LESIONES PERSONALES Cláusulas de Ejemplo

LESIONES PERSONALES. El fallecimiento, lesión corporal, enfermedad, dolencia, o cualquier otro menoscabo de la integridad física, "shock" nervioso, estrés, humillación, angustia emocional, o trastorno mental de cualquier persona.
LESIONES PERSONALES. El fallecimiento, lesión corporal, enfermedad, dolencia, o cualquier otro menoscabo de la integridad
LESIONES PERSONALES. El término "lesiones personales", en dondequiera que se emplee en esta sección, significa: lesiones personales (incluyendo la muerte, en cualquier momento, a consecuencia de las mismas), daño mental, daño moral, angustia mental, conmoción, enfermedad, padecimiento, falso arresto, falso encarcelamiento, desahucio ilegal, detención, proceso mal intencionado, discriminación, humillación, y todo libelo infamatorio, difamación o calumnia de carácter, o invasión de la vida privada y cualquier otro tipo de lesión similar.
LESIONES PERSONALES. “CODIGO PENAL (Ley 599 de 2000 - Art 111) Lesiones: el que cause a otro daño en el cuerpo o en la salud…” Perjuicio o deterioro en el cuerpo o la salud de un individuo. Des- de la perspectiva forense se define como: Toda alteración física o psíquica causada por agentes mecánicos, físicos, químicos o bioló- gicos derivados de una acción exógena de carácter doloso o no.13 AMENAZAS Es delito atemorizar o amenazar a una persona, a una comunidad o a una institución, con el propósito de causar alarma, angustia o terror en la población o en un sector de ella. Esto significa que las amenazas deben tener un impacto colectivo.14 VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Consiste en maltratar física o psicológicamente a cualquier miem- bro del grupo familiar. Este delito puede ser cometido por cualquier miembro de la familia o por una persona que no siendo miembro, está encargada del cuidado de uno de sus miembros. Este delito fue creado para proteger la armonía y unidad familiar, la integridad física y los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La violencia intrafamiliar puede ser: física, psicológica o sexual. 13 xxxx://xx.xxxxxxxxxx.xxx/XXXXXXXX/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx-0 14 xxxx://xx.xxxxxx.xxx/xxxx/xx-xxxxxx-xxxxxxxx-x-xxxxxxx-0000/
LESIONES PERSONALES. ORIGINADA EN, BASADA EN O DE CUALQUIER MANERA ATRIBUIBLE A LESIÓN, ENFERMEDAD, MUERTE, DAÑO EMOCIONAL O MORAL DE CUALQUIER PERSONA, O POR DAÑO O DESTRUCCIÓN DE CUALQUIER BIEN CORPORAL, INCLUYENDO LA PÉRDIDA DE USO. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, ESTA EXCLUSIÓN NO OPERARA CON RELACIÓN A DAÑOS EMOCIONALES X XXXXXXX EN UNA RECLAMACION DERIVADA DE PRACTICAS LABORALES.
LESIONES PERSONALES a través de seguro individual o grupal, para niños, etc.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.