COBERTURA BASICA Cláusulas de Ejemplo

COBERTURA BASICA. Se ampara el riesgo de fallecimiento por cualquier causa, o de incapacidad total, invalidez o incapacidad permanente total, dictaminada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Fallecimiento por cualquier causa Suma asegurada de 40 veces el sueldo base mensual más la compensación garantizada. Incapacidad total, invalidez o incapacidad permanente total Suma asegurada de 40 veces el sueldo base mensual más la compensación garantizada.
COBERTURA BASICA. ⮚ PREDIOS, LABORES Y OPERACIONES Descripción: Este seguro impone a cargo de LA COMPAÑIA la obligación de indemnizar los perjuicios descritos a continuación,, que cause el ASEGURADO, con motivo de determinada responsabilidad civil extracontractual en que incurra con relación a terceros, de acuerdo con la ley que sean consecuencia de un siniestro, imputable al asegurado. • Daños materiales tales como la destrucción, avería o el deterioro de una cosa. • Daños personales tales como lesiones corporales, enfermedades, muerte. • La cobertura por lesiones personales comprende, los Gastos Médicos que en la prestación de primeros auxilios inmediatos se causen por los servicios médicos, quirúrgicos, de ambulancia, de hospital, de enfermería y de drogas provenientes de las mismas. • Perjuicios resultantes en una pérdida económica como consecuencia directa de los daños personales o materiales. • Daño Moral, Perjuicios Fisiológicos y Xxxx a la vida en relación directamente derivados lesión corporal o daño material amparado por la poliza.
COBERTURA BASICA. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL OBJETO DEL SEGURO Cubrir la responsabilidad civil contractual del ASEGURADO, por los daños y perjuicios resultantes de la pérdida o el deterioro de las mercancías, así como el retraso en la entrega, (cuando el expedidor haya hecho una declaración de interés en la entrega dentro de un plazo determinado y está condición haya sido aceptada por el ASEGURADO), si el hecho que las causó se produjo cuando las mercancías estaban bajo la custodia del ASEGURADO, de sus empleados o agentes en el ejercicio de sus funciones o de las de cualquier otra persona a cuyos servicios recurra para el cumplimiento del contrato de transporte multimodal, bajo los límites y condiciones establecidas en las Decisiones 331 y 393 de la Comunidad Andina de Naciones. Igualmente en caso de siniestro, los gastos razonables y debidamente justificados en que incurra EL ASEGURADO para preservar los intereses asegurados de una pérdida o daño mayor o para atender a su salvamento, serán reconocidos por LA COMPAÑÍA en proporción a la relación que guarde la suma asegurada con el valor real de los bienes asegurados, conforme a las normas que regulen el importe de la indemnización, teniendo como máximo el 10% del valor total de la pérdida. Queda entendido y convenido que estos gastos serán reconocidos siempre y cuando el siniestro esté cubierto por la presente póliza y que los mismos sean debidamente sustentados mediante la presentación de las facturas correspondientes.
COBERTURA BASICA. CONDICIONES
COBERTURA BASICA. A. MUERTE POR CUALQUIER CAUSA
COBERTURA BASICA. ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO Este seguro cubre exclusivamente:
COBERTURA BASICA. Todo riesgo de daño o pérdida física accidental, por cualquier causa, incluyendo pero sin estar limitado a ello, terremoto, temblor ó erupción volcánica, rotura de maquinaria, explosión física y química, incendio inherente, rotura xx xxxxxxx, equipo eléctrico y/o electrónico, sustracción con y sin violencia, así como sabotaje, terrorismo, actos mal intencionados de terceros, asonada, motín, conmoción civil o popular y huelga, Xxxxx Xxxxxxx por Incendio, XXXX, Xxxxxxxxx y Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxxx por Rotura de Maquinaria incluyendo los componentes eléctricos y electrónicos Para la cobertura de asonada, motín, conmoción civil o popular, actos mal intencionados de terceros, sabotaje y terrorismo la aseguradora debe otorgar el amparo hasta por el 100% del valor asegurado del predio afectado. Dicho anexo debe incluir los daños materiales que sufran los bienes asegurados provenientes xx xxxxx a poblaciones, ciudades y municipios realizados por movimientos armados al margen de la Ley, los actos de autoridad para repelerlos.
COBERTURA BASICA. La póliza, cubre de acuerdo a los límites y deducibles establecidos en las Condiciones Particulares de la póliza, lo siguiente:
COBERTURA BASICA. Todos los daños, pérdidas o desaparición que sufran los intereses asegurados, originados por cualquier causa no expresamente excluida, sea que dichos bienes estén en uso o inactivos, dentro o fuera de los predios del asegurado y dentro del territorio nacional, así como los costos y/o gastos en que incurra, o todos combinados, como consecuencia de dichos daños o pérdidas; incluyendo las siguientes coberturas y/o eventos pero sin estar limitado a ellos: Daño material, hurto y hurto calificado para todos los bienes, todo riesgo sustracción, corriente débil, pérdida de datos o portadores externos de datos incluyendo software, rotura de maquinaria, frigoríficos, daños a calderas u otros aparatos generadores de vapor, rotura accidental xx xxxxxxx, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás eventos de la naturaleza, Actos Mal Intencionados de Terceros (XXXX), Huelga, Motín, Asonada, Conmoción Civil o Popular (HMACCoP), Terrorismo, Sabotaje. AMPAROS ADICIONALES • Adecuación de construcciones a las normas de sismo resistencia: Se extiende la cobertura del seguro a amparar los costos y gastos razonables en que incurra el asegurado, cuando a consecuencia de un evento amparado bajo la póliza, los edificios y obras civiles sufran daños estructurales, cuya reparación o reconstrucción conlleve la adecuación a normas sismo resistentes vigentes al momento de efectuarse la reparación o reconstrucción del bien asegurado, sublímite de $100.000.000. • Rotura xx xxxxxxx, interiores y exteriores que formen parte del inmueble asegurado hasta $200.000.000 evento / vigencia.
COBERTURA BASICA. La Compañía se obliga a cubrir las pérdidas o daños de los bienes asegurados que se describen en las Condiciones Particulares de esta Póliza, como consecuencia de: