejecución del contrato de forma oportuna y ante el superior inmediato. 4. Custodiar y cuidar la documentación e información, además los elementos que se encuentran en el cargo y/inventario y responder por la pérdida o funciones. Una vez realizado el pago, dentro daño de los tres días posteriores mismos que por razón de su relación contractual, cargo o función conserve bajo su cuidado o a éstela cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos. 5. Operar y manejar en forma correcta, así como responder por el PROVEEDOR deberá entregar a BANCO DEL BIENESTAR el “Complemento para recepción de pagos”. PENAS CONVENCIONALES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Con base en el artículo 53, párrafo primero de la LAASSP, El Banco del Bienestar aplicara ▇▇▇▇▇▇ convencionales al PROVEEDOR equivalentes al 2% (dos por ciento) del monto total del contrato, por cada día natural de atraso en el inicio de la prestación cuidado y buen uso de los servicios y/equipos y elementos asignados para el desarrollo de las obligaciones contractuales, así como tener los usuarios y contraseñas asignadas bajo la debida reserva y confidencialidad, a efectos de no compartirlas con terceros o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente. La acumulación ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso el BANCO DEL BIENESTAR se reserva el derecho de tomar las acciones pertinentes dentro del marco legal, para iniciar el procedimiento de rescisión del Contrato. Penas convencionales: Las penas convencionales establecidas por atraso en inicio de la prestación del servicio y/o de los servicios no entregados o no prestados oportunamente se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANCO DEL BIENESTAR de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. Asimismo, EL PROVEEDOR acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional, mismas que deberá ser cubiertas previa notificación que le efectúe BANCO DEL BIENESTAR personas ajenas al proceso y dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Banco del Bienestar, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este proceso quedará condicionado, proporcionalmente al pago que el prestador deba efectuar por concepto ▇▇ ▇▇▇▇▇ convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización hacer entrega de las mismas al término del presente contrato ante los encargados del área de sistemas de la entidad.
6. El contratista debe hacer efectiva uso adecuado de todos los elementos de protección personal -EPP- establecidos y divulgados por medio del manual de bioseguridad, cuando sus obligaciones contractuales así lo ameriten. Así mismo, deberá acatar las directrices que se emitan a través de los coordinadores de sede y emitidas desde la garantía Gerencia, a efectos de cumplimientopropender por el estado de bioseguridad propicio en la entidad acorde con los lineamientos procedentes del Ministerio de salud y la protección social. 7.El contratista deberá tener participación activa en las actividades que se desarrollen al interior de la entidad y que sean organizadas por los coordinadores de sede y orientadas a propender por mejorar el clima laboral, así como el cumplimiento de requisitos propios del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud -SOGCS -(Habilitación, Acreditación, PAMEC y sistemas de información), lo que incluye actividades de capacitación, integración y que sean direccionadas por la Gerencia y líderes transversales.
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Sources: Contratación Directa