COMUNICACION Cláusulas de Ejemplo

COMUNICACION. El presente contrato podrá ser modificado por el Banco cuando lo estime conveniente, para lo cual el Banco informará al Cliente por medio de una publicación en el Diario Oficial o en un Diario de Circulación nacional, y en el caso de que el Cliente no presentare objeción escrita a la modificación en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de la publicación, las modificaciones entrarán en vigencia sustituyendo las disposiciones anteriores. A la vez, toda comunicación relacionada con este contrato será realizada por el Banco por medio de correo electrónico, y se tendría como válida si es efectuada a cualquiera de las direcciones de correo electrónico indicadas en el formulario. Para cumplir con lo anterior, el Cliente señala como medio para recibir notificaciones o comunicaciones cualquiera de las direcciones de correo electrónico señaladas en el formulario de solicitud de Cuentas, el cual forma parte integral de este contrato
COMUNICACION. El Contratista deberá suministrar un equipo celular en optimas condiciones, con recarga de $1.000 por mes destinado a la dirección de obra, hasta la recepción provisoria de la obra, fecha a partir de la cual quedará en poder del Contratista.
COMUNICACION. 2.1 El prestador designará a un representante ante BCYL. S.A. que supervisará en forma permanente los locales en que preste el servicio contratado, el horario de trabajo y recibirá de BCYL S.A. todas las órdenes que emanen de la misma. Estas órdenes serán asentadas cronológicamente en un libro foliado por duplicado y será de ejecución obligatoria por el prestador, debiendo el Original supervisor del prestador firmar dicho libro para notificarse y proceder a la inmediata regularización de los aspectos observados.
COMUNICACION. El término comunicación en su contenido se aplica en el procedimiento para adelantar los trámites internos de la dependencia hacia otras áreas de la entidad por medio de Memorandos electrónicos ó físicos, y comunicaciones externas mediante oficios. De igual manera, estas comunicaciones se pueden efectuar por correo electrónico.
COMUNICACION. El término comunicación en su contenido se aplica en el procedimiento para adelantar los trámites internos de la dependencia hacia otras áreas de la entidad por medio de Memorandos electrónicos, y comunicaciones externas mediante oficios. De igual manera, estas comunicaciones se pueden efectuar por correo electrónico. NOTA : Cuando la situación lo amerite, los memorandos y correos electrónicos serán impresos y se incluirán en el expediente contractual, de lo contrario atendiendo las normas ambientales sobre la materia, conservarán su generación electrónica inicial. 4.3:. Estudios previos: documento que prepara la dependencia que hace el requerimiento, encaminado a establecer la conveniencia y oportunidad de la contratación, el objeto, especificaciones técnicas, los riesgos, las exigencia de garantías, el rubro presupuestal las autorizaciones, aprobaciones necesarias, y demás que se requieran, de conformidad con lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, reglamentado por los artículos 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. De conformidad con el inciso final del numeral 1.2.3. - Exclusiones de aplicabilidad y excepciones del Manual Explicativo de los capítulos de contratación pública de los capítulos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes expedido por el Departamento Nacional de Planeación, que establece: "... todos los contratos realizados mediante la Modalidad de Contratación Directa estipuladas en la Ley 1150 de 2007, no les aplica las obligaciones de los acuerdos internacionales y por lo tanto no se requiere establecer si están o no cubiertos por dichos acuerdos". NOTA: El área con la necesidad de adquirir un bien o servicio debe verificar que el mismo contemple criterios de sostenibilidad ambiental: Por lo tanto en el momento de la formulación del "Estudio xx Xxxxxxx" - "Estudios Previos", se deberá revisar la "Guía Conceptual y Metodológica de Compras Públicas Sostenibles" y en cumplimiento del Artículo 5 del Manual de Contratación del Ministerio, remitir previamente dicho documento (vía correo electrónico) al Equipo de Asuntos Ambientales, con el fin de que éste considere los criterios ambientales establecidos y su pertinencia para dar buen trámite al procedimiento, de conformidad con la " Guía para la verificación de criterios sostenibles en estudios xx xxxxxxx y estudios previos en la adquisición de bienes y servicios " SG-GU-003.

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  • Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

  • COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES Las comunicaciones y el intercambio de documentación entre los órganos competentes para la resolución de los recursos, los órganos de contratación y los interesados en el procedimiento se harán por medios electrónicos.

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax: Correo Electrónico:

  • COMUNICACIÓN Salvo lo dispuesto en el numeral que antecede, desde el cierre del acta de aclaración de bases y hasta el momento de la notificación de la resolución de adjudicación, los participantes no se pondrán en contacto con los miembros de la Comisión, la Convocante o la dependencia solicitante, para tratar cualquier aspecto relacionado con la evaluación de alguna propuesta. Cualquier intento por parte de un Participante de ejercer influencia para la evaluación o adjudicación, dará lugar a que se descalifique su propuesta.

  • DURACION El presente contrato tendrá la duración de UN AÑO, llegado el día de vencimiento se prorrogara obligatoriamente para el arrendador por plazos anuales hasta que alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario, con un mínimo de treinta días a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, manifieste al arrendador su voluntad de renovarlo. Llegada la fecha de vencimiento del contrato una vez transcurridos los cinco años y las partes nos se hubiesen notificado, al menos con un mes de antelación su voluntad de renovarlo, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años.

  • COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.

  • Autorizaciones Se explica el contenido de las autorizaciones i) e ii) señaladas en la letra E) de la primera sección del contrato.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • NOTIFICACIONES 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo.