COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS Cláusulas de Ejemplo

COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. 1.- Comienzo de los ejercicios: La fecha, hora y lugar en los que habrá de celebrarse el primer ejercicio se harán públicos a través de la Resolución por la cual se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías las adaptaciones posibles en tiempo y medios, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los restantes aspirantes.
COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del procedimiento selectivo quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. Todos los anuncios del desarrollo del proceso se anunciarán en el Tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos de los documentos originales del D.N.I., pasaporte, o documento acreditativo de nacionali- dad de país comunitario para la realización de las pruebas. El programa que ha de regir la Oposición es el que figura como Xxxxx X de esta convocatoria. Ejercicio primero: Obligatorio y eliminatorio. Teórico Consistirá en contestar, en el plazo máximo de 70 minutos a un cuestionario de 50 preguntas, más 5 de reserva, con 4 res- puestas alternativas de las que solo una de ellas es la correcta, relacionadas con el contenido del temario incluido en el Anexo I. Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,2 puntos. Cada respuesta errónea descuenta 0,06 puntos. Las respuestas en blanco no penalizan. Para superar el ejercicio será nece- sario obtener un mínimo de 5 puntos, siendo la puntación máxima de 10 puntos, y resultando eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. No obstante, a la vista de los resultados obtenidos, en caso de que ningún aspirante supere la puntuación mínima de 5 puntos, se faculta al Tribunal para que pueda determinar, de forma ponderada, la pun- tuación mínima de aprobación del primer ejercicio con el objeto único y exclusivamente de poder crear una bolsa de tra- bajo. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la página web oficial la lista provisional con la puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio, otorgando un plazo de CINCO DIAS HABI- LES contados a partir de la fecha de su publicación, para posibles reclamaciones, transcurrido el cual, sin que exista recla- mación alguna, el listado pasará a definitivo. Los aspirantes que aprueben el primer ejercicio, serán convocados para el segundo ejercicio, mediante anuncio publicado nuevamente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y su página web oficial, con indicación de la fecha, lugar y hora para la realización del según ejercicio práctico. Ejercicio Segundo: Obligatorio. Práctico Consistirá en rea...
COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. 7.1.1.- Las pruebas selectivas darán comienzo una vez transcurrido, al menos un mes, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, y entre ellas deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo 45 días.
COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. 1.- El proceso selectivo consta de una única fase, consistente en la superación de una prueba de carácter teórico. La prueba a realizar consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas, que versará sobre el contenido del temario que figura como Anexo I a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos. El cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta y tres erróneas o incompletas. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXXX Núm. 36 El cuestionario incluirá un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el Tribunal ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Martes, 20 de febrero de 2018
COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. 6.1. La prueba selectiva no podrá comenzar hasta transcurridos tres meses desde la fecha de publicación de las Bases en el Bole- tín Oficial de la Provincia.
COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. 1. La fecha y lugar de celebración del primer ejercicio se publicará conforme a lo dispuesto en la Base cuarta. El llamamiento a los siguientes ejercicios se efectuará igualmente, por cada Tribunal, mediante publicación el tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina web, sin que entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente exista un plazo inferior a cinco días hábiles y superior a cuarenta y cinco días hábiles.
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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

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