LESIONES CORPORALES Cláusulas de Ejemplo

LESIONES CORPORALES. Quiere decir, daños en la persona, incluyendo la muerte que ocurra en cualquier tiempo y que resulta de ellos, enfermedad o mal sufridos por cualquier tercera persona, causados o que ocurren accidentalmente.
LESIONES CORPORALES. La Compañía garantiza el pago de la indemnización a que fuere condenado el Asegurado, por concepto de la responsabilidad civil extracontractual, derivada de las lesiones corporales accidentales a terceras personas, causados por el vehículo asegurado, sin exceder de los límites de responsabilidad indicados en el cuadro de declaraciones de esta póliza que consta en condiciones particulares. La cobertura de esta sección será aplicable automáticamente a los remolques para lanchas, remolques jalados por cabezales, y a otros remolques, siempre que su uso haya sido aceptado en la póliza y mientras se encuentren adheridos al vehículo asegurado.
LESIONES CORPORALES. Lesión física o enfermedad, dolencia, angustia mental o aflicción emocional siempre y cuando sea acompañada por lesión física, sufrida por alguna persona, incluyendo la muerte resultante de la misma.
LESIONES CORPORALES. Cualquier lesión corporal o menoscabo de la salud así como cualquier otra merma de la integridad física incluyendo la muerte.
LESIONES CORPORALES. A) Por persona Límite máximo de responsabilidad de SBS Colombia cuando un acontecimiento amparado afecte a una sola persona.
LESIONES CORPORALES. A) por persona
LESIONES CORPORALES. Xxxxxx o lesión física que resulta de un Accidente sufrido por el asegurado mientras la póliza esté vigente y que resulte directa o independientemente de cualesquiera causas no excluidas por la póliza.
LESIONES CORPORALES. Comprende las heridas, el desmembramiento, la pérdida funcional de órganos o miembros, las fracturas o enfermedades que ameriten atención médica, o la muerte a consecuencia directa de estas lesiones.
LESIONES CORPORALES. VUELING será responsable de los daños sufridos en caso de muerte o heridas o de cualquier otra lesión corporal xxxxxxx por el Pasajero si el accidente que causó el daño sufrido se produjo a bordo del avión o durante alguna de las operaciones de embarque y desembarque de los Pasajeros, en los términos y con la extensión previstos en el Reglamento 2027/97 (modificado por el Reglamento 889/2002) y el Convenio de Montreal de 28 xx xxxx de 1999, y sin perjuicio de las exclusiones de responsabilidad de VUELING en el caso de que (i) la muerte, las heridas o cualquier otra lesión corporal se debieron al estado de salud, físico o mental del Pasajero existente antes de las operaciones de embarque de los Pasajeros; o (ii) si el daño fue causado o favorecido por la negligencia del Pasajero o por su estado de salud anterior al embarque del vuelo. No hay límite económico fijado para la responsabilidad en caso de lesiones o muerte del Xxxxxxxx. Para los daños de hasta 113.100 Derechos Especiales de Giro, la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones de indemnización. Por encima de dicha cantidad, la compañía aérea sólo puede impugnar una reclamación en caso de que pueda probar que no hubo de su parte negligencia ni falta de otro tipo. La suma recuperable cubrirá la reparación del daño, tal como se determine en una solución amistosa no contenciosa, según lo determine el dictamen de un experto o de un tribunal competente VUELING compensará al Pasajero por los daños recuperables sólo por la parte que exceda a todo pago recibido de algún organismo de seguro social público o de otra institución similar. VUELING se reserva el derecho a recurrir contra terceros, incluidos, sin limitaciones, los derechos de subsidio e indemnización. En caso de muerte, heridas o lesiones corporales como consecuencia de un accidente aéreo, a la(s) persona(s) con derecho a compensación, cuando esté(n) identificada(s), se le(s) ofrecerá un pago adelantado para cubrir sus necesidades inmediatas, de forma proporcional a los perjuicios causados. En caso de muerte, dicho pago adelantado no deberá ser inferior a 16.000 Derechos Especiales de Giro por Xxxxxxxx. El pago adelantado se efectuará dentro de los quince (15) días siguientes a la constatación de la identificación de la(s) personas(s) con derecho a compensación, no supondrá admisión alguna de responsabilidad y será deducible de la cantidad definitiva a pagar por responsabilidad de acuerdo con este Apartado, pero no será reembolsable salvo ...
LESIONES CORPORALES a. Lesiones físicas, enfermedades sufridas por cualquier persona, incluyendo la muerte de la misma, y únicamente con respecto a este punto 21.a., cualquier seguimiento médico adjunto; o