Common use of Comisión Paritaria del Convenio Clause in Contracts

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por cuatro miembros de cada una de las partes firmantes, que tendrá su domicilio en CCOO, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0x, 00000 Xxxxxxx- ca, con las siguientes funciones: La comisión paritaria se reunirá mediante solicitud de convocatoria escrita de alguna de las partes, en el plazo de 48 horas, en la que se haga constar con claridad cuáles son las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir de la celebración de la comisión paritaria. Serán funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento de me- diación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesor, con voz pero sin voto. Las decisiones que se adopten serán por unanimidad. N.º 218 • Lunes 12 de Noviembre de 2018

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Para Las Actividades De Comercio en General De Salamanca Y Provincia Años

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea En cumplimiento de la normativa vigente, a partir de la entrada en vigor de este Convenio, se creará una Comisión Paritaria compuesta para la interpretación, aplicación y vigi- lancia de lo convenido, así como para conocer de forma previa a la vía administra- tiva y judicial, de cuantas cuestiones se deriven de la aplicación e interpretación del Convenio Colectivo, de todas aquellas divergencias que pudieren suscitar el planteamiento de Conflicto Colectivo y de cuantas otras competencias xx xxxxx- miento o tratamiento de conflictos le fuesen atribuidas por cuatro miembros las partes o legalmente asignadas. Específicamente, se tratarán también en el seno de cada una esta Comisión Paritaria, en un plazo de 7 días, las discrepancias derivadas de la falta de acuerdo durante el periodo de consultas establecido para la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el Convenio según el procedimiento del art. 82.3 ET, todo ello sin per- juicio de la capacidad que asiste a las partes firmantesde someter las discrepancias produci- das en su seno al Acuerdo interprofesional de solución extrajudicial de conflictos de ámbito autonómico, que tendrá su domicilio si en CCOOel trámite ante la Comisión Paritaria tampoco se hubiese producido acuerdo. Con carácter general, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0xy a salvo de las peculiaridades establecidas legalmente, 00000 Xxxxxxx- cadicha Comisión estará integrada por un vocal titular y uno suplente, con las siguientes funciones: La comisión paritaria miembros del Comité de Empresa o Delegados Sindicales, por cada uno de los Sindicatos firman- tes del presente Convenio y otros tantos vocales, titulares y suplentes, designados por la Dirección. Las reuniones de esta Comisión se reunirá mediante solicitud celebrarán cada tres meses, salvo aprecia- ción de convocatoria escrita de urgencia por alguna de las representaciones. Entre la solicitud de reunión y su celebración mediará un plazo de 48 horas como mínimo. Se considerarán como acuerdos de la Comisión, aquellos que hayan sido apro- bados por mayoría dentro de las dos partes; las discrepancias serán reflejadas en Acta. En caso de no haber acuerdo, se hará que refleje las diferencias. En ambos casos, el dictamen de la Comisión servirá de informe y asesoramiento a la Direc- ción de la Empresa y al cuadro de personal. La Dirección resolverá lo que estime procedente en el plazo de 48 horasocho días y lo notificará a aquéllos, en por si deciden acudir con su reclamación ante la que se haga constar con claridad cuáles son instancia competente. La propia Comisión podrá establecer las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir normas de la celebración de la comisión paritaria. Serán funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento de me- diación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesor, con voz pero sin voto. Las decisiones que se adopten serán por unanimidad. N.º 218 • Lunes 12 de Noviembre de 2018funcionamiento.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por cuatro miembros de cada una de las partes firmantes, que tendrá su domicilio en CCOO, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0x, 00000 Xxxxxxx- ca, con las siguientes funciones: La comisión paritaria se reunirá mediante solicitud de convocatoria escrita de alguna de las partes, en el plazo de 48 horas, en la que se haga constar con claridad cuáles son las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir del presente convenio estará constituida de la celebración siguiente forma: — Presidente: la persona que las partes designen de la comisión paritariacomún acuerdo. Serán Tendrá funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento de me- diación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesormoderador, con voz pero sin voto. Las decisiones — Secretario: él que las partes designen, con voz pero sin voto. — Vocales: cuatro representantes de los trabajadores/as, que serán designados por las Centrales Sindicales firmantes de este convenio de acuerdo a su representatividad. A este respecto, la representatividad de las organizaciones sindicales en la comisión paritaria será la misma con la que se adopten serán constituye la comisión negociadora del presente convenio sin que sus alteraciones posteriores sean tenidas en cuenta. — Cuatro representantes de las empresas. — Domicilio: el domicilio de esta comisión se fija en la sede del CRL xx Xxxxx, xxxxx Xxxxx- xxxxx, número 35, de Vitoria-Gasteiz — Asesores/as: podrán asistir a las reuniones de la comisión paritaria cuatro asesores/as, dos designados por unanimidadlos trabajadores y trabajadoras y dos por las empresas. N.º 218 • Lunes 12 Tendrán voz pero no voto. Los acuerdos de Noviembre esta comisión paritaria requerirán para su validez la conformidad por se- parado de 2018la mayoría simple del total de los vocales representantes de los trabajadores/as y de las empresas, sirviendo para toda clase de acuerdos que deba adoptar la comisión en el futuro. La comisión paritaria se reunirá cada seis meses y con carácter extraordinario siempre que lo solicite cualquiera de las partes.

Appears in 1 contract

Samples: www.araba.eus

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por cuatro miembros de cada una de las partes firmantes, que tendrá su domicilio en CCOOAESCO, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0xXxx Xxxxx, 00000 Xxxxxxx- canúmero 7, Salamanca, con las siguientes funciones: La comisión paritaria se reunirá mediante solicitud de convocatoria escrita de alguna de las partes, en el plazo de 48 horas, en la que se haga constar con claridad cuáles son las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir de la celebración de la comisión paritaria. Serán funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo Así mismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias discrepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento procedi- miento de me- diación mediación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesor, con voz pero sin voto. Las decisiones que se adopten serán por unanimidad. N.º 218 153 Lunes 12 Martes 11 xx Xxxxxx de Noviembre de 20182015

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Para Las Actividades De Comercio en General De Salamanca Y Provincia

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por cuatro miembros de cada una de las partes firmantes, que tendrá su domicilio en CCOO, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0x, 00000 Xxxxxxx- ca, con las siguientes funciones: La comisión paritaria se reunirá mediante solicitud de convocatoria escrita de alguna de las partes, en el plazo de 48 horas, en la que se haga constar con claridad cuáles son las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir de la celebración de la comisión paritaria. Serán funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento del convenio, que estará constituida de me- diación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de la siguiente forma: –Un /un presidente/a: el/la que las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima designen de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesorcomún acuerdo. Tendrá funciones de moderador, con voz pero sin voto. Las decisiones – Un/una secretario/a: el/la que las partes designen, con voz pero sin voto. – Vocales: tres representantes de los trabajadores/trabajadoras, que serán designados por las centrales sindicales firmantes del convenio de acuerdo a su representatividad (la represen- tatividad de las organizaciones sindicales en la comisión paritaria será la misma con la que se adopten constituye la comisión negociadora del convenio sin que sus alteraciones posteriores xxxx xxxxxxx en cuenta). – Tres representantes de Federación Alavesa de empresarios de Comercio y Servicios. – Domicilio: el domicilio de esta comisión se fija en la sede del CRL xx Xxxxx, xxxxx Xxxxx- xxxxx, 35, de Vitoria-Gasteiz. – Asesores/as: podrán asistir a las reuniones de la comisión paritaria cuatro asesores/as: dos serán designados por unanimidadlos trabajadores/trabajadoras y dos por Federación Alavesa de em- presarios de Comercio y Servicio. N.º 218 • Lunes 12 Tendrán voz pero no voto. Los acuerdos de Noviembre esta comisión paritaria requerirán para su validez la conformidad por se- parado de 2018la mayoría simple del total de vocales representantes de los trabajadores/as y de las empresas, sirviendo para toda clase de acuerdos que deba adoptar la comisión en el futuro. La comisión paritaria se reunirá cada dos meses y con carácter extraordinario siempre que lo solicite cualquiera de las partes. Funciones de la comisión paritaria:

Appears in 1 contract

Samples: www.aenkomer.com

Comisión Paritaria del Convenio. Se crea una Comisión Paritaria compuesta por cuatro miembros de cada una de las partes firmantes, que tendrá su domicilio en CCOO, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx 0- 0x, 00000 Xxxxxxx- ca, con las siguientes funciones: La comisión paritaria se reunirá mediante solicitud de convocatoria escrita de alguna de las partes, en el plazo de 48 horas, en la que se haga constar con claridad cuáles son las causas que motivan la convocatoria. De los acuerdos adoptados se dará traslado escrito a los interesados en un plazo 7 días, contados a partir de la celebración de la comisión paritaria. Serán funciones de la Comisión Paritaria: – Interpretación y seguimiento de la normativa del presente convenio. – Informar previamente sobre mediación y, en su caso, arbitraje en aquellos conflictos que le sean planteados y estén relacionados con la normativa establecida en el presente convenio. Asimismo tiene atribuidas el resto de funciones que establece la legislación vigente. Las dis- crepancias producidas en el seno de la comisión paritaria se someterán al procedimiento del convenio, que estará constituida de me- diación regulada en el Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de Castilla y León. Cuando una de la siguiente forma: –Una persona presidenta: que las partes designadas desee convocar a las otras deberá hacerlo con una antelación mínima designen de 5 días, designando las respectivas organizaciones el miembro o miembros que las representen en cada momento, pudiendo asistir con un asesorcomún acuerdo. Tendrá funciones de persona moderadora, con voz pero sin voto. Las decisiones – Una persona secretaria: que las partes designen, con voz pero sin voto. – Personas vocales: tres representantes de las personas trabajadoras, que serán designa- dos por las Centrales Sindicales firmantes del convenio de acuerdo a su representatividad (la representatividad de las organizaciones sindicales en la comisión paritaria será la misma con la que se adopten constituye la comisión negociadora del convenio sin que sus alteraciones posteriores xxxx xxxxxxx en cuenta). – Tres personas representantes de Federación Alavesa de Empresarios de Comercio y Ser- vicios. – Domicilio: el domicilio de esta comisión se fija en la sede del CRL xx Xxxxx, xxxxx Xxxxx- xxxxx, número 35, de Vitoria-Gasteiz. – Asesores/as: podrán asistir a las reuniones de la comisión paritaria cuatro personas ase- soras: dos serán designados por unanimidadlas personas trabajadoras y dos por Federación Alavesa de Empresarios de Comercio y Servicio. N.º 218 • Lunes 12 Tendrán voz pero no voto. Los acuerdos de Noviembre esta comisión paritaria requerirán para su validez la conformidad por sepa- rado de 2018la mayoría simple del total de vocales representantes de las personas trabajadoras y de las empresas, sirviendo para toda clase de acuerdos que deba adoptar la comisión en el futuro. La comisión paritaria se reunirá cada dos meses y con carácter extraordinario siempre que lo solicite cualquiera de las partes. Funciones de la comisión paritaria:

Appears in 1 contract

Samples: www.araba.eus